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Contratos


Enviado por   •  11 de Octubre de 2012  •  1.681 Palabras (7 Páginas)  •  310 Visitas

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Contratos

¿Qué es un contrato?

Un contrato puede ser definido como un acto jurídico por el que las partes contratantes establecen sus respectivos derechos y obligaciones sobre lo que quieran llevar a cabo las disposiciones que se acuerden tendrán fuerza de ley lo cual implica que deberán ser cumplidas del mismo modo que si vinieran impuestas legalmente.

Definición de convenio

Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, conservar, modificar o extinguir derechos y obligaciones.

Elementos del contrato

1.- El acuerdo de voluntades o con sentimientos

2.- El objeto

3.- La solemnidad

Requisitos de validez del contrato

1.- Capacidad de las partes que intervienen en el acto

2.- Voluntad de esas personas, libre o exenta de vicios

3.- Las personas se propongan alcanzar objeto, motivo o fin lícito

4.- Observancia por las partes, de la forma que exija la ley, para externar la voluntad.

Función jurídica del contrato

basta afirmar que puede considerarse al contrato por la vía más amplia para la creación voluntaria de derechos de crédito convencionales, y de esta forma, siempre que se den sus elementos, se producirán los efectos de un acto de este tipo, aunque es especie del acto no estuviera expresamente regulada por la ley.

Clasificación del contrato por tipos de contrato

Contrato denominado y contrato innominado

Contrato nominado es el que está regulado en cualquiera de los dos códigos o en otras leyes, y no como pudiera pensarse por la apariencia gramatical, que fuera el que tiene nombre.

Contrato innominado es el que teniendo un nuevo una denominación especial, carece de una reglamentación particular y específica.

Contrato típico y atípico.

Es típico el que aparece regulado en los códigos 2000 o en otras leyes.

Es atípico es que teniendo un o una denominación especial, carece de una reglamentación particular y específica.

Contrato unilateral y bilateral o sinalagmático.

Contrato unilateral es el que hace nacer obligaciones para una sola de las partes, sin que la otra asuma obligación alguna.

Un trato bilateral o sinalagmático es el que hace nacer obligaciones recíprocas para las partes que en el intervienen.

Contrato oneroso y gratuito

Es contrato oneroso aquel en que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos.

Es un hecho uso del contrato de compraventa, pues si el vendedor recibe el provecho del precio se cumple con el deber de entregar la cosa, y a la inversa, si el comprador obtiene el provecho de recibir la cosa cumple con gravamen de entregar el precio. Lo mismo puede decirse del arrendamiento, de la permuta.

Gratuito es aquel en que el provecho es solamente de una de las partes…

En el contrato de donación el donante transfiere al donatario, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes. Este contrato, el donante no recibe provecho alguno, y el donatario no tiene gravamen de ninguna especie.

Contrato conmutativo y aleatorio

Oneroso conmutativo: cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas decir que se celebra el contrato de tal suerte que ellas pueden apreciar inmediatamente el edificio por las pérdidas que les cause este.

Oneroso aleatorio: cuando la prestación debida depende de un acontecimiento cierto que hace que no sea posible la evaluación de la ganancia o pérdida, sino hasta que ese acontecimiento se realice.

Contrato real y consensual

Contrato real en la teoría, que ya no en la ley mexicana, que es el que crea para una de las partes, la obligación de constituir a favor de la ostra, un derecho real, para constituir ese derecho real, se precisa que entregue a la otra parte, una cosa mueble, específica y determinada.

La entrega de la cosa al acreedor… es necesaria para la formación del acto.

Contrato consensual, es el que se perfecciona y para surtir efectos, entre las partes y frente a terceros basta el solo acuerdo de los otorgantes, sobre un objeto cierto, sin necesidad y que se haga entrega de cosa alguna o se constituya un derecho real.

Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada, ni el segundo satisfecho.

Contrato consensual formal y solemne

Contrato formal, es aquel donde la voluntad de las partes por exigencia de la ley, debe externarse bajo cierta forma escrita que ella dispone. Si la forma no se cumple el acto existirá, pero no podrá surtir la plenitud de sus efectos jurídicos, en especial contra terceras personas.

Contrato solemne, es aquel en donde la ley exige como elemento de existencia del contrato, que la voluntad de las partes se externen con la forma prevista por ella y sin la cual el acto será inexistente.

Contrato principal y accesorio

Contrato principal es el que para su validez y cumplimiento, le basta con su sola existencia, y no requiere de un acto adlatere que lo refuerce, pero de existir ese acto adlatere, no implica menoscabo en la fuerza propia del acto principal.

Contrato accesorio es el que tiene vida y existe en la razón y medida que sirve para garantizar el cumplimiento de una deuda en un derecho de crédito

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