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Derecho Bancario Y Financiero


Enviado por   •  27 de Junio de 2014  •  518 Palabras (3 Páginas)  •  312 Visitas

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CONCEPTO DE DERECHO BANCARIO

1. “Derecho bancario es el conjunto de normas jurídicas reguladoras de las relaciones entre particulares y entre las autoridades reguladoras de las relaciones entre particulares y entre las autoridades, nacidas del ejercicio de la actividad crediticia y bancaria, o asimiladas a éstas y aquéllas, en cuanto a su disciplina jurídica y evolución judicial y administrativa”

2. “Derecho bancario es el conjunto de normas que regulan la actividad bancaria y financiera en general, referida a sus relaciones con el Estado y los particulares”

3. “Derecho bancario es la rama del derecho comercial que regula las operaciones de los bancos y las actividades de ellos, que practican con carácter profesional”

4. “Derecho bancario es el conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos, esta actividad tiene un sujeto actor, y desde un punto de vista jurídico, consiste en el establecimiento de relaciones patrimoniales con otros sujetos, mediante la conclusión de contratos.

5. “Derecho bancario es el conjunto de normas jurídicas relativas a la materia bancaria”

6. “Derecho Bancario es el conjunto normativo, jurisprudencial y doctrinal que regula la estructura y funcionamiento de las Entidades de Crédito bancarias o entidades de depósito, así como las operaciones realizadas con el público en general, incluidos sus clientes, y con otras Entidades de Crédito. Además de la banca oficial y privada, el Derecho bancario se aplica a las cajas de ahorro y a las cooperativas de crédito. Se integra, fundamentalmente, por normas de Derecho administrativo, mercantil, civil y fiscal. En este sentido, cabe distinguir entre un Derecho público bancario (relativo a las normas constitucionales, administrativas y fiscales), y un Derecho privado bancario (referente a las normas civiles y mercantiles). Es una parte del Derecho de las Entidades de Crédito, que se dedica a regular no sólo las Entidades de Crédito bancarias, sino también las Entidades de Crédito no bancarias o Entidades de Crédito de ámbito operativo limitado (como las entidades de financiación, las sociedades de crédito hipotecario y otras).

Es el conjunto de normas jurídicas de las relaciones entre las unidades, autoridades y los particulares, nacidas del ejercicio de una actividad crediticia o bancaria, o asimiladas a estas o aquellas en cuanto a su disciplina jurídica y ejecución judicial-administrativa. Miguel Acosta Romero

Actividad crediticia; se establece una relación de acreedor-deudor, en el cual se otorga un crédito.

Actividad bancaria; cooperaciones que se llevan a cabo en la institución de crédito.

Actividad complementaria; afores y traslado de valores.

Desde mi perspectiva El concepto de Derecho bancario debería incluir a las instituciones financieras no bancarias como las cajas

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