EL DOLO. EVOLICION. CONCEPTO
Enviado por Karo Aguillon • 28 de Octubre de 2015 • Documentos de Investigación • 1.983 Palabras (8 Páginas) • 231 Visitas
- EL DOLO. EVOLICION. CONCEPTO
Las especies o forma de culpabilidad son dos: dolo y culpa. Dolo deriva del griego y significa engaño, en un principio significaba artificio o fraude, en la Edad Media se precisó como expresión de acto voluntario.
Si tomamos en cuenta que el dolo equivalió a artificio, astucia o fraude, puede parecer lógico que en el derecho romano, en el Canónico, en el Medieval y hasta en el siglo XIX el dolo seria adjetivo de malo, dirigido a fines perversos. Este dolus malus llego casi hasta nuestros días en el vorsatz del código austriaco, con la malicia británica y también del ordenamiento penal español.
Jiménez de Asua dice que identificando al dolo con mala intención podrían quedar fuera otras especies dolosas. En el derecho intermedio se habló de dolus indirectas esta especie dolosa, surgida del versari in re illicita dio pie no solo a las construcciones del dolo eventual sino también a precisar el dolus directus. Pero es conveniente separar el dolo de todo adjetivo moralizante, para que sea eminentemente jurídico.
- Teoría de la voluntad
Carmignani y Carrara fueron los propugnadores de esta teoría. Carmignani dice que el dolo consiste en la voluntad de violar la ley penal; para Carrara, el dolo es la voluntad, más o menos perfecta, de ejecutar un acto que se sabe es contrario a la ley. Para esta doctrina, el dolo consiste no en la voluntad de violar la ley sino en realizar el acto que la infringe.
- Teoría de la representación
Los expositores son Reinhard Frank y Franz von Liszt. Von Liszt define al dolo como la representación del resultado, que acompaña a la manifestación de la voluntad. En consecuencia el dolo comprende: a) la representación del acto voluntario de las circunstancias en que fue ejecutado, b) la previsión del resultado, c) en los delitos de comisión, la representación de la causalidad del acto, y d) en los delitos de omisión, la representación del no impedimento del resultado.
Por su parte, Frank define al dolo como la previsión (la conciencia) del resultado de una acción, ligada al conocimiento de las circunstancias que la hacen punible: en sus comentarios en el código alemán el dolo es el conocimiento que acompaña a la actividad voluntaria de las circunstancias fácticas pertenecientes del tipo legal del delito o que aumentan su penalidad.
- Teoría conjunta de la representación y la voluntad.
Es necesario que quien actúe dolosamente no solo se represente el hecho y significación, sino además que encamine su voluntad a la realización del resultado. La voluntad y la representación son elementos precisos para la noción del dolo.
Kelsen dice que no se representa no es querido. A su vez Maggiore entiende que la noción del dolo debe de ser elaborada sobre los dos elementos, la previsión o representación del resultado y la violación de él. La previsión sin la voluntad es vana tanto que la voluntad sin previsión es ciega.
Jiménez de Asua dice que el dolo para su construcción, requiere sus dos elementos esenciales: .la representación, tanto del hecho como de su significado (elemento intelectual), y la voluntad (elemento afectivo).
- Teoría positivista de los móviles.
Pretende construir el dolo con independencia de las doctrinas de la voluntad y de la representación. Ferri estima que la voluntad por sí sola no puede caracterizar el dolo y que necesita la intención y fin, originando la importancia; se caracteriza jurídicamente por la intención y se especifica por el fin, el móvil sirve no solo para decidir la clase de penalidad, sino también para fundamentar la atenuación o agravación del dolo.
Jimenez de Asua dice que el dolo existe cuando se produce un resultado típicamente antijurídico, con consciencia de que se quebranta el deber, con conocimiento de las circunstancias de hecho y del curso esencial de la relación de la causalidad existente entre a manifestación humana y el cambio en el mundo exterior, con la voluntad de realizar la acción.
- Teoría finalista
Welzel dice que la acción es el ejercicio final de la actividad humana, la finalidad de la acción se encuentra basada en que el ser humano puede prever las consecuencias posibles de una actividad con miras al futuro, pretender objetivos de clase distinta, encauzar su conducta de conformidad con un plan orientado a la consecución de dichos objetivos.
- ELEMENTOS DEL DOLO
El dolo se integra por dos tipos: los intelectuales y los emocionales o afectivos. El elemento intelectual está en la representación e hacho y en su significación, el emocional o afectivo consiste, en la voluntad de ejecutar el hecho y en la conciencia de producir el resultado. Para la existencia del dolo, es necesaria la concurrencia del elemento intelectual y del elemento afectivo o emocional; si falta alguno de ellos, no puede hablarse del dolo.
El profesor Cuello Calón dice que el elemento intelectual se comprende por lo siguiente:
1. El conocimiento de los elementos objetivos integrantes del hecho delictivo. Comprende el conocimiento y previsión de los hechos constitutivos de una agravación de la pena.
2. El conocimiento de la significación antijurídica del hecho. En el sujeto activo del delito no requiere conocimientos técnicos. Cuello Calón afirma que el que ejecuta un hecho creyéndolo licito, el que ignora su carácter delictivo, no obra dolosamente.
3. El conocimiento del resultado de la acción. El conocimiento del efecto (daño efectivo o peligroso) que causara o podrá causar en el mundo exterior la acción u omisión del agente.
En el elemento emocional o afectivo, el dolo comprende: la voluntad de la conciencia, y cuando aparece a scuola positiva hay que analizar la voluntad, la intención y el fin. Por ejemplo se requiere: primero, la voluntad de disparar el arma; segunda, la intención de matar a alguien, y tercero, el móvil de matar por venganza y no por defensa.
Se ha dicho que deben unirse la teoría de la voluntad y le de la representación, para que el elemento afectivo o emocional del dolo quede perfecto.
- CLASES DE DOLO
Fernando Castellanos ofrece la siguiente clasificación:
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