PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCEN.
Enviado por Jose Nunes • 15 de Julio de 2016 • Apuntes • 1.683 Palabras (7 Páginas) • 253 Visitas
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes
Sancionada en el año 1998
Entró en vigencia a partir del año 2000; reconociendo sin discriminación alguna los derechos y deberes los niños, niñas y adolescentes.
En el año 2007 se le realizó una reforma parcial con el propósito de adecuarla a la CRBV.
La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, publicó en el Extraordinario N° 6.185 GO, la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA). 08 de junio de 2015
Estos cambios obedecen a aspectos referenciales al Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, para fortalecer los derechos y las garantías del mismo.
Fueron modificados los artículos: 264, 265, 526, 531, 532, 534, 535, 541, 542, 543, 548, 549, 550, 551, 552, 553, 555, 557, 558, 559, 560, 561, 564, 566, 568, 569, 570, 577, 582, 583, 585, 586, 588, 589, 590, 591, 593, 594, 595, 596 y 599.(587 fue derogado)
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Acto Administrativo:
Es la declaración o manifestación de voluntad, juicio o conocimiento expresada en forma verbal, escrita o por cualquier otro medio que, con carácter general o particular, emitieren los órganos de la Administración Pública y que produjere o pudiere producir efectos jurídicos.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Forma de actuación a seguir por las personas interesadas en caso de denuncias, opiniones, alegatos o recursos interpuestos en forma escrita u oral.
El Consejo Nacional de Derechos del Niño, Niña y Adolescente
Instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio adscrito al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de protección integral de niños, niña y adolescente, el cual tiene como finalidad garantizar los derechos colectivos y difusos, es el ente rector. Ubicado en la ciudad de caracas y direcciones regionales.
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Los Consejos Municipales de Derechos del Niño, Niña y Adolescente.
Es el Órgano Administrativo que se encarga de velar y garantizar los derechos difusos y colectivos de los niños, niñas y jóvenes hasta los 18 años residenciados en los Municipios.
Los Consejos de Protección del Niño, Niña y Adolescente.
Órgano administrativo del Sistema de Protección que tiene como función restablecer los derechos de determinados grupos de niños, o de un niño en particular, cuando ha sido vulnerado o exista una amenaza de incumplimiento
Defensoría del Niño, Niña y Adolescente.
Servicio de interés público organizado y desarrollado por el municipio o por la sociedad con la finalidad de promover y defender los derechos de la infancia y la adolescencia contemplados en la ley.
Defensoría del Niño
- Este servicio es gratuito, confidencial, de carácter orientador y se presta tanto a niños, niñas y adolescentes como a sus familiares
- Orientación y apoyo interdisciplinario.
- Atención de casos que ameriten la imposición de medidas de protección o que constituyan infracciones de carácter civil, administrativo o penal, a fin de orientarlos a la autoridad competente.
- Orientación en los casos que ameriten la atención de otros programas y servicios.
- Denuncia ante el consejo de protección o tribunal competente, según sea el caso
- Intervención como defensor o defensora de niños, niñas y adolescentes ante las instancias administrativas, educativas y comunitarias que corresponda.
- Estímulo al fortalecimiento de los lazos familiares, a través de procesos no judiciales, para lo cual podrán promover conciliaciones entre cónyuges, padre, madre y familiares, conforme al procedimiento señalado en la Sección Cuarta del Capítulo XI de esta Ley, en el cual las partes acuerden normas de comportamiento en materias tales como: Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, entre otras.
- Fomento y asesoría técnica para la creación de programas de protección en beneficio de los niños, niñas y adolescentes.
- Asistencia jurídica a niños, niñas y adolescentes o sus familias, en materias relacionadas con esta Ley. Promoción de reconocimiento voluntario de filiaciones.
- Creación y promoción de oportunidades que estimulen la participación de los niños, niñas y adolescentes en la toma de decisiones comunitarias o familiares que los afecten.
- Difusión de los derechos de los niños, niñas y adolescentes así como la educación de los mismos para la autodefensa de sus derechos.
- Asistencia a niños, niñas y adolescentes en los trámites necesarios para la inscripción ante el Registro del Estado Civil y la obtención de sus documentos de identidad. Requisitos.
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Consejo de Derecho del Niño, Niña y Adolescente
Misión:
Velar por la Garantía de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes basándose en la “Protección Integral” que el Estado, la Familia y la Sociedad deben brindarles desde el momento de su concepción.
Visión:
Ser una institución, cuyo objetivo fundamental sea el fortalecimiento de la familia, como pilares imprescindibles para el desarrollo integral de nuestros Niños, Niñas y Adolescentes, que trabaje de la mano con el poder popular, esperándolo cada día en su papel protagónico, para hacer lo posible que todo Niño, Niña y Adolescente se desarrolle plenamente en el seno de su familia, hasta alcanzar la Suprema Felicidad Social.
Funciones:
Proteger, defender, garantizar y restituir los Derechos Colectivos y Difusos de la infancia y la adolescencia y las familias del Municipio, así como promover la participación comunitaria y de los Niños, Niñas y Adolescentes en defensa de sus derechos.
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