Derecho Administrativo
Enviado por Jsuarezg1 • 21 de Abril de 2013 • 2.267 Palabras (10 Páginas) • 535 Visitas
RESUMEN HISTÓRICO:
El primer momento en que se habla de acto administrativo fue en 1795, eso sucedió durante el proceso de la mencionada Revolución donde diversas disposiciones legales insistieron en prohibir la injerencia de los Tribunales en las tareas atribuidas al Poder Ejecutivo.
La Ley de 16 de Fructidor del año III (3 de septiembre de 1795)
“Se prohíbe terminantemente que los tribunales conozcan de los Actos de Administración, cualquiera que sea su especie”
Actos de administración referidos a la actividad del Estado.
CIRCUNSTANCIAS Y LAS RAZONES HISTÓRICAS Y PRÁCTICAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
• Procedimentalización de la actividad administrativa:
Reacción natural del Estado Liberal de Derecho ante el fenómeno de asunción de potestades autoritarias por la Administración.
Ejercicio de potestades se encontraba reservado a los órganos judiciales
Puesta en marcha del principio de división de poderes
• Crecimiento orgánico de la administración:
Asegurar la vigencia efectiva del principio de jerarquía
Racionalizar el funcionamiento de la organización
• Presión Burocrática:
El Procedimiento Administrativo Garantiza celeridad y esferas de influencia.
EN DERECHO POSITIVO Y EN LA ESCUELA DE VIENA Y DE ADOLFO MERKL.
Escuela de Viena: Hans Kelsen y Adolfo Merkl
Teoría pura del derecho y división de poder
La jerarquizacion de la estructura del estado
2. Teoría de Merkl:
Jerarquizacion de las normas y de la estrutura del estado….
Escuela Francesa: Leon Douguit y Mourice Hauriou,
La Administración es la actividad estadal destinada a lograr el funcionamiento de los servicios públicos.
Función administrativa como Servicio Publico
4. Doctrina Italiana: Guido Zanabini, Massino Severo Giannini
señalan como propósito de la Administración la satisfacción de los intereses públicos y la conservación del derecho.
Función administrativa como conjunto de funciones desarrolladas por la administración.
ANTECEDENTES HISTORICOS EN VENEZUELA
el esfuerzo de reforma administrativa realizado en nuestro país a partir de los años sesenta, particularmente en el ámbito del funcionamiento de la Administración Pública, encontró en esta normas y obligaciones expresas, cuyo cumplimiento transformó los sistemas y procedimientos administrativos y el tratamiento de los administrados por los funcionarios.
Varios países siguieron este modelo Francés; algunos, como Venezuela, adoptaron un sistema judicialista, esto es, la sumisión de los actos administrativos al control de legalidad ejercido por los órganos del poder judicial; y otros en fin, han adoptado sistemas mixtos.
La Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en vigor desde el 19 de enero de 1982, produjo grandes cambios en la Administración Pública Venezolana.
NOCIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO
Concepción Legal del acto administrativo en los artículos 7 y 1 de la LOPA.
LOPA Artículo 7: “Se entiende por acto administrativo, a los fines de ésta Ley, toda declaración de carácter general o particular emitida de acuerdo con las formalidades y requisitos establecidos en la Ley, por los órganos de la Administración Pública”.
DEFINICION AMPLIA, DE ACTO ADMINISTRATIVO:
“Acto Administrativo es toda manifestación de voluntad emanada de una autoridad Pública ya sea ésta de carácter estatal o particular, actuando en ejercicio de la función administrativa y destinada a producir efectos jurídicos”.
REQUISITOS DE VALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS, Requisitos de Fondo y Requisitos de Forma:
Requisitos de Fondo o Esenciales:
La competencia
La base legal
El objeto
La causa o motivos
Finalidad del acto
REQUISITOS DE VALIDEZ DE TODO ACTO ADMINISTRATIVO. Artículo 18
Todo acto administrativo deberá contener:
1. Nombre del Ministerio u organismo a que pertenece el órgano que emite el acto;
2. Nombre del órgano que emite el acto;
3. Lugar y fecha donde el acto es dictado;
4. Nombre de la persona u órgano a quien va dirigido;
5. Expresión sucinta de los hechos, de las razones que hubieren sido alegadas y de los fundamentos legales pertinentes;
6. La decisión respectiva, si fuere el caso;
7. Nombre del funcionario o funcionarios que los suscriben, con indicación de la titularidad con que actúen, e indicación expresa, en caso de actuar por delegación, del número y fecha del acto de delegación que confirió la competencia.
8. El sello de la oficina.
El original del respectivo instrumento contendrá la firma autógrafa del o de los funcionarios que lo suscriban. En el caso de aquellos actos cuya frecuencia lo justifique, se podrá disponer mediante decreto, que la firma de los funcionarios sea estampada por medios mecánicos que ofrezcan garantías de seguridad.
NULIDAD ABSOLUTA Artículo 19
Los actos de la administración serán absolutamente nulos en los siguientes casos:
1. Cuando así esté expresamente determinado por una norma constitucional o legal;
2. Cuando resuelvan un caso precedentemente decidido con carácter definitivo y que haya creado derechos particulares, salvo autorización expresa de la Ley,
3. Cuando su contenido sea de imposible o ilegal ejecución; y
4. Cuando hubieren sido dictados por autoridades manifiestamente incompetentes, o con prescindencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido.
NULIDAD relativa Artículo 20 y 21
Los vicios de los actos administrativos que no llegaren a producir la nulidad de conformidad con el artículo anterior, los harán anulables.
Artículo 21 Si en los supuestos del artículo precedente, el vicio afectare sólo a una parte del acto administrativo, el resto del mismo, en lo que sea independiente, tendrá plena validez.
CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
Actos Administrativos según sus efectos:
Actos Administrativos de efectos generales y de efectos particulares
• Actos Administrativos de efectos generales: son aquellos de contenido normativo, es decir, que crean normas que integran el Ordenamiento Jurídico… Artículo 13
• Efectos particulares: Contienen una decisión Normativa aplicada a un sujeto o grupo
ACTOS ADMINISTRATIVOS
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