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PROYECTO AGUAS SUBTERRANEAS


Enviado por   •  26 de Octubre de 2017  •  Ensayo  •  2.957 Palabras (12 Páginas)  •  361 Visitas

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 Duarte, Brayan., Angarita, Fabian., Nuncira, Jesus., Lopez, Daniela., Castrillon, Hernando y León Sebastian.

1brayan.duarte.2014@upb.edu.co

2fabian.angarita.2013@upb.edu.co
3jesus.nuncira.2013@upb.edu.co

4daniela.lopez.2014@upb.edu.co

5hernando.castrillon@upb.edu.co

6juan.leon@upb.edu.co

Universidad Pontificia Bolivariana Seccional Bucaramanga

AGUAS SUBTERRANEAS

Resumen—Este proyecto a realizar nos da a conocer más información sobre las aguas que habitan debajo de nuestro suelo y a entender lo importante y vital que es el agua, pero aún más el agua subterránea la cual es explotada y mal gastada para muchas labores y que de la cual se podría aprovechar y conservar de una manera más útil y correcta.

 

Índice de Términos—ANLA, Ambiente, Corporaciones, Subterráneo.

  1. INTRODUCCIÓN

El agua es el principal y más importante componente de nuestro planeta. Sirvió de base para la evolución de la vida y hoy es esencial prácticamente para la evolución humana. Bien podría decirse que es el recurso más precioso que la tierra provee a la humanidad. Sin embargo, la gente no ha respondido inteligentemente con respecto al uso y cuidado de este vital líquido.

El agua subterránea hace parte de la precipitación que se filtra lentamente a través del suelo y se aloja en los acuíferos bajo la superficie de la tierra y eventualmente se deposita en arroyos. Teniendo en cuenta que este recurso constituye el 30% del agua potable y abastece una tercera parte de la población mundial abarcando más de un millón de kilómetros cuadrados se considera más importante que el agua circulante. Aunque por falta de información se cree lo contrario El agua subterránea es una de las fases del ciclo hidrológico y constituye un recurso que se renueva periódicamente; Es, por tanto, un recurso renovable y limitado.

Es patrimonio ambiental, socioeconómico, que hay que proteger y conservar para el sostenimiento y disfrute actual y futuro de la sociedad.

  1. Estructura organizacional y funcional

El país presenta una organización administrativa diseñada para facilitar el correcto funcionamiento de cada uno de los sectores, mediante la delegación de funciones a las entidades públicas y/o privadas que contribuyen con una administración eficiente de los recursos asignados a cada uno de los sectores que representan bienes o servicios para la sociedad.

Las aguas subterráneas al igual que todos los recursos naturales con los que cuenta el país se encuentra bajo las supervisiones de diferentes entidades nacionales tanto públicas como privadas, e internacionales que brindan apoyo económico político y normativo para un óptimo desarrollo de dicho recurso. Dentro de la estructura organizacional y funcional del gobierno nacional encontramos como principal coordinador de las políticas sociales, económicas y normativas para la correcta optimización de los recursos naturales, al ministerio de ambiente, que bajo el mando del señor ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible el ingeniero de minas Luis Gilberto Murillo busca ser la entidad pública encargada de todas las políticas nacionales relacionadas con el medio ambiente, y de esta manera poder promover un correcto y eficiente uso y conservación de los recursos naturales renovables con los que cuenta el país. Del ministerio de ambiente se desprendes diferentes entidades que dependen directamente de él, entre las cuales se puede destacar la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la cual fue creada en 2011 con el objetivo de tener una entidad gubernamental que se encargue de todo lo relacionado con las licencias y permisos ambientales a nivel nacional.

Para tener un manejo óptimo de esta responsabilidad, se crearon las corporaciones autónomas regionales, (CAR), que solos las principales autoridades en manejo de los recursos naturales renovables en cada una de las regiones geopolíticas que conforman, las cuales son delimitadas de acuerdo a una serie de características propias del ecosistema que delimita el territorio que cobijan. A lo largo del territorio se pueden encontrar 36 corporaciones autónomas regionales, distribuidas en todos los departamentos y algunas de las ciudades con ecosistemas que requieren mayor protección.

  1. Legislación actual sobre aguas subterráneas

Estas entidades se rigen bajo distintas normas y leyes las cuales dan un mejor manejo y conservación al recurso hídrico subterráneo.

 

Legislación actual que regula el aspecto específico del recurso hídrico en Colombia

  • Decreto N° 1541 de 1978, el cual define las regulaciones para la explotación de las aguas subterráneas y obliga a la obtención de concesión para la explotación del RHS.
  • Decreto N° 155 del 2004 del MAVDT, el cual define la metodología para determinar la tasa por uso de las Aguas Subterráneas.
  • Resolución N° 250 de 1997 SDA, se obliga a la determinación anual de los niveles estáticos y dinámicos y el monitoreo fisicoquímicos de las aguas subterráneas.
  • Resolución 3859 de 2007: "Por la cual se dictan normas respecto al funcionamiento de los medidores de consumo para la explotación del agua subterránea en el Distrito Capital".

GESTIÓN DEL RECURSO HÍDRICO SUBTERRÁNEO: La Secretaría Distrital de Ambiente elaboró en el año 2013 el Modelo Hidrogeológico Conceptual, para los Acuíferos de Bogotá, esta herramienta ha servido para planificar la explotación del recurso y determinar los criterios técnicos para el otorgamiento de las concesiones dentro de la explotación del Recurso Hídrico Subterráneo (RHS) en la ciudad.

DECRETO 155 DE 2004, por el cual se reglamenta el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 sobre tasas por utilización de aguas y se adoptan otras disposiciones.

Artículo 1º. Objeto. El presente Decreto tiene por objeto reglamentar el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 en lo relativo a las tasas por utilización de aguas superficiales, las cuales incluyen las aguas estuarinas, y las aguas subterráneas, incluyendo dentro de estas los acuíferos litorales. No son objeto de cobro del presente decreto las aguas marítimas.

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