HISTORIA DEL DERECHO DEL TRABAJO EN MÉXICO.
Enviado por Jorge Barrera Martinez • 24 de Agosto de 2016 • Ensayo • 4.872 Palabras (20 Páginas) • 403 Visitas
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA[pic 1]
FACULTAD DE DERECHO
RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO
HISTORIA DEL DERECHO DEL TRABAJO EN MÉXICO
ALUMNO: Barrera Martínez Jorge Ricardo
201429652
PROFESOR: Marín Chávez José Raúl
Periodo: Otoño 2015
Salón: 203 Edificio: Der10 Horario: 1:00-2:29
INDICE
Introducción ---------------------------------------------------------------------------------------------- 3
Derecho Laboral ----------------------------------------------------------------------------------------- 4
Elementos esenciales del trabajo ---------------------------------------------------------- 4
Antecedentes históricos ------------------------------------------------------------------------------- 5
Siglo III Y IV, Edad Media y siglo XVI ----------------------------------------------------- 5
Siglo XVII, XVIII y XIX ------------------------------------------------------------------------- 6
Época Porfiriana -------------------------------------------------------------------------------- 7
Cananea y Río Blanco --------------------------------------------------------------- 8
Periodo Revolucionario ----------------------------------------------------------------------- 9
México Contemporáneo ---------------------------------------------------------------------- 10
Reformas -------------------------------------------------------------------------------- 10
Reforma Laboral del 2012 -------------------------------------------------------------------- 11
Desarrollo histórico de las relaciones de trabajo ------------------------------------------------ 12
Conclusión ------------------------------------------------------------------------------------------------ 13
Bibliografía ------------------------------------------------------------------------------------------------ 14
INTRODUCCIÓN
El Derecho del trabajo se constituye a partir de las Leyes de Indias puestas por Carlos II, antes de eso sólo podemos encontrar nociones muy dispersas de lo que era el trabajo y el derecho del mismo para la sociedad precolombina.
Más adelante la influencia del Código Napoleónico provocó que en los códigos civiles de 1870 y 1884 se regularan el servicio doméstico, el trabajo por jornal, a destajo o a precio alzado y el servicio de porteadores y alquiladores, pero todo lo anterior no inspiro la denominada justicia social.
Sin embargo el verdadero auge en la propugnación por el derecho del trabajo que proteja y procure a los individuos que se involucran en las diversas actividades consideradas como laborales por su susceptibilidad a percibir un salario o remuneración, surge en los momentos finales de la época porfiriana, que si bien trajo cierta prosperidad a la nación no procuro atención a la justicia social.
Durante el proceso revolucionario se generó un propósito de dictar leyes laborales por los gobernadores de los estados que iban siendo liberados. De forma contraria a lo que comúnmente se considera la Revolución no tuvo sentido social, salvo en los aspectos agrarios; fue en su mayor forma una revolución burguesa.
Carranza propone la restauración de la constitución de 1857 y algunos grupos se tornan inconformes, surgen brotes de inconformidad de grupos de trabajadores dando como resultado a dictaminación de una serie de medidas. Por fin en Septiembre, Carranza convoca al Congreso constituyente, compuesto por partícipes de la revolución y agentes de izquierda, para reformar la constitución. El primero de Noviembre sesiona y Carranza propone que se mantenga el artículo quinto constitucional que establecía la libertad de trabajo. Es rechazado el proyecto y nombran a una comisión para que redacte todo un articulado en materia de trabajo. Lo entregan y se establece un artículo que representara los intereses por los que lucharon los trabajadores y campesinos los cuales quedan estipulados en el artículo 123.
El Artículo 123 indicaba la correspondencia de los estados y el congreso de la Unión a dictar leyes de trabajo que fueran reglamentarias a dicho artículo, así se hizo sin embargo sólo las de Veracruz y Yucatán tuvieron relevancia considerable.
Finalmente correspondió al presidente provisional Emilio portes Gil la formulación de un proyecto de reforma constitucional que modificó el preámbulo del artículo 123 para el efecto de que sólo el Congreso de la unión pudiera dictar leyes en materia laboral. A dicha resolución se le considera la federalización de la legislación laboral
En términos generales la primera Ley Federal del Trabajo tuvo cierto sentido tutelar en favor de los trabajadores, aunque no parecía ajeno que se realzara su función equilibradora entre los factores de producción.
Derecho Laboral
En nuestro país, el derecho de trabajo es entendido como las relaciones derivadas de la prestación de un servicio personal por cuenta de otro, esto es, al trabajo humano subordinado, y, consecuentemente, las relaciones derivadas o conexas, o nacidas en ocasión del trabajo humano dependiente, incluyendo aquellos que se forman entre el empleadores, trabajadores y el Estado.
El Doctor Rafael Alburquerque, en su obra Derecho del Trabajo define a este como "El conjunto de normas jurídicas aplicable a las relaciones individuales y colectivas que surgen entre empleador privado y los trabajadores con motivo del trabajo que éstos realizan bajo la autoridad de los primero".
Aclarando que el derecho del trabajo, no es un derecho de esencia sino de existencia, ya que se fundamenta en el afán lucrativo de las empresas privadas y el esfuerzo de superación de los trabajadores en su calidad de vida y de trabajo.
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