La Justicia Y El Bien Comun
Enviado por acamejo • 8 de Junio de 2013 • 9.313 Palabras (38 Páginas) • 681 Visitas
Introducción
La seguridad ha sido el factor primario que impulso a los hombres a constituir una sociedad y un derecho, ya que la seguridad constituye el motivo radical y primario de lo jurídico; puesto que en toda sociedad la seguridad jurídica ha tenido, tiene y seguirá teniendo una gran importancia.
En la actualidad y en virtud de la apertura económica mundial y de la llamada globalización, su ausencia repercute directamente sobre el bienestar material y económico de todos sus miembros, no solo como sucedía anteriormente, en el aspecto moral, al crear un descontento colectivo; donde la seguridad jurídica ha pasado de ser solamente un principio doctrinal a un elemento que incide directamente en el desarrollo de la población.
No solo la seguridad jurídica forma elemento determinante en el derecho, puesto que para tener un elemento positivo capaz de crear una protección predominante en la ciudadanía, se necesita que esa protección jurídica este encaminada hacia el bien común, que garantice una sociedad organizada funcionando de tal manera que todos sus miembros tengan la posibilidad de realizar los valores típicamente humanos. Esto únicamente se logra cuando, con la colaboración de todos, la sociedad logra obtener y distribuir equitativamente, en un ambiente de paz, los medios necesarios para una vida realmente humana.
Por ello es pertinente analizarla desde un punto de vista social y práctico, en la medida que afecta a la sociedad entera, ya que si una maquinaria jurídica no funciona de manera regular y previsible, no sería posible planear ningún plan económico de gran alcance, y todo el trafico jurídico retrocedería hasta una fase primitiva.
La seguridad jurídica ha tenido un desarrollo paralelo al que registra la idea genérica de la seguridad, que ha representado siempre un deseo arraigado en la vida del hombre que siente temor ante lo imprevisible y lo incierto a que está expuesta su existencia.
Contar con una segura orientación es una de las necesidades humanas básicas que el derecho ha de satisfacer de una manera específica; los hombres han establecido el derecho motivados no por los valores éticos superiores, sino en virtud de un valor de rango inferior que es el de la seguridad en la vida social ya que el derecho no ha surgido por virtud del deseo de rendir culto a la justicia, sino para colmar una urgencia de seguridad y certeza en la vida social.
La Seguridad Jurídica y el Bien Común
La seguridad jurídica consiste en la realización plena del orden jurídico positivo apropiado para la estructura de la comunidad que rige. En efecto, es condición indispensable para los integrantes de las comunidades, mas aun para la persistencia de las organizaciones colectivas, que los diferentes preceptos que integran los ordenamientos jurídicos sean aplicados tal cual lo exige el sistema.
La seguridad jurídica es un valor al cual aspira el Derecho, pero que no depende solo de la perfección de las normas positivas, sino también de la existencia de organismos idóneos encargados de su aplicación. La ignorancia del Derecho no excusa de su incumplimiento, principio que está a la cabeza de todos los ordenamientos jurídicos del mundo civilizado. No podría esperarse una correcta y general aplicación de las normas si en cada caso de violación tuviésemos que probar el conocimiento que de ella tenía el reo.
La seguridad exige también el reconocimiento, por parte de los ordenamientos jurídicos, de la fuerza de la cosa juzgada. Se entiende por esto que la sentencia definitiva que ha decidido un asunto determinado, luego de haberse vencido los recursos para su modificación o corrección determinada la ley no puede ser sucesivamente modificada.
También es un principio derivado de la exigencia de la seguridad jurídica el de la irretroactividad de las leyes. Supone la irretroactividad, en líneas generales, que una nueva ley no puede entrar a regir actos que tuvieron lugar durante la vigencia de una ley anterior. Calvo (2000) define la seguridad jurídica como:
Un principio universal del derecho que se entiende como práctica del derecho y representa la seguridad de que se conoce o puede conocer lo previsto como prohibido, mandado y permitido por el poder publico respecto de uno para con los demás y de los demás para con uno. El mismo autor nos indica que de la existencia de la seguridad jurídica, derivan tres principios fundamentales que deben estar recogidos en la normativa de un ordenamiento jurídico:
1. Irretroactividad de la ley: Es que ninguna ley puede regir los hechos pasados bajo la vigencia de una ley anterior, salvo en materia penal, cuando la nueva disposición es más favorable al reo.
2. Cosa juzgada: es que sobre aquel asunto que haya recaído una sentencia definitivamente firme no pueda ser llevado nuevamente al conocimiento de los tribunales de justicia.
3. La ignorancia de la ley: pues ninguna persona puede alegar como justificación de su conducta ilícita, el hecho de no conocer la ley.
La seguridad jurídica vendría siendo nada más y nada menos que la práctica del derecho donde por medio de ella se protege el respeto de uno para con los demás y los demás para con uno, por medio de la acción del estado (poder público). El bien común es la cuota del sacrificio del bienestar individual a favor del bienestar de la colectividad.
La seguridad jurídica está estrechamente relacionado con el bien común debido a que ambos son las finalidades a las cuales tiende el Derecho a de perseguir; El derecho en si es un conjunto de disposiciones que tienden a un fin común que es el establecimiento de condiciones sociales que ayudan a la persona a desenvolverse en su vida individual y para lograr este cometido se debe realizar valores de diversa naturaleza. Aunque, se puede decir que los 3 valores jurídicos tradicionales envuelven a los demás valores que quiere alcanzar el Derecho, y lo cual se observa lo interesante que puede ser la relación que tienen entre sí.
Habría que llegar a un concepto claro de seguridad para poder enfrentarlo con el bien común; suponiendo que el Derecho tiende a la realización de actos justos, el fin de este es crear conjunto de condiciones que llamamos seguridad jurídica, para así realizar el bien común.
El Bien Común
El hombre con su actividad normal, trata de realizar su propia superación; pero dado que vive en común con otros hombres, para lograr sus fines individuales necesita adecuarlos a su estructura de la colectividad. El hombre no puede actuar sin tomar en cuenta los factores de tipo colectivo que determinan el campo lícito de la acción personal. Como ejemplo se puede decir:
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