De los Delitos en Particular-Penal Especial I
Enviado por Andresfo1981 • 29 de Mayo de 2016 • Tarea • 1.778 Palabras (8 Páginas) • 359 Visitas
TALLER 1 CORPORACIÓN UNIVERSITRIA DE COLOMBIA- IDEAS
Asignatura: De los Delitos en Particular-Penal Especial I
Estudiantes: Lindaura Jiménez
Maria Elcy Guzmán
Gina Martinez
Pedro Fernando Ballén
Gerson Giovanni Acero Parra
Rafael Andrés Forero Moreno
Profesora: Ludy Valentina Santiago Santiago
TALLER 1
1. Diferentes Códigos Penales a través de la historia en Colombia:
Podemos iniciar contextualizando la creación del primer Código Penal mencionando que en 1810 el estado político-social era complejo, debido a las posturas radicales de los partidos políticos que se evidencian en los cambios de modelos políticos como:
• República de la Nueva Granada 1831
• Confederación Granadina 1858
• Estados Unidos de Colombia 1861
• República de Colombia 1886
Proclamada la independencia seguía vigente la normatividad hispánica caracterizada por la severidad de las penas, por lo que se justifica que 1819 el Congreso de Angostura diera potestad al presidente, con previo concepto del poder judicial, de sustituir y hasta condonar penas como la capital entre otras.
En 1823 se elaboró el primer proyecto de Código Penal el cual se cayó por los intereses políticos, se continuó con los esfuerzos para crear un nuevo Código Penal como en 1826 pero esto no salió avante ya que el ejecutivo objeto.
En 1837 bajo la República de Nueva Granada se adoptó la primera codificación penal inspirado en el Código Penal Francés de 1810 y el Español de 1822. A este se le realizaron reformas importantes como la de 1849 sobre la abolición de la pena de muerte en los delitos políticos y la venganza pública en los comunes.
Con el cambio en la Constitución Política de Rionegro 1863 se marcaron cambios en materia penal como la abolición definitiva de la pena de muerte y 10 años como pena corporal máxima.
En 1873 se creó un código penal más humanitario pero solo se aplicaba a los territorios con dependencia del gobierno federal mas no a los Estados. Pero este no duro mucho pues llegó a la Presidencia de la República de Rafael Nuñez estableciendo cambios rotundos incluyendo al código penal coherente con la Constitución de 1886 caracterizada con una deshumanización del derecho penal tanto así que se volvió a dar aplicación a la pena capital así se expide la ley 19 de 1890 conocida como Código Penal de 1890. Sin embargo a través del acto legislativo número 3 del 31 de Octubre de 1910 se suprimió de manera definitiva la pena capital, esta se sustituyó por 20 años de presido.
Creada la Comisión Nacional de Asuntos Penales y Penitenciarios se centraron los esfuerzos en el proyecto de reforma al Código Penal el cual fue aprobado por el Congreso a través de la ley 95 del 24 de abril de 1936 y adoptado por el Gobierno Nacional el 14 de septiembre de 1936.
El Decreto-Ley 100 de 1980 es producto de diferentes esfuerzos como el anteproyecto de 1974, proyecto de 1976 y de 1978. Dentro de los aspectos fundamentales del proyecto de 1974 se encuentran la introducción de un título sobre principios rectores. El proyecto de 1976 acoge la noción de la dogmática sobre el delito y lo define común hecho típico, antijurídico y culpable. El proyecto de 1978 que presentó el gobierno a consideración del legislativo fue la resultante de los dos anteriores proyectos. El congreso facultó en 1979 por el lapso de un año al ejecutivo para expedir un nuevo código penal, para lo que el gobierno designó una comisión que fue conformada por Federico Estrada Vélez, Ciro López Mendoza, Jairo Ortega, Eduardo Rosas, Jorge Enrique Gutiérrez Anzola y Luis Carlos Giraldo. Los trabajos realizados por la comisión se convirtieron, con mínimas modificaciones, en el Código Penal de 1980. El texto era marcadamente causalista, dominaba el concepto de acción, como lo pone de presente el concepto de antijuridicidad como disvalor de resultado, el dolo y la culpa como formas de culpabilidad y que el error de tipo se considerara como causal de inculpabilidad y no de atipicidad.
La Constitución de 1991 introdujo al sistema penal colombiano profundas modificaciones con la creación de la Fiscalía General de la Nación, organismo al que se asignó la investigación de los delitos y la acusación de los infractores ante los juzgados y tribunales competentes. Se le otorgaron facultades para asegurar la comparencia de los infractores y adoptar las medidas de seguridad, así como, calificar y declarar precluidas las investigaciones realizadas, entre otras.
La Ley 599 de 2000 incorpora entre sus normas rectoras el reconocimiento de la dignidad humana, incluye todos los tratados ratificados por Colombia en materia de derechos humanos, conforme a las reglas del denominado bloque de constitucionalidad. Se elimina la expresión hecho punible para dar paso al concepto de "conducta punible" para resaltar que es un derecho penal de acto, la responsabilidad penal no se basa en consideraciones relativas a la manera de ser de los individuos, queda proscrito, entonces, el derecho penal de autor. El derecho penal contemporáneo es un instrumento de control social que se ejerce a través de la protección de bienes jurídicos que deben tener fundamento constitucional. Por esta vía se incorporan nuevos bienes jurídicos y se mejora la denominación de algunos de los existentes. La división entre delitos y contravenciones se mantiene, pero las conductas descritas en la Ley 228 de 1995 vuelven en su mayoría a la categoría de delitos, en la modalidad de querellables. La conducta punible presenta las tres modalidades tradicionales: dolo, culpa y preterintención. Sin embargo, sus contenidos son modificados, pues
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