Delitos Especial
Enviado por fcolex • 6 de Abril de 2014 • 1.083 Palabras (5 Páginas) • 233 Visitas
DELITOS ESPECIALES
1. ¿Qué es un DELITO?
De acuerdo al artículo 7 del Código Penal Federal, es un acto u omisión que sancionan las leyes penales y puede ser instantáneo, permanente, continuo y continuado.
ACCION U OMISION. Movimiento corporal o ausencia de que provoca una conducta o efecto.
ANTIJURIDICIDAD: Es la colisión que se da entre la acción delictiva y la norma de la cultura legislada. Acción que infringe una norma que el Estado ha incorporado al orden jurídico.
TIPICIDAD: Adecuación de la acción al modelo descrito por el legislador.
IMPUTABILIDAD: Capacidad de ser responsable del sujeto que comete la acción.
CULPABILIDAD: Grado de intención del sujeto de cometer dicha acción.
PUNIBILIDAD: Pretensión punitiva del Estado hacia el sujeto implícita en la legislación que califica la acción delictiva.
2. ¿Cuáles son los considerados como DELITOS ESPECIALES?
De acuerdo al artículo 6 del Código Penal Federal, son aquellos delitos no previsto en el Código pero si en una LEY ESPECIAL o en algún TRATADO INTERNACIONAL.
Y serán aplicados el libro Primero: Título Primero; responsabilidad penal, tentativa, excluyentes de responsabilidad, acumulación y reincidencia. Título Segundo; penas y medidas de seguridad. Título Tercero; aplicación de sentencias. Título Cuarto; ejecución de sentencias, trabajo para presos, libertad preparatoria y retención y condena condicional. Título Quinto; extinción de la responsabilidad penal. Título Sexto; infracciones de leyes penales por menores, y en su caso el libro Segundo de este Código.
Las leyes especiales, son leyes creadas para regular un sector exclusivo de la sociedad y pueden plantear sus propias disposiciones generales.
3. ¿Qué es considerado como DERECHO PENAL FISCAL?
Aquel que conoce de los delitos fiscales y delitos relacionados con el sistema financiero previstos en el mismo código penal, código Fiscal de la Federación, Ley de Instituciones de Crédito, Ley General de instituciones de Fianzas, d y demás leyes relacionada con la materia.
Además de conocer de las averiguaciones previas relacionadas a los delitos contenidos en dichas leyes.
Artículo 92.- Para proceder penalmente por los delitos fiscales previstos en este Capítulo, será necesario que previamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
I. Formule querella, tratándose de los previstos en los artículos 105, 108, 109, 110, 111, 112 y 114, independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que en su caso se tenga iniciado.
II. Declare que el Fisco Federal ha sufrido o pudo sufrir perjuicio en los establecidos en los artículos 102 y 115.
III. Formule la declaratoria correspondiente, en los casos de contrabando de mercancías por las que no deban pagarse impuestos y requieran permiso de autoridad competente, o de mercancías de tráfico prohibido.
Artículo 95.- Son responsables de los delitos fiscales, quienes:
I. Concierten la realización del delito.
II. Realicen la conducta o el hecho descritos en la Ley.
III. Cometan conjuntamente el delito.
IV. Se sirvan de otra persona como instrumento para ejecutarlo.
V. Induzcan dolosamente a otro a cometerlo.
VI. Ayuden dolosamente a otro para su comisión.
VII. Auxilien a otro después de su ejecución, cumpliendo una promesa anterior.
Artículo 102.- Comete el delito de contrabando quien introduzca al país o extraiga de él mercancías:
I. Omitiendo el pago total o parcial de las contribuciones o cuotas compensatorias que deban cubrirse.
II. Sin permiso de autoridad competente, cuando sea necesario este requisito.
III. De importación o exportación prohibida.
4. ¿Qué es el DERECHO
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