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El Juicio Ordinario


Enviado por   •  11 de Enero de 2013  •  810 Palabras (4 Páginas)  •  443 Visitas

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El Juicio Ordinario

El Art. 57 del Código Adjetivo Civil, define al “JUICIO” como “…la contienda

legal sometida a la resolución de los jueces”.

Nuestro Código de Procedimiento Civil en el Título II, sección 1ª., trata sobre el

juicio ordinario, específicamente en el Art. 395, manifiesta que el juicio ordinario

se sujetará a las disposiciones de esta sección y se tramitará ante uno de los

jueces de lo civil.

Analizada esa disposición legal, podemos determinar que deben cumplirse dos

condiciones para que proceda el juicio ordinario, a saber:

a) Debe sujetarse a las disposiciones de esa sección; y,

b) Se tramitará ante uno de los jueces de lo civil.

El Juicio ordinario se halla reglamentado en el Código de Procedimiento Civil,

desde el Art. 395 al 412, también en otras normas de éste Código Procesal se

trata sobre el juicio ordinario.

Campo de aplicación

Se debe reservar solo para aquellos negocios que por su importancia o

complejidad jurídica requieran de este procedimiento, esto es que la Ley no

señale un procedimiento especial para esta clase de acciones.

Características

El Juicio Ordinario se caracteriza por lo siguiente:

1.- Es un juicio declarativo o sea destinado a obtener el reconocimiento de un

derecho;

2.- Es un juicio extraordinario o especial desde el punto de vista de su

estructura, pues difiere de los otros juicios.

3.- Es un juicio concentrado, porque tanto las excepciones dilatorias como las

perentorias deben oponerse conjuntamente y se fallan en sentencia.

Tramitación

La contempla el Código de Procedimiento Civil; a breves rasgos se presenta la

demanda, se la califica, se dispone su citación y en ella se dispone que el

demandado le conteste en 15 días.

Al tiempo de contestar la demanda se puede reconvenir, se concede 15 días

para que se conteste la reconvención, se convoca a una junta de conciliación,

luego a petición de parte se abre la causa a prueba por el término de 10 días y

luego se pronuncia sentencia, antes de ella se puede presentar alegatos.

Así el juicio Ordinario o Declarativo es el más amplio, pues contiene períodos procesales claramente definidos; con términos suficientemente largos que permite el ejercicio de los derechos sustantivos en la forma más eficaz, completa y posible.

Siguiendo con el proceso del juicio ordinario y de acuerdo a lo que estipula el Art. 405 del Código de Procedimiento Civil, tenemos que una vez realizada la junta de conciliación y de no llegar a un acuerdo o no haber obtenido una conciliación, el juez mandará a que se abra la causa a prueba por el término de diez días para que se practiquen las pruebas del caso y que les asiste a cada

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