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Proceso Abreviado


Enviado por   •  5 de Marzo de 2013  •  1.283 Palabras (6 Páginas)  •  655 Visitas

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El procedimiento abreviado sirve para la instrucción, enjuiciamiento y fallo de las causas por delitos castigados con pena privativa de libertad de hasta nueve años, o con penas de otra naturaleza bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cualquiera que sea su cuantía o duración (art. 757). Instruye, con carácter general, el Juzgado de Instrucción y falla el Juzgado de lo Penal, cuando la pena privativa de libertad no supere los cinco años o pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta naturaleza, siempre que la duración de éstas no exceda de diez años; todo ello, sin perjuicio de la competencia del Juez de Instrucción en los términos previstos en el art. 801 LECrim. Cuando se superan esos límites, el enjuiciamiento corresponde a la Audiencia Provincial (el mismo esquema vale para Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Juzgado Central de lo Penal y Juzgados Centrales de Instrucción).

través de la Ley 38/2002, de 24 de octubr,e se realizan una serie de modificaciones para la adecuación de los juicios rápidos y la reforma del procedimiento abreviado.

En concreto esta Ley establece una nueva redacción a:

- EL Título II del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, donde se regula el procedimiento abreviado desde el artículo 757 hasta el artículo 976.

- Los artículos 175.5, 420.1, 446.1, 464.2, 716.1, 436.1, 282.2, 661.3 de la LECr.

A su vez se añaden cuatro disposiciones adicionales, dos transitorias, una derogatoria y una final.

También se da una nueva redacción a la Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado, en concreto a sus artículos 32.4 y 48.2.

La regulación ya ha sido aprobada aunque no entrará en vigor hasta el próximo mes de abril como señala la Disposición Final Tercera de la Ley 38/2002.

Justamente este período de tiempo es el que el Gobierno está destinando para dotar a los juzgados y a la fiscalía de la infraestructura, medios y personal necesarios para cumplir con las exigencias de la nueva Ley.

Se ha anunciado la creación de unos 80 Juzgados de lo Penal con un coste de algo más de 30 millones de euros donde se llevarán a cabo los citados juicios rápidos.

En general el sistema rápido afecta a los delitos flagrantes o con especial incidencia social como los malos tratos, los hurtos y robos.

Se busca la vía rápida para delitos con una instrucción poco compleja y que por su trascendencia social no resulta aconsejable prolongarlos en el tiempo.

Así se pretende establecer una ruptura con la impresión generalizada del ciudadano de la impunidad e indefensión ante determinados delitos.

La solución se nos desvela ante un procedimiento marcado por la inmediatez y la prontitud.

Principales características de los juicios rápidos:

Estos juicios se aplicarán a delitos castigados con penas no superiores a cinco años de privación de libertad o bien a otras penas de distinta naturaleza, cualquiera que sea su cuantía o duración, en relación a delitos flagrantes, lesiones, coacciones, amenazas, violencia física o psíquica habitual, hurto, robo, hurto y robo en vehículos o contra la seguridad en el tráfico.

Se trata en todo caso de hechos punibles en que la policía ha detenido a una persona y la ha puesto a disposición judicial o que sin haberla detenido la ha citado para comparecer al Juzgado de Guardia al estar denunciado en el atestado policial. Así, observamos el requisito de delito flagrante entendido como aquel delito donde según la propia definición del Tribunal Constitucional existe un "conocimiento fundado" de la existencia del propio delito.

Para que exista flagrancia es necesaria, pues, una evidencia sensorial, no bastando una presunción, por muy probable que se presente la comisión delictiva; así se evidencia una necesaria real perpetración del hecho, no una mera sospecha. Como ha manifestado el TS: "La palabra flagrante viene del latín flagrans-flagrantis, participio de presente del verbo flagrare, que significa arder o quemar, y se refiere a aquello que está ardiendo o resplandeciendo como fuego o llama, y en este sentido ha

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