Fuentes Formales Del Derecho Comercial
Enviado por FdoQuing • 9 de Octubre de 2013 • 2.128 Palabras (9 Páginas) • 612 Visitas
Fuentes formales: son los procedimientos predeterminados que permiten crear, depurar y darle validez a la norma jurídica.
Fuentes materiales: consiste en depurar y formalizar la norma, debe tener en cuenta una serie de factores de interés socio- cultural, considerando circunstancias, conductas humanas, culturales, situaciones económicas, religiosas, morales, idiosincrasias, etc.; las realidades del conglomerado social que vienen a determinar la necesidad, de la existencia de la norma.
Fuentes formales del derecho comercial colombiano
Medios a través de los cuales se manifiestan los preceptos que regulan signos de expresión externa de la rama especial del derecho que recibe el nombre de derecho comercial las relaciones nacidas de los actos calificados como mercantiles la profesión de quienes se dedican a celebrarlos. Cuya finalidad es la regulación de un conjunto de situaciones privadas, hasta las cuales no llega con la precisión requerida el derecho civil
Ley mercantil:
Traduce por medio de la formulación expresa del estado normas encaminadas a regular la materia comercial. Puede revestir formas que no concuerdan exactamente con la noción de la ley formal decreto extraordinario. Dentro de la ley se incluyen los tratados internacionales en la parte que ellos obligan a la república y contienen normas reguladoras de la vida mercantil colombiana. El carácter empírico del derecho mercantil indica que para conocer la calidad comercial de una formulación legal.
La costumbre:
Desempeña un papel importante en la disciplina de las relaciones juridicomercantiles. Esta puede definirse como el uso implantado en una colectividad y considerado por esta como jurídicamente obligatorio.
Existen elementos que se deben estudiar detalladamente, de acuerdo a las costumbres:
a) La costumbre se manifiesta un aspecto material, objetivo, constituido por una serie de actos realizados por los asociados en forma constante y con respecto a un cierto aspecto de la vida social.
Este elemento debe conjugar ciertas cualidades:
La uniformidad: atiende a que las prácticas que informan una determinada costumbre sean iguales
La publicidad: atiende a que las prácticas sean conocidas por el conglomerado social o por el grupo en el cual se realizan y que va a ser sometido a los dictados de la costumbre.
Reiteradas: deben tener una tradición, es decir, no pueden ser transitorias u ocasionales, es decir, no pueden ser transitorias u ocasionales, pues a lo sumo podrían tenerse como usos comunes para efectos de determinar la voluntad de quienes los ejercen en un momento dado.
b) El otro elemento calificado como subjetivo, psicológico o formal, se manifiesta en el sentimiento de ajustar una determinada conducta a la regla implícita en las practicas
Finalmente, es lógica la exigencia de que las costumbres no contraríen la moral ni el derecho natural, por cuanto estos principios son esenciales en la misión que compete al derecho de regular la vida social de acuerdo con un criterio de justicia y con miras al bien común.
Pueden distinguirse varias clases de costumbres:
Costumbres locales. Se fundan en una práctica observada en una determinada plaza comercial del país
Costumbres generales. Se fundan en práctica social observada en todo el territorio nacional
Costumbres nacionales. Costumbres locales costumbres generales
Costumbres
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