Realice un estudio acerca de la evolución de la Sociedad Anónima
Enviado por rolandocb3006 • 28 de Noviembre de 2014 • Tesis • 1.862 Palabras (8 Páginas) • 296 Visitas
TRABAJO ACADEMICO
FACULTAD: DERECHO Y CCPP
CURSO: DERECHO COMERCIAL
CICLO: VI
2012
1.- Realice un estudio acerca de la evolución de la Sociedad Anónima
LA SOCIEDAD ANONIMA
I.- ANTECEDENTES Y EVOLUCION HISTORICA.
La sociedad anónima se desarrolló sobre todo durante los siglos XIX como vehículo del progreso e instrumento apropiado para las grandes obras públicas y empresas industriales o comerciales, hasta adquirir una importancia muy superior a la de cualquier otra forma social, que hoy conserva por muchas razones, a pesar de que sea mucho mayor el número de sociedades limitadas que se constituyen.
La razón del éxito de la sociedad anónima radica en los dos grandes rasgos que la caracterizan: la división del capital en acciones que son fácilmente transmisibles y permiten la división del riesgo y la no responsabilidad de los socios por las deudas de la sociedad. Estos rasgos significan que la sociedad anónima tiene un régimen privilegiado que la convierte en un instrumento que puede ser peligroso, lo que aumenta la necesidad, advertida constantemente durante su evolución, de su sometimiento a una disciplina adecuada.
Aunque existen instituciones más antiguas –en la época Romana y en la Edad Media - en las que se encuentran rasgos, como la limitación de responsabilidad, característicos de la sociedad anónima, su origen se suele situar en las compañías coloniales que se constituyen a partir del siglo XVII porque en ellas aparece ya el dato de la división del capital en acciones y de la limitación de responsabilidad, si bien como una solución práctica y no como principio jurídico, que no será afirmado hasta la codificación.
Tras la Revolución francesa, la sociedad anónima se va a convertir en instrumento de la economía privada. El Código de comercio francés de 1807consolida la limitación de responsabilidad pero somete en consecuencia a la sociedad a un control público consistente en la necesaria autorización administrativa. En el Código español de 1829 el sistema es más flexible, pues sólo se exige la autorización de los Tribunales de comercio.
El Código de 1885 suprime la necesidad de la autorización e inspirado por principios liberales y democráticos, regula la sociedad anónima con normas escasas y de carácter dispositivo, ya que la contempla como una institución privada y contractual que debe ser regida por la voluntad de los socios, olvidando que existen intereses que merecen ser tutelados como compensación por el privilegio de la no responsabilidad. En nuestro país, las sociedades anónimas nacieron a la vida jurídica como sociedades solemnes. Tanto la Ley publicada el 11 de noviembre de 1854, en el periódico denominado ”El Monitor Araucano”, primera ley sobre sociedades anónimas, como el Código de Comercio de 1865 exigían como solemnidades de la sociedad anónima escritura pública, inscripción en el Registro de Comercio y otros trámites de publicidad (publicación del decreto de autorización en un periódico del departamento).
Adicionalmente se requería la dictación dedos decretos del Presidente de la República: el de autorización de existencia yaquel sobre declaración de estar la sociedad legalmente instalada, que permitíael funcionamiento de la sociedad.
Concepto, características y naturaleza jurídica
La sociedad anónima es una sociedad formalmente mercantil, de carácter capitalista, se identifica con denominación, tiene un capital dividido y representado en títulos llamados acciones, y los socios limitan su responsabilidad hasta el monto total de las acciones que son de su propiedad.
Decimos que es una sociedad formalmente mercantil, porque es una de las formas reconocidas en nuestro Derecho. Agregamos que es una sociedad capitalista porque lo importante para organizarla es el elemento pecuniario; quién sea el socio no interesa; lo que tiene relevancia es su aporte. La forma de identificarse frente a terceros es por medio de la denominación, que es a la sociedad lo que el nombre es a la persona individual. La denominación puede ser un nombre caprichoso y se forma libremente a voluntad de los socios debiéndosele agregar la leyenda “sociedad anónima” que podrá abreviarse “S.A.”. En la denominación puede también incluirse el nombre de un socio fundador o los apellidos de dos o más de ellos, siendo obligatorio siempre incluir la actividad principal a que se dedicará la sociedad.
En cuanto al capital social, decimos que se encuentra dividido y representado por títulos llamados acciones, o sea que para saber cuál es la cifra de ese capital, basta con sumar el valor nominal de los mismos. Y por último, afirmamos que el socio limita su responsabilidad al monto nominal de las acciones que son de su propiedad, ya que se trata de una sociedad de responsabilidad limitada; o sea que, por las obligaciones de la sociedad, no responde con su patrimonio particular.
En cuanto a las características propias de la sociedad anónima la doctrina le asigna las siguientes:
• Es una sociedad capitalista;
• El capital se divide y representa por títulos de valores llamados acciones;
• La responsabilidad del socio es limitada;
• Hay libertad de transmitir la calidad de socio mediante la transferencia de las acciones; pero esa libertad se puede limitar contractualmente cuando se trata de títulos nominativos.
• Los órganos de la sociedad funcionan independientemente y cada uno tiene delimitadas sus funciones; y,
• Se gobierna democráticamente, porque la voluntad de la mayoría es la que da fundamento a los acuerdos sociales, sin perjuicio de los derechos de las minorías. Pero se afirma que la sociedad anónima se gobierna plutocráticamente, porque en las asambleas de socios predomina y determina las resoluciones el socio que es dueño de la mayoría del capital.
Por último, para explicar la naturaleza jurídica de la sociedad anónima, se han dado dos teorías: la teoría contractual
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