Mujer y Maternidad
Enviado por juanjaque • 30 de Junio de 2014 • Ensayo • 2.104 Palabras (9 Páginas) • 271 Visitas
Mujer y Maternidad
La maternidad implica un compromiso y responsabilidad social, por tanto la legislación debe garantizar el desarrollo del embarazo de la mujer, haciendo prohibición de trabajos pesados y otorgando un descanso previo al parto y otro posterior. Ya de vuelta al trabajo los derechos de sala cuna, alimentación y cuidado del hijo menor de un año son irrenunciables.
o Introducción
o Avances en Materia de Protección a la Maternidad
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Introducción
El tema del cuidado infantil para las mujeres que trabajan y para las que se integran al mercado laboral es crucial.
La Constitución Política de la República consagra a la familia como el "núcleo fundamental de la sociedad", y a ella el legislador, en sus diversas corrientes de manifestación jurídica, otorga una serie de derechos, resguardos y protecciones. El Derecho Laboral, armónico con el sistema legal, contiene un conjunto de normas cuyo bien jurídico tutelado es la familia. Una de las manifestaciones más claras respecto a la preocupación por la protección de la familia la encontramos en el Libro II del Código del Trabajo ("De la protección de los trabajadores"), en su Título II: "De la protección de la maternidad".
El hecho biológico del embarazo da lugar a la vida de un nuevo ser. Por tanto se establece la protección desde el inicio de su concepción. Siendo la madre la titular de las especiales protecciones establecidas en las normas laborales: fuero, descansos pre y post-natal, subsidios, sala cuna, derecho a alimentar a su hijo y a cuidarlo cuando este enfermo.(guía de protección a la maternidad)
La maternidad así entendida, implica un compromiso y responsabilidad social, por tanto la legislación debe garantizar el desarrollo del embarazo de la mujer, haciendo prohibición de trabajos pesados y otorgando un descanso previo al parto y otro posterior. Ya de vuelta al trabajo los derechos de sala cuna, alimentación y cuidado del hijo menor de un año son irrenunciables.subir
Avances en Materia de Protección a la Maternidad
Durante los Gobiernos de la Concertación se han registrado importantes avances en materia de protección a la maternidad, que apuntan a un desarrollo integral de la mujer trabajadora y a compatibilizar armónicamente la relación familia y trabajo.
Derogación de la ley Buchi y mejoramiento del subsidio maternal (Ley 19.299)
Derecho a un subsidio por el permiso pre y post-natal por un monto equivalente o similar a su remuneración real
Incorporación del padre en el cuidado de los hijos (Ley 19.250)
Derecho del padre al permiso postnatal y subsidio correspondiente si la madre fallece
Derecho a que el padre, a elección de la madre, utilice el permiso por enfermedad del hijo menor de un año
Derecho a permiso por enfermedad del menor de un año para quien tenga a su cuidado al menor por tuición o medida de protección
Permiso especial por enfermedad grave de los hijos (Ley 19.505)
Derecho de la madre o el padre, si ambos trabajan, a ausentarse del empleo con un tope de 10 días en un año para cuidar al hijo/hija gravemente enfermo. Este derecho también puede ser impetrado por quien tenga la tuición de un menor de 18 años.
Perfeccionamiento de la protección a la maternidad (Ley 19.591)
Derecho a fuero maternal para las trabajadoras de casa particular
Derecho al acceso, mantención y promoción en el empleo sin discriminaciones, prohibiendo expresamente la exigencia de test de embarazo.
Derecho a sala cuna para todas las mujeres de aquellas empresas con más de 20 trabajadoras, aún cuando sus empleos estén en diversos establecimientos de la misma empresa.
Descanso dominical (Ley 19.482)
Derecho a tener libre al menos un domingo al mes para quienes se desempeñan en labores por turnos, con el fin que puedan compartir con hijos y familiares.
Extensión del fuero maternal a madres adoptivas (Ley 19.670)
Las mujeres que adoptan hijos tienen derecho a un post-natal equivalente al resto de las madres.
Sala cuna en centros industriales y centros comerciales(Art. 203 Código del Trabajo)
Extiende a los grandes centros industriales, ciudades empresariales o similares , la obligación de mantener el funcionamiento de una sala cuna común en dichos lugares, cuando se junten más de 20 trabajadoras en el lugar.
Derecho a sala cuna para las trabajadoras de los centros comerciales con una misma personalidad jurídica, como los malls y aquellos recintos que reúnan varios locales
¿Cómo la ley protege la maternidad?
Otorga derechos de descansos, subsidios y fueros a todas las trabajadoras embarazadas, otorga a los padres trabajadores un descanso por nacimiento del hijo, y derechos y subsidios para la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado a un menor, entre otros.
¿Qué tipo de empresas deben cumplir con la protección a la maternidad?
Todas las empresas e instituciones públicas y privadas, incluso los centros comerciales y malls. Y en todas las sucursales o faenas que posea el establecimiento, empresa o servicio.
Como madre trabajadora, ¿a qué descansos tengo derecho?
Prenatal: seis semanas antes del parto.
Postnatal: doce semanas después del parto.
Postnatal parental: doce o dieciocho semanas (dependiendo de si la madre se queda en casa o si regresa a trabajar por media jornada) después del postnatal recién mencionado.
¿Se pueden ampliar los permisos de pre y post natal?
Sí, en los siguientes casos:
Descanso prenatal suplementario: en caso de enfermedad durante el embarazo.
Descanso prenatal prorrogado (parto tardío): en caso de que el parto se produjera después del descanso prenatal (6 semanas). Este descanso se extenderá hasta el nacimiento del niño/a y a partir de esa fecha se contará el descanso postnatal.
Descanso postnatal suplementario: en caso de enfermedad como consecuencia del parto.
Si el niño o niña nace antes de la semana 33 de gestación, o si nace pesando menos de 1.500 gramos, el descanso postnatal será de 18 semanas.
En caso de partos múltiples, el descanso se extiende siete días por cada niño a partir del segundo.
Si ocurren estas dos circunstancias simultáneamente, el descanso será el de mayor duración.
Todos estos casos deberán ser acreditados por certificados del médico tratante.
Como padre, ¿tengo algún derecho?
Sí, los derechos del padre son:
Permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto
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