Fuero Penal
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Capacitación para pasantes y meritorios del Fuero Penal
Elaboración del Material: Dr. Gustavo Ispani
Año 2006
DIVERSOS ASPECTOS ORIENTATIVOS PARA EL INGRESANTE AL FUERO PENAL
Toda organización requiere para el logro de sus fines, entre otros menesteres, de la instrucción del material humano que la compone, por lo que el Poder Judicial necesita que sus integrantes estén capacitados para la realización de las tareas inherentes a la función que deben desarrollar.-
Como respuesta a lo antes planteado es que desarrollamos este ensayo, con el objeto de hacerles conocer a los recién ingresados al fuero penal, los aspectos principales ligados a lo material y a lo formal de la actividad laboral que deben realizar.
Es imprescindible que el ingresante al fuero, tenga en sus manos una especie de mapa judicial que le permita recorrer el camino y poder dar los primeros pasos de su vida laboral con los conocimientos básicos, no sólo para aumentar sus conocimientos sino que también para un mejor servicio de justicia en beneficio de la sociedad.
OBJETIVO
Brindarle al recién ingresado al fuero penal los conocimientos básicos para el normal y correcto desarrollo de su tarea diaria.- Esta herramienta debe servirle al nuevo integrante para que comprenda y asuma la importancia de lo que se le solicita, debiendo responder siempre con responsabilidad y eficiencia.-
SUMARIO
1) Composición y distribución del fuero penal en el Poder Judicial.-
2) Conocimientos básicos en materia penal y procesal penal.-
3) Inicio y seguimiento de una causa penal.-
1) COMPOSICION Y DISTRIBUCION DEL FUERO PENAL EN EL PODER JUDICIAL
Creemos que es indispensable para cualquier persona que ingresa a un trabajo, saber en que lugar físico se va a desempeñar, quien o quienes son las autoridades a quien debe obedecer y respetar, para después preguntar específicamente que es lo que tiene que hacer.
La Constitución Provincial nos da una respuesta general a estos interrogantes, estableciendo en su sección tercera desde el artículo 152 en adelante, como está compuesto y distribuido el Poder Judicial. De allí abrevamos para dar una explicación acotada de la conformación del Poder Judicial pero en materia penal.-
1) En primer lugar y en lo más alto de la pirámide está el Tribunal Superior de Justicia, que tiene una competencia originaria y exclusiva ej: las acciones declarativas de inconstitucionalidad y una competencia derivada que es la que le llega por vía de los distintos recursos que establecen los distintos códigos de procedimientos .- A su vez tiene distintas atribuciones, entre ellas dictar su propio reglamento; crear una escuela de capacitación para magistrados y empleados; designar su personal de acuerdo a un mecanismo que asegure la igualdad de oportunidades etc.- Está compuesto por siete vocales, de los cuales uno es el presidente. Colaboran en la tarea secretarios, prosecretarios y empleados.
2) En segundo término se encuentran las Cámaras en lo Criminal , en donde se desarrollan los juicios orales y públicos. A ellas llegan las causas una vez que ha finalizado la primer etapa del juicio denominada etapa de la investigación penal preparatoria.- Están compuestas por tres vocales (jueces), dos secretarios, un prosecretario y empleados.
3) En tercer lugar encontramos a los Juzgados de Control (también denominado Juzgados de garantías). Estos practicarán la investigación jurisdiccional (en aquellos juicios en los que resulta imputado un magistrado o funcionario sujeto a juicio político) y controlan la actividad realizada por el Fiscal de Instrucción durante la investigación penal preparatoria (a través de las llamadas oposiciones u ocurrencias ). También, realizan las medidas solicitadas por el Fiscal de Instrucción que se tornan procedentes durante la investigación fiscal, las que por cuestiones constitucionales o procesales les están vedadas ordenar a este último, bajo pena de nulidad, ej: allanamientos, apertura de correspondencia, sobreseimientos, intervención telefónica etc..- Están compuestos por un juez, un secretario, un prosecretario y empleados.
4) Por último solo hacemos una breve mención a los Juzgados Correccionales y de Menores . Los primeros juzgan los delitos reprimidos con pena de prisión no mayor a tres años o pena no privativa de la libertad, como así también los delitos de acción privada.- Mientras que los segundos intervienen cuando el delito ha sido cometido por un menor de dieciocho años de edad.-
MINISTERIO PÚBLICO:
Por otro lado en la Carta Magna Provincial en su capítulo quinto de la misma sección, encontramos al Ministerio Público Fiscal. La ley orgánica del Ministerio Público Fiscal nº 7826 y sus modificaciones, establece que el Ministerio Público forma parte del Poder Judicial. Su misión es la de actuar en defensa del interés público y del derecho de las personas. Entre otras funciones y atribuciones podemos citar las siguientes:
a) Preparar, promover y ejercitar la acción penal.-
b) Dirigir la policía judicial.-
c) Requerir el auxilio de las autoridades provinciales y de la fuerza pública.-
El Ministerio Público Fiscal está integrado por un Fiscal General , cuatro Fiscales Adjuntos , los Fiscales de Cámara , Correccionales , de Instrucción y de Menores entre otros .-
El Fiscal General tiene entre otras funciones las de ejercer el control total del Ministerio Público Fiscal. Desde allí fija y controla las políticas de persecución penal, impartiendo directivas a los Fiscales inferiores y a la Policía Judicial.-
Los Fiscales de Cámara, intervienen en el plenario (juicio oral y público), continuando la acusación iniciada por los Fiscales jerárquicamente inferiores.-
Los Fiscales de Instrucción son quizás los más importantes por cuanto están a cargo de la investigación que es en definitiva la que le va a dar base al juicio o de la que va a resultar el sobreseimiento del imputado.- En las Fiscalías de Instrucción se inicia, prepara y promueve la acción penal pública.- Ante la comisión de un hecho delictivo el Ministerio Público, debe intervenir ya sea de oficio o ante la denuncia del particular agraviado .-
Es en las Fiscalías de Instrucción y en las Unidades Judiciales en donde se realiza el primer paso de la
investigación que luego ampliaremos. Desde las Fiscalías de Instrucción, se dirige la investigación haciéndose practicar los actos inherentes a ella, como así también se imparten
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