El contenido de la función social de la sociología y su relación con la construcción de la estructura de la ley
Enviado por prumunoz000 • 8 de Abril de 2014 • Trabajo • 3.851 Palabras (16 Páginas) • 376 Visitas
Reseña
Si nos preguntamos que estudia la sociología, quizás podríamos responder que se aboca a una diversidad de problemas sociales, religiosos, políticos, jurídicos, urbanos, rurales, etc. y así podríamos citar toda una gama de respuestas que se desprenderían de las diversas áreas en que se haya especializado la disciplina. Pero existe una materia prima por así llamarlo en nuestro ensayo, que constituye el objeto principal de estudio de la sociología, la función social y su relación en la construcción de la estructura del derecho. Para ello, el sociólogo, como investigador, elige siempre un aspecto de la realidad y la problematiza, la abstrae, la analiza y al final expone una explicación.
Observar el derecho como proceso conlleva a la observación de la construcción de los sujetos sociales y a un cuestionamiento crítico sobre la división entre viejos y nuevos movimientos sociales, la ciudadanía y la sociedad civil como manifestación de una transición hacia relaciones más democráticas.
Al analizar las formas en que las estructuras sociales, las instituciones (clase, familia, comunidad, poder, etc.)Nos deja la visión de cómo los problemas de índole social influyen en la sociedad. La sociología se basa en la idea de que los seres humanos no actúan de acuerdo a sus propias decisiones individuales, sino bajo influencias históricas culturales y según los deseos y expectativas de la comunidad en la que viven, para regular las conductas sociales, estas deben conocerse y analizarse en función a la evolución y al cambio social.
Los juicios que se desprenden de estas formas estructurales sociales constituyendo el mundo normativo, rigen la conducta del ser humano en sociedad y se establecen de acuerdo al medio social al que se aplican. Por ello existen diversas normas jurídicas, morales, religiosas y de trato social, confirmando que el hombre y el derecho son inseparables en la sociedad.
Introducción:
En el presente ensayo abordamos el contenido de la función social de la sociología y su relación en la construcción de la estructura de derecho lo cual tiene como objeto el estudio de la interacción del binomio Derecho y Sociedad, desde sus más mínimas expresiones, dada la importancia de las relaciones que dentro de ellas se gestan en aras de lograr un enfoque más integral.
Así la Sociología y el Derecho investigan tanto la influencia de los factores sociales sobre el derecho, como la influencia del derecho en su función social.
El objetivo del presente es pues analizar el origen, características e importancia del estudio de la sociología en la construcción de las estructuras de derecho, en aras de lograr una formación más sólida y generar competencias valorativas de los fenómenos que se desarrollan a través de la sociedad y consecuentemente la comprensión y retroalimentación de estos fenómenos con las normas que en su amplitud se establecen en la estructura actual de derecho.
Así al investigar los factores sociales de todo tipo (políticos, económicos, culturales, morales, jurídicos, etc.) nos daremos cuenta de cómo influyen en la creación, mantenimiento, modificación y desaparición de algunas estructuras del derecho, y de los valores jurídicos entendiendo al Derecho desde un sentido amplio que incluye además de las normas a la estructura del derecho tal y como es realmente aplicado y las diversas instituciones, órganos, profesiones, etc. que operan dentro de dicha estructura, investigando también los factores sociales que influyen en la eficacia o ineficacia de la citada estructura, explicando también entre otras cosas las causas de la no aceptación social o de la no aplicación de un derecho vigente o de concretas normas jurídicas, así como las causas que impiden o que determinan una normatividad aplicable en una sociedad.
La función social de la sociología y su relación en la construcción de la estructura del derecho:
• La función de orientación y de organización
Todo sistema jurídico dota a los ciudadanos sometidos a sus preceptos de un esquema normativo que orienta sus conductas, pues permita calcular las consecuencias que se derivarán de sus actos. La función de orientación y de organización social de comportamientos es ejercida por todas las normatividades sociales, pero la orientación social asegurada de manera jurídica tiene una eficacia especial, pues las normas jurídicas claramente formuladas ofrecen seguridad sobre sus contenidos y su cumplimiento está reforzado por la posibilidad de coacción.
• La función de integración y de control
El control social consiste en la regulación de la conducta de los miembros de un grupo social mediante el establecimiento de unos valores ideológicos y de unas normas de comportamiento. El Derecho es básicamente un sistema de control social, lo que quiere decir que, mediante el Derecho, se dirigen y guían las conductas y con arreglo al mismo se supervisa el funcionamiento de las instituciones sociales para conseguir la integración, la cohesión y el equilibrio social.
• La función de pacificación y resolución de conflictos
En relación con los conflictos sociales, desde planteamientos funcionalistas se considera que el Derecho elimina el conflicto de la sociedad para facilitar así la interacción armónica y pacífica de los individuos. En cambio, desde los puntos de vista conflictualistas, el conflicto es permanente en toda estructura social: entre individuos, clases sociales y comunidades de todo tipo hay intereses diferentes y, con frecuencia, antagónicos. Así las cosas, lo que puede hacer el Derecho es mantener los conflictos bajo control, pero no hacerlos desaparecer.
• La función de limitación y legitimación de los poderes sociales
La legitimidad de los actuales sistemas parlamentarios proviene de la conformidad de su origen y su actuación con el derecho. Esta forma de legitimidad, calificada habitualmente como formal, se ha realizado históricamente por primera vez en el Estado liberal de Derecho. Sus constituciones regulaban, al menos en líneas generales, la manera en que los individuos podían ejercer el poder político (bajo la forma de poder legislativo), los requisitos y vías a seguir para la creación de normas, así como los límites a esta actividad; límites que se confiaban prácticamente en exclusiva a la discrecionalidad de la representación política. Hoy, tras la experiencia histórica de la ineficacia del liberalismo económico para evitar la miseria de las masas así como del liberalismo político para evitar el auge del fascismo, se busca otra manera de legitimar los sistemas políticos.
Para alcanzar esa meta, las vías más consecuentes con la tradición de la filosofía política
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