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EL CODIGO PENAL


Enviado por   •  17 de Febrero de 2013  •  369 Palabras (2 Páginas)  •  382 Visitas

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LAS RAÍCES DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL

Los procesos de reforma en materia procesal penal de la República Dominicana y de los demás países latinoamericanos tienen un origen común: el Código Procesal Penal tipo o modelo para Iberoamérica.

El ideólogo de esta normativa modelo fue el eminente jurista Don Niceto Alcalá Zamora y Castillo, quien llegó a América como exiliado de España en la época de Franco. Este señor fue el primer presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Penal.

El Código Modelo o Tipo, fue creado con el objetivo de fomentar la unificación legislativa, a nivel iberoamericano. Sus estatutos fueron aprobados en las primeras jornadas latinoamericanas de derecho procesal en el año 1957.

Motivo para la creación de un código procesal penal tipo:

Algunos de los motivos fueron culturales, así quedó plasmado en el código de referencia, en el sentido de que:

La uniformidad legislativa latinoamericana es una vieja aspiración de muchos juristas de nuestro continente y porque, además, este fue el sueño de algunos grandes hombres y fundadores de nuestros países o de nuestras sociedades políticas.

Estos juristas analizaron que los países de la región, además de compartir las mismas problemáticas, antes indicadas, como consecuencia de la vigencia de los sistemas de tipo inquisitivo o mixto, poseían cultura y forma de vida similar.

De acuerdo con lo consagrado en el preámbulo de esta norma modelo, esta unidad política e integración económica era considerada como el camino para superar los graves conflictos sociales que afectaban nuestras naciones.

Esto, unido a un proceso de unidad legislativa, contribuiría además a reforzar estos lazos políticos y económicos entre sí. De esta forma, elaborar un código-modelo significaba la creación de un modelo institucional, un conjunto de mecanismos aptos para solucionar conflictos sociales, de un modo pacífico y a través de instituciones judiciales.

Finalmente, otra de las motivaciones que dieron lugar a la redacción del código-tipo fue la delegación de funciones judiciales: las figuras de investigador y juez en una misma persona, violentando el principio de indelegabilidad o separación de funciones al que hiciéramos referencia.

Todos estos factores negativos eran considerados como una forma de atraso político y cultural, lo que motivo el proceso de reforma casi a nivel continental.

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