Existe contrato de agencia cuando un comerciante, que en la tradición mercantil ha sido conocido como principal, que encarga a otro que va a fungir como su auxiliar la promoción de negocios de su giro, que celebrara por su cuenta y riesgo, el agente sol
Enviado por Yssi940 • 2 de Marzo de 2017 • Apuntes • 4.427 Palabras (18 Páginas) • 326 Visitas
FINAL
CONTRATO DE AGENCIA
Existe contrato de agencia cuando un comerciante, que en la tradición mercantil ha sido conocido como principal, que encarga a otro que va a fungir como su auxiliar la promoción de negocios de su giro, que celebrara por su cuenta y riesgo, el agente solo promociona el negocio o lo celebre
• Elementos:
1. Subjetivos: Comerciante(principal(, agente (independiente)
2. Objetivo: la promoción de los negocios del principal y la celebración del mismo
3. Formales: No existe forma obligatoria para su celebración, en todo caso es recomendable forma escrita
• Caracteres: Bilateral, oneroso, no formal, conmutativo, intuito personae, tracto sucesivo
• Características esenciales:
1. Que el agente promocione negocios de un principal
2. El agente actúa en forma independiente y con su propia empresa
3. Actúa unilateral, porque trabaja en beneficio del principal
4. Es esencial del contrato fijar territorio donde el agente va actuar
• Características ocasionales:
1. Exclusividad, agente adquiere el derecho de representar al principal
2. Representación puede ser que el agente no ejerza representación
CONTRATO DE AGENCIA DISTRIBUCION O REPRESENTACION
Consiste en que un comerciante contrata con otro comerciante denominado distribuidor o representante, para que por cuenta de este último se venda, distribuya, promueva expenda o coloque los bienes o servicios de su giro
• Elementos:
1. Subjetivos: el comerciante principal y distribuidor, puede pactarse la exclusividad con los mismos efectos al de contrato de agencia
2. Objetivos: el suministro de bienes o servicios al distribuidor
3. Forma: no existe forma exigida por la ley, se rige por regla general de la libertad de la forma mercantil
Contrato de agencia contrato de distribución o representación
- Actúa modo permanente - Elementos personal:
- Tiene relación con su principal Principal y Distribuidor o representante
- Dependiente: (un viajero) - Están ligados a otro contrato
- Independientes:
Tiene su propia empresa
Están ligadas a un contrato de agencia
- Elemento personal: Agente y Principal
• Diferencia entre contrato de Agencia y contrato de distribución y presentación: únicamente el nombre
• Caracteres: consensual, bilateral, oneroso, conmutativo, no formal, intuito personae, tracto sucesivo, colaboración empresarial
• Marzorati, dice al respecto que un contrato de distribución no debe omitir clausulas como:
1. Volumen mínimo de ventas
2. Entrega de mercaderías y servicios
3. Precio de las mercaderías
4. Lugares y formas de entrega y fecha de pago
5. Publicidad de los bienes o servicios
• Terminación y rescisión de estos contratos:
Art. 290 Co. Co. Terminación del contrato de agencia, distribución o representación, los contrato de agencia independiente, distribución o representación mercantil, solo puede terminar o rescindirse por:
a) Mutuo acuerdo
b) Vencimiento del plazo
c) Decisión del agente, siempre que diere aviso al principal con tres meses de anticipación
d) Decisión del principal, y será responsable frente al agente por daños y perjuicios
e) Justa causa
CONTRATO SOBRE EL DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
Primero fueron regulados en el Código Civil en 1964, luego lo trasladaron al Código de Comercio en 1970, y ahora son trasladados a una ley especial el Decreto 33-98 “Ley del Derecho de autor y derechos conexos”
• La nueva ley comprende los contratos siguientes: Edición, de representación y ejecución pública y de fijación de obra,
1. CONTRATO DE EDICIÓN: art. 84 decreto 33-98. Es el que celebra el titular de un derecho de autor sobre una obra literaria, científica o artística o sus derechohabientes, con un editor, para que este la reproduzca y la venda por su cuenta y riesgo, a cambio de una retribución.
Caracteres: Consensual, bilateral, oneroso, principal, tracto sucesivo, típico mercantil y nominado
Elementos:
a) Sujetos del contrato:
Titular del derecho de autor o su derechohabiente, quien concede el derecho de reproducir
Editor que lleva a cabo la reproducción y venta de la obra, con fin de lucro
b) Objeto del contrato: Es la obra que se va a reproducir y vender y la retribución que se recibirá por autorizar tal reproducción
c) Forma del contrato: Debe formalizarse por escrito, es preciso indicar que elementos deben quedar plasmados en el documento, los derechos y obligaciones de las partes
Integración del derecho de autor: la doctrina es unánime al reconocer dos componentes en el derecho:
1. Patrimonial: es el interés puramente económico que el autor o sus derechohabientes tienen en la obra
2. Moral: es la inspiración , estilo, idea, conceptos o teorías que caracterizan la obra
Derechos y obligaciones del titular.
a) Derechos:
Derecho a la retribución
Derecho a solicitar la rescisión del contrato
Derecho a corregir, enmendar o mejorar la obra
Derecho a comprar al costo más un 10% las obras sobrantes de una edición
Derecho a que figure su nombre o su seudónimo en cada uno de los ejemplares
b) Obligaciones:
Entregar la obra al editor en el plazo que se haya pactado
Pagar al editor el costo de las correcciones, enmiendas o mejoras hechas a la obra
Devolver al editor la suma que se le haya anticipado y los gastos en que se haya incurrido
Derechos y obligaciones del editor:
a) Derechos:
Derecho a reproducir y vender la obra
Derecho a que se le pague el costo de correcciones, enmiendas o mejoras que aumenten el costo
Derecho a vender sobrantes de ediciones cuando la otra parte no las adquiere
Derecho a que se le entregue la obra que va a editar dentro del plazo pactado
b) Obligaciones:
Pagar la retribución o remuneración al titular o derechohabiente
No hacer modificaciones, adiciones o abreviaturas a la obra
Pagar honorarios y perjuicios causados al autor
Incluir el nombre del autor
2. CONTRATO DE REPRESENTACION EJECUCION PUBLICA: Esta destinado a regular el negocio de representar o ejecutar en público una obra literaria, dramática, musical, dramático-musical, coreográfica, dela que se autor o sus derechohabientes ceden o autorizan a una persona individual o jurídica para tal representación o ejecución, a
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