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Higiene Y Seguridad Industrial


Enviado por   •  20 de Mayo de 2013  •  1.819 Palabras (8 Páginas)  •  327 Visitas

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1) DESARROLLO DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN VENEZUELA

En 1905 que se comienza a dar los primeros pasos en Venezuela cuando se crea un artículo especial sobre los riesgos profesionales en el código de política del estado Táchira.

De aquí partió la creación de una ley de sociedadescooperativas y una ley de talleres y establecimientos públicos que determino las primeras normas que garantizaban el bienestar de las personas que laboraban para el año 1917, entre estas normas se regularizó y los días feriados.

Para el año 1920 se crea la primera ley del trabajo en Venezuela, está realmente no establecía una verdadera legislación en lo que respecta a la prevención de accidentes; pero para el año 1936 con la promulgación de una nueva ley del trabajo si se comenzaron a establecer verdaderas leyes sobre la prevención de accidentes.

En esta ley de seguros sociales se establecen indemnizaciones por enfermedades, maternidad (incluyendo permisos PRE y post-natal), accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y vejes a sobrevivientes, invalidez y paros forzosos.

Estas leyes de seguros sociales fueron apoyadas por otros organismos como el ministerio del trabajo y el consejo venezolano de prevención de accidentes que fue fundado con el año 1959, cuyo objetivo principal es la estimulación y promoción de técnicas que ayuden a la disminución de accidentes para crear un medio ambiente de trabajo seguro para sus empleados, obreros, visitantes y de todas las personas que estén en contacto con el medio ambiento de trabajo.

En el año 1955 se creó una sección en el ministerio de sanidad u asistencia social, esta sección fue llamada sección de higiene ocupacional, la cual está adscrita a la división de Ingeniería Sanitaria.

Para el año 1963 es elaborado el reglamento de la ley del trabajo. Para el año 1967 se promulga la nueva ley de seguro social obligatorio. En el año 1968 se decreta el reglamento de las condiciones de higiene y seguridad industrial, este reglamento tendría una vigencia de unos 5 años ya que fue reformada para el año 1973.

Para terminar de tener un marco legal que nos permitiera ejercer las normas de higiene y seguridad industrial y que nos permita ejercer las normas de higiene y seguridad industrial y que nos sirva de apoyo para la protección de trabajadores y acondicionarlos a un seguro medio ambiente de trabajo se crea en 1986 la ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo (LOPCYMAT).

La ley de del trabajo tendría otra reforma en el año 1990 y luego se reformaría nuevamente por última vez en el año 1997 según la gaceta oficial de la República de Venezuela N° 5152.

A la higiene y seguridad industrial también la apoyan leyes como la ley nacional de ambiente y hasta el código penal puede ser usado como medio de defensa o marco en la higiene y seguridad. La higiene y seguridad está estrechamente ligada a los aspectos legales ya que nos encontramos con disposiciones existentes en la constitución de Venezuela así como tratados y convenios internacionales, el mismo sistema jurídico venezolano tiene normas que rigen condiciones aptas y medio ambiente de trabajo, vale destacar que todas estas leyes son apoyadas por las disposiciones que se puedan celebrar en las contrataciones colectivas de los empleados.

2) ÓRGANOS NACIONALES E INTERNACIONALES

Nacionales

Consejo de ministros - ministerio de trabajo y asuntos sociales: Función de Reglamentación en materia preventiva (Reales Decretos y Órdenes Ministeriales).

Instituto nacional de seguridad e higiene en el trabajo órganos técnicos de las comunidades autónomas: Función de promoción y asesoramiento en materia preventiva.

Inspección de trabajo y seguridad social: Función de Vigilancia y control de las obligaciones empresariales.

Autoridad laboral de las comunidades autónomas: Función de Acreditación de Servicios de Prevención ajenos, Autorización de entidades auditoras en materia de prevención, Reconocimiento de centros de formación de técnicos especialistas de prevención.

Seguridad social, mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la s.s.: Función de Reparación de daños ocasionados por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Comisión nacional de seguridad y salud en el trabajo: Función de Formulación de políticas preventivas.

Ministerio de industria y energía: Función de Seguridad industrial.

Ministerio de sanidad - autoridad sanitaria de las comunidades autónomas: Función de Actuaciones de carácter sanitario (estudios epidemiológicos, estadísticas...).

Internacionales

La organización internacional del trabajo (O.I.T.)

La O.I.T. es una de las organizaciones internacionales laborales más importantes.

FUNCIONES:

- Asistencia técnica.

- Recopilación y difusión de información.

- Elaboración y aprobación de:

 Convenios, que conllevan obligaciones de carácter nacional una vez ratificados.

 Recomendaciones, que establecen pautas para el posterior desarrollo de la legislación laboral.

La agencia Europea Para la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

Organización Mundial de la Salud con sede en Ginebra Suiza.

Asociación Interamericana de Seguridad Social con sede en México D.F.

Oficina Sanitaria Panamericana.

Organización de Salud Pública Dependiente de la ONU y de la UNESCO.

Asociación de Higiene Industrial con sede en E.U.A.

Ley de salud y seguridad ocupacional O.S.H.A. (Ocupational Safety and Healt Act).

3) HIGIENE INDIVIDUAL E INSTITUCIONAL

Asegurar la definición de principios Y mecanismos para la promoción de un ambiente propicio para desarrollar invidual y colectivamente hábitos de vida saludables

4) RIESGO PROFESIONAL EN LA INDUSTRIA

Se define por tanto el riesgo profesional como una situación potencial de peligro ligada directa o indirectamente al trabajo y que puede materializarse con el daño profesional.

Con esta definición se puntualiza que no siempre el riesgo profesional conduce al daño profesional es decir puede existir riesgo sin producirse daño.

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