PROYECTO DE REGLAMENTO PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES
Enviado por anxelito • 26 de Septiembre de 2016 • Trabajo • 3.968 Palabras (16 Páginas) • 360 Visitas
Chiclayo, Agosto de 2016
Escuela Académico Profesional
Ingeniería Comercial
PROYECTO DE
REGLAMENTO
PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES
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- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Denominaciones
Para los fines del presente reglamento, se entiende por:
a) Ley: Ley Nº 28518 - Ley sobre Modalidades Formativas Laborales.
b) Reglamento: El presente Decreto Supremo.
c) MTPE: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
d) AAT: Autoridad Administrativa de Trabajo.
e) CFP: Centro de Formación Profesional.
f) ESSALUD: Seguro Social de Salud.
g) DPEFP: Dirección de Promoción del Empleo y Formación Profesional.
h) DIL: Dirección de Inspección Laboral.
i) MINEDU: Ministerio de Educación.
j) CETPRO: Centro de Educación Técnico Productivo.
k) CENFORP: Centro de Formación Profesional - MTPE.
l) SUNAT: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
Artículo 2.- Conceptos
Para los fines del presente reglamento se entiende por:
- Centro de Formación Profesional: Es la Universidad de Lambayeque, por ser una Institución educativa privada, que brinda Servicios de Educación Superior de formación profesional
- Practicante: Es el estudiante que cumple tareas productivas en una empresa por un tiempo determinado, conforme a la ley y reglamentación de la Universidad de Lambayeque.
- Duración de las prácticas pre profesionales con predominio en el Centro de Formación Profesional: No mayor a seis (6) horas diarias o treinta (30) semanales
- Aprendizaje: Es una modalidad que se caracteriza por realizar parte del proceso formativo en las unidades productivas de las entidades, previa formación inicial y complementación en un Centro de Formación Profesional autorizado para desarrollar la actividad de formación profesional
- Ficha de Practicante: Es un documento interno de la UDL, en el cual se anota la información personal del practicante, y la información de la empresa donde va a efectuar sus prácticas y el área donde va a desarrollar sus funciones.
- Convenio de Aprendizaje: Es un acuerdo de voluntades, responsabilidades y obligaciones celebrado entre la empresa, el Centro de Formación Profesional y el aprendiz.
- La empresa: Es la que brinda facilidades para que el practicante realice su aprendizaje práctico, durante el período que dure su formación profesional, mediante la práctica de tareas productivas correspondientes a un Plan Específico de Aprendizaje previamente definido por la Universidad de Lambayeque, así como permitirle asistir a las actividades formativas complementarias programadas por esta institución
- Carta de Presentación: Comunicación concedida por el Director de la EAP Ingeniería Comercial, dirigida al representante de la empresa donde el Practicante va a realizar sus prácticas pre profesionales y contiene los datos de este. Los datos de esta carta se obtienen de la Ficha del Practicante
- Hoja de Evaluación del Centro de Prácticas Pre Profesionales: Documento que se llena en el Centro de Prácticas Pre Profesionales, por el Jefe inmediato del practicante, para ser considerado en la evaluación semestral
- Hoja de Evaluación del supervisor docente: Documento que llena el supervisor-docente y es considerado en la evaluación semestral
- Carta de aceptación: Documento emitido por la empresa que acepta al practicante y se compromete a cumplir con lo regulado por la Ley N° 28518 – Ley de Modalidades Formativas de Trabajo.
- Plan de Aprendizaje: Plan formulado por el practicante con apoyo del Docente del curso de Prácticas Pres profesionales y aprobado por el representante de la Entidad.
- Convenio de Prácticas: Es un acuerdo de voluntades, responsabilidades y obligaciones celebrado entre la entidad, la Universidad de Lambayeque y el aprendiz. Se celebra con carácter individual y por escrito y debe contener un mínimo de datos para que sea puesto en conocimiento de la dependencia correspondiente del MTPE dentro de los quince (15) días de su suscripción.
Artículo 3.- Ámbito de aplicación y alcances
El ámbito de aplicación del Reglamento es para quienes ejercen la labor docente del curso respectivo y a los estudiantes de Ingeniería Comercial de la Universidad de Lambayeque
Artículo 4.- Modalidades Formativas Laborales
Las modalidades formativas laborales no están sujetas a la normatividad laboral vigente sino a lo dispuesto en la Ley y el presente Reglamento; así como a la Ley General de Educación en lo que resulte aplicable y a otras normas vinculadas a la promoción y formación profesional
Artículo 5.- Base Legal
Constituyen la Base Legal del presente Reglamento:
- La Ley N° 28518, Ley sobre modalidades formativas laborales
- El DS N° 007-2005-TR, Reglamento de la Ley Nº 28518
- El Decreto Supremo N° 003-2008-TR
- Ley N° 28044, Ley General de Educación
- MODALIDADES FORMATIVAS
- Artículo 6.- Tipos de Modalidades Formativas
Según la Ley N° 28518, existen cinco (5) tipos de modalidades formativas:
- Del aprendizaje:
- Con predominio en la Empresa.
- Con predominio en el Centro de Formación Profesional:
- Prácticas Pre Profesionales.
- Práctica Profesional.
- De la Capacitación Laboral Juvenil
- De la Pasantía:
- De la Pasantía en la Empresa.
- De la Pasantía de Docentes y Catedráticos.
- De la actualización para la Reinserción Laboral.
- Artículo 7.- Predominio en la Empresa
Cuando el practicante realiza su proceso formativo en la entidad patrocinadora y participa por espacios determinados en el CFP debidamente autorizado para esta modalidad.
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