Justicia Restaurativa
Enviado por javiergarciat8 • 16 de Agosto de 2013 • 3.048 Palabras (13 Páginas) • 546 Visitas
INTRODUCCIÓN
Justicia.- del latín iustitia, supone el otorgamiento a cada quien lo que le corresponde o a lo que tiene derecho. Puede entenderse a la justicia como lo que se debe hacer de acuerdo a lo razonable, lo equitativo o lo indicado por el derecho.
Por ejemplo: “Quiero que haya justicia y que los culpables sean condenados”, “¡No hay justicia en el mundo! Trabajo diez horas por día y apenas me alcanza para comprar comida”, “Ninguna sociedad puede alcanzar la paz si no tiene justicia”.
Lo anterior constituye una acepción del concepto pero que sugiere la ubicación en el contexto general del tema, que sin duda es amplio y tiene diferentes acepciones.
El derecho persigue siempre la justicia, esa es la finalidad primordial de la materia, dice el decálogo de Contour en tres de sus puntos:
- Ten fe. Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho; en la Paz como substitutivo bondadoso de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la Libertad, sin la cual no hay Derecho, ni Justicia, ni Paz
- Trabaja. La Abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la Justicia.
- Lucha. Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en
conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia.
Pero haciendo un análisis principalmente en la materia penal la impartición de justicia ha sido una justicia que implementa la venganza, el castigo y la pena ¿pero no es acaso derecho una actividad proveniente de la filosofía, la ciencia, las humanidades etc. en donde la característica esencial que debe prevalecer es la de actos dotados de civilidad? ¿Por qué entonces a través de la historia del derecho y de la impartición de justicia institucional ha venido desarrollando ese elemento de venganza en las penas?
La pena de muerte es muestra de cómo los individuos de una determinada sociedad implementan los que ellos denominan como acto de justicia el privar de la vida a un victimario que ha cometido muy diversas conductas delictivas por ejemplo el haber privado de la vida a otra o otra persona.
Este tipo de penas son muestra de una supuesta justicia que evidencia que el ser humano, aun después de tantos años de vivir la civilización y del desarrollo intelectual, cultural, tecnológico científico y demás características atribuibles al las sociedades, no ha sido capaz de alcanzar, en la impartición de justicia, esa característica que distinga al ser humano de los demás seres vivos y que realce el raciocinio de los individuos y solucionar sus conflictos.
En la antigüedad en las sociedades primitivas o de orígenes primarios, la impartición de justicia tenía ese carácter poco civilizado actuando más parecido al origen animal del ser humano y que describía la ignorancia del mismo, con poco sentido del derecho humano y de valores esenciales hacia la vida y dignidad del ser.
Al es escuchar “Ojo por ojo, diente por diente”, frase asociada a la ley del talión, se puede entender como un principio de la justicia retributiva en donde se impone un castigo igual o equivalente a la conducta delictiva.
La justicia tiende a ser vista como un concepto muy lejano y una figura lejana, pero la justicia restaurativa tiende a ser un elemento de resolución de conflictos muy humanos y terrenales entre personas en una civilidad.
El presente trabajo tiene como finalidad mostrar el mecanismo alternativo de solución de conflictos que constituye la justicia restaurativa y que a diferencia del modelo convencional, la justicia restaurativa va mas allá de los alcances que hasta la fecha ha tenido el modelo de impartición de justicia impuesto por el estado.
La justicia alternativa o restaurativa es una manera de enfocar la solución de conflictos, utilizando a los propios individuos a diferencia de la justicia impartida como facultad del estado en donde la resolución del conflicto se mediante una sentencia judicial o la decisión de la autoridad.
Mientras que en la sentencia judicial muchas veces se puede crear insatisfacción a una o a ambas partes en cuanto a la impartición de justicia, ya que este tipo de justicia solo buscar decir a quien le asiste el derecho y cumplir lo que la ley establece, la justicia restaurativa busca la solución del conflicto de manera alterna a la autoridad judicial y es justicia en la medida en que es el acuerdo entre las partes que resuelven el conflicto.
Esta justicia tiene que ver más con restaurar una relación fracturada y se podrá entender como una relación, ya sea estrecha en relación de guardar un vínculo cercano o bien por el simple hecho de compartir el espacio dentro de una sociedad.
En este orden de ideas la justica restaurativa o alternativa está encaminada a soluciones prácticas y casi inmediatas más que a verdades jurídicas o criterios jurídicos de un tercero ajeno a conflicto va más allá de levantar la mano al ganador y condenar al perdedor y peor aun mas que lapidar en muchos casos lo vida misma de un individuo haciendo de esto un problema mayúsculo donde la sociedad en general es la que se ve afectada en el largo plazo.
Dicho de otro modo en la justicia tradicional y a la que hemos estado acostumbrados como tal, son normas leyes reglas en que la autoridad judicial se basan para emitir sus veredictos siendo celosos y apegados a dichos ordenamientos mientras que en la justicia restaurativa o alternativa en sus modalidad de mediación, negociación, conciliación o amigable composición el proceso busca acuerdos y no hay reglas estrictas Y se anteponen los intereses particulares de las partes.
Esta justicia alternativa ha sido institucionalizada en México a partir de la reforma en nuestra carta magna y ella se refiere en el artículo 17 como mecanismos alternativos para solución de controversias y 18 le llama justicia alternativa y en la doctrina se podrá conceptualizar como justicia civil aludiendo a que las partes dan solución de acuerdo a sus propios intereses.
En la materia del derecho civil existen más adelantos en medios alternativos por la propia naturaleza de los mismos, originada por las relaciones interpersonales y los conflictos que se originan en razón de parentesco, filiación, matrimonio, estado civil, bienes, patrimonio etc. Y la tendencia además de lo antes ya mencionado será que la mayor parte de conflictos en esta y en todas las materias sea que se opte por utilizar la justicia alternativa.
Hablando del derecho y de la justicia de algunos lugares en México en donde los usos y costumbres son aplicables se podrá decir que es aquí en estos lugares donde quizá si las cosas han
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