Juicio Ordinario
Enviado por lucerocrio • 29 de Marzo de 2012 • 655 Palabras (3 Páginas) • 718 Visitas
Qué es el juicio ordinario
Juicio declarativo que persigue el reconocimiento o declaración de un derecho, a través de un procedimiento legalmente tramitado ante un tribunal competente.
Cuáles son las características del procedimiento ordinario
Declataritivo Común u ordinario Supletorio Escrito Dobre instancia
Se aplica en relación a la cuantía del negocio
1. Mayor cuantía, más de 500 UTM o indeterminado
2. Menor cuantía, entre 10 y 500 UTM
3. Mínima cuantía, menos de 10 UTM
Qué etapas se distinguen en el procedimiento ordinario
1. Discusión
1. Demanda
2. Contestación
3. Replica
4. Duplica
2. Conciliación
3. Prueba
4. Observaciones a la prueba
5. Medidas para mejor resolver
6. Citación a las partes para oir sentencia
7. Fallo
8. Impugnación del fallo
9. Cumplimiento o ejecución
Qué es la demanda
Es el medio que otorga la ley por deducir la acción, haciendo valer el derecho que se reclama
Qué documentos se deben acompañar con la demanda
Se debe acompañar los señalados en el artículo 6º del CPC, es decir en el que conste título que acredite su representación
Qué documentos se pueden acompañar con la demanda
Pueden acompañarse los documentos fundantes y son:
1. Fundantes propiamente tales: aquellos de los que emana el derecho que se invoca
2. Fundantes justificativos o demostrativos: aquellos relacionados con hechos que sirven de demostración al derecho que se reclama.
Cómo se acompañan los documentos
Debemos distinguir:
1. Los intrumentos públicos, se acompañan con citación
2. Los instrumentos privados se acompañan con conocimiento, bajo el apercebimiento de tenerse por reconocidos si no se alega falsedad o falta de integridad en 6to dÍa
Qué dirá la providencia que dictará el tribunal ante la presentación de la demanda
1. Traslado
2. Resolverá los otrosíes, tengase presente patricinio y poder
3. Podrá determinar la cuantía
Cómo se notifica la demanda
Al actor por el estado diario, al demandado, hay que distinguir:
1. Si es la primera del juicio, personalmente
2. Si no, por cédula.
Modificación y ampliación de la demanda
Hay que distinguir:
1. Antes de notificada, puede retirarse, modificarse, etc
2. Notificada y no contestada, puede ampliarse o modificarse en cuyo caso debe notificarse nuevamente, o desistirse
3. Notificada la demanda, solo cabe desistirse de ella.
Qué es el emplazamiento
Es la notificación valida, acompañada de un plazo que la ley otorga al demandado para defenderse de ella.
Cuáles son los efectos civiles de la interposición de la demanda
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