Ley Organica Del Ambiente
Enviado por zulayguarenas • 3 de Febrero de 2013 • 2.302 Palabras (10 Páginas) • 381 Visitas
El CONGRESO DE LA REPUBLICA
Decreta
La siguiente,
1 LEY DE DIVERSIDAD BIOLOGICA
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Esta Ley tiene por objeto establecer los principios rectores para la conservación de la
Diversidad Biológica.
Artículo 2º.- La Diversidad Biológica son bienes jurídicos ambientales protegidos, fundamentales
Para la vida. El Estado Venezolano, conforme a la Convención Sobre la Conservación de la
Diversidad Biológica, ejerce derechos soberanos sobre estos recursos. Dichos recursos son
Inalienables, imprescriptibles, inembargables, sin perjuicio de los tratados internacionales
Válidamente celebrados por la República.
Parágrafo Único: Se declara de utilidad pública la conservación y el uso sustentable de la
Diversidad Biológica. Su restauración, el mantenimiento de los procesos esenciales y de los
Servicios ambientales que estos prestan.
Artículo 3º.- El patrimonio ambiental de la Nación lo conforman los ecosistemas, especies y
Recursos genéticos, que se encuentren dentro del territorio nacional y su ámbito jurisdiccional,
Incluyendo la zona marítima contigua y la zona económica exclusiva.
Artículo 4º.- Alos efectos de esta Ley, la conservación de la Diversidad Biológica comprenderá
Fundamentalmente:
1. La conservación y la regulación del manejo, in situ y ex situ, de la diversidad
Biológica.
2. La regulación del acceso y la utilización de los recursos biológicos y genéticos
Para el manejo sustentable.
3. La compatibilización entre las actividades económicas y el ambiente.
4. La investigación sobre la valoración económica de la diversidad biológica.
5. Regulación de la transferencia y aplicación de la biotecnología que tengan un
Impacto sobre el manejo y uso sustentable de la Diversidad Biológica.
6. El establecimiento de medidas de bioseguridad para proteger la Diversidad
Biológica, en especial lo relativo a las especies transgénicas.
7. El establecimiento de lineamientos éticos en la utilización de la Diversidad
Biológica.
8. La promoción de la investigación y la capacitación de los recursos humanos,
Para un adecuado conocimiento de la Diversidad Biológica.
9. La promoción de educación ambiental y la divulgación para incentivar la
Participación ciudadana con relación a la conservación y uso sustentable de la
Diversidad Biológica.
10. El reconocimiento y la preservación del conocimiento que sobre la Diversidad
Biológica y sus usos tienen las comunidades locales.
11. La participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven del
Aprovechamiento de la Diversidad Biológica.
2 Ley Penal del Ambiente
(Gaceta Oficial N° 39.913 del 02 de mayo de 2012)
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Decreta
La siguiente,
LEY PENAL DEL AMBIENTE
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
Objeto
La presente Ley tiene por objeto tipificar como delito los hechos atentatorios contra los recursos
Naturales y el ambiente e imponer las sanciones penales. Asimismo, determinar las medidas
precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar y las disposiciones de carácter
Procesal derivadas de la especificidad de los asuntos ambientales.
Artículo 2
Extraterritorialidad
Las disposiciones de esta Ley son aplicables a las personas naturales y jurídicas por los delitos
Cometidos tanto en el espacio geográfico de la República como en país extranjero, si los daños o
Riesgos del hecho se producen en Venezuela. En este caso se requiere que el investigado haya
Venido al territorio de la República y que se inicie la investigación por el Ministerio Público.
Requiérese también que el investigado no haya sido juzgado por tribunales extranjeros, a menos
Que habiéndolo sido hubiere evadido la condena.
Artículo 3
Responsabilidad Penal
La responsabilidad penal, a los efectos de los delitos ambientales, cuya ejecución exige la violación
De una norma administrativa, es objetiva y para demostrarla basta la comprobación de la violación,
No siendo necesario demostrar la culpabilidad.
TÍTULO II
DISPOSICIONES PROCESALES
Artículo 21
Acciones Penales y Civiles
De todo delito contra el ambiente nace acción penal para el castigo del culpable. También nace
Acción civil para el efecto de las restituciones y reparaciones a que se refiere esta Ley. La acción
Penal que surja en virtud de la comisión de hechos previstos en la presente Ley como delitos, es
Pública y procede por denuncia o de oficio.
Artículo 22
Órganos de Investigación Penal
Son competentes para realizar la investigación penal de los delitos ambientales, los funcionarios y
Funcionarias de investigación que señalan la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas,
Penales y Criminalísticas, las leyes especiales y sus reglamentos; y los que se señalan a
Continuación:
1.- Las y los funcionarios técnico-administrativos que ejerzan funciones de vigilancia y control del
Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de ambiente, en todos los asuntos ambientales.
2.- Las y los funcionarios técnico-administrativos que ejerzan funciones de vigilancia y control de
Los ministerios del Poder Popular con competencia en materia de energía, petróleo, minas, salud,
Agricultura, vivienda, obras públicas, transporte terrestre y transporte acuáticos y aéreos, en el área
De su competencia.
3.- Las y los funcionarios técnico-administrativos que ejerzan funciones de vigilancia y control de
Las áreas bajo régimen de administración especial.
4.- Los funcionarios y funcionarias competentes de las gobernaciones y alcaldías, en el área de su
Competencia.
Artículo 23
Jurisdicción Penal
La jurisdicción especial penal ambiental tendrá competencias tanto para las acciones penales
Como las civiles derivadas de aquellas.
TÍTULO III
DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo I
Delitos contra la Administración Ambiental
Artículo 33
Autorización de Actividades
...