DELEGACION LEGISLATIVA:
Enviado por martuthau • 15 de Agosto de 2016 • Documentos de Investigación • 9.146 Palabras (37 Páginas) • 362 Visitas
17/5/16
DELEGACION LEGISLATIVA:
Art 76 CN: Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca.
La caducidad resultante del transcurso del plazo previsto en el párrafo anterior no importará revisión de las relaciones jurídicas nacidas al amparo de las normas dictadas en consecuencia de la delegación legislativa.
Los primeros casos de delegación legislativa suceden en la década del 40, con la expansión del Estado. Por ejemplo, caso Mouviel.
La limitación está dada en ciertas bases: No puede ser indefinida, el Congreso tiene que dar los parámetros dentro de los cuales puede ejercer la facultad.
Esta pensada como una trasferencia de poder del Congreso al ejecutivo que luego el Congreso retomará. El control se encuentra en el art. 100 inc. 12.
Al jefe de gabinete de ministros, con responsabilidad política ante el Congreso de la Nación, le corresponde: 12. Refrendar los decretos que ejercen facultades delegadas por el Congreso, los que estarán sujetos al control de la Comisión Bicameral Permanente.
Existen varios conflictos con la delegación legislativa.
Dos de las cuestiones que se plantean es delegación de 2do grado (Cuando se saltea al presidente, se saca una ley y esta ley delega directamente sobre algún ministerio o algún organismo estatal) y subdelegación (se le delega al presidente y este delega a algun organismo, etc)
- Delegación de 2do grado:
En contra: Art. 76 + 87 + 100 i. 12
A favor: Criterio interpretativo amplio de Poder Ejecutivo; Refrendo JG limitado a las delegaciones al PEN.
Otros poderes: Corte suprema, Consejo de la Magistratura. Art 75 inc. 32 + texto 76
- Subdelegación: Tema que la Corte Suprema intenta tocar.
A favor: Solo si está previsto en la legislación delegante
- Delegación estructural:
- Banco Central, AFIP, ANMAT, entes reguladores. Se crean organismos de regulación de un sector de la realidad, los medicamentos, servicios públicos, económica, etc.
- No debe ser transitorio
- Se basa en la especificidad
- Art 75 inc. 20 y 32
Cláusula transitoria octava:
- Caducidad en el plazo de 5 años de las delegaciones sin plazo
- Necesidad de ratificación expresa por parte del Congreso.
- Espíritu de la norma: Adecuar la normativa existente al nuevo régimen constitucional.
En 1999 el Congreso ratifico todas las delegaciones mediante la ley 25148. En el caso Camaronera Patagónica, el código aduanero. A partir del 2006 mediante ley 26135 se conforma la Comisión Bicameral Permanente que se encarga de las delegaciones mediante ley. En 2009 el Partido Gobernante, el Kirchnerismo, perdió la mayoría en la Comisión y la ley 26519.
Caso Camaronera:
Hay 12 años que las retenciones fueron usadas indebidamente.
Art 76 CN: Solo el Congreso Nacional puede imponer tributos. Es una reserva legal que limita la delegación del Congreso en esta materia. No puede delegar en materia tributaria.
Cláusula Transitoria Octava: Cuando el congreso tomo esa norma, la retención que fijo, y la aprobó es como si el congreso hubiera dictado esa ley, para el futuro es que el congreso dicto una ley que fija una facultad del ministerio de economía.
Es una sentencia sumamente dura sobre la capacidad que tiene el congreso sobre lo que puede delegar el Congreso al Ejecutivo en materia tributaria. No se puede delegar en materia tributaria. La sentencia dice que a pesar de ser invalido, se tienen que devolver solo 6 meses de retenciones, interpretando ampliamente la cláusula transitoria octava.
19/5/16
Cualquier Decreto de Delegación se ampara en el artículo 76 de la CN, pero lo que delega puede ser visto en el artículo 75.
Una delegación de segundo caso puede ser vista en el congreso que delega a un ministro.
El congreso puede delegar a otros poderes, como la corte suprema.
El congreso también puede delegar y a aquel que se le delega, volver a delegar, subdelegación.
El congreso puede delegar estructuralmente mediante la creación de organismos, como puede ser el Banco Central, ANMAT, AFIP, etc.
VETO PARCIAL
Artículo 80.- Se reputa aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto en el término de diez días útiles. Los proyectos desechados parcialmente no podrán ser aprobados en la parte restante. Sin embargo, las partes no observadas solamente podrán ser promulgadas si tienen autonomía normativa y su aprobación parcial no altera el espíritu ni la unidad del proyecto sancionado por el Congreso. En este caso será de aplicación el procedimiento previsto para los decretos de necesidad y urgencia.
Si el veto parcial altera el espíritu y la unidad del proyecto es inconstitucional. Esto es decidido por la Comisión Bicameral Permanente.
Ley 26122:
Art 10: Pronunciamiento expreso sobre requerimientos formales y sustanciales + elevación a cada cámara
Art 17: Plena vigencia de los DNUs
Art 22: Resolución independiente y expresa de cada cámara
Art 23: Imposibilidad de introducir enmiendas o modificaciones
Art 24: Derogación por rechazo de ambas cámaras.
El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara. Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las Cámaras. Una ley especial sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara regulará el trámite y los alcances de la intervención del Congreso.
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