Recurso De Revocación Como Alternativa De Defensa
Enviado por clncarlos • 23 de Mayo de 2014 • 5.501 Palabras (23 Páginas) • 437 Visitas
Recurso de Revocación como alternativa de defensa
En la práctica profesional del litigio fiscal es común encontrar numerosos textos en
los que se aborda el Recurso de Revocación, desde el punto de vista teórico que se complementan con formatos que ilustran la estructura y su forma de presentación.
Objetivos
Este trabajo tiene como finalidad determinar si las reformas al Código Fiscal de la Federación y a la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 2009, han alcanzado los objetivos que el legislador concibió en su Iniciativa de reformas, y que son:
• Hacer más atractiva la promoción de este medio de defensa para el particular, y
• Recuperar la naturaleza del Recurso, esto es, la oportunidad para solucionar las
controversias entre el Fisco y los contribuyentes en sede administrativa, antes de que conozca de ellas la justicia ordinaria.
Para tal efecto será necesario definir cuál era la situación que prevalecía antes de la entrada en vigor de la reforma; identificar los “beneficios” que incorporó la reforma y evaluar su efectividad e impacto a través de los informes tributarios y de gestión que publica trimestralmente el Servicio de Administración Tributaria.
I. Noción del recurso de revocación
De acuerdo con el Diccionario Jurídico Mexicano, Recurso proviene del latín “recursos”, que significa camino de vuelta, de regreso o retorno y lo define como “el medio de impugnación que se interpone contra una resolución judicial pronunciada en un proceso ya iniciado, generalmente a un juez o tribunal de mayor jerarquía y de manera excepcional ante el mismo juzgador, con el objeto de que dicha resolución sea revocada, modificada o anulada.”2
Al definir a los Recursos Administrativos, el referido Diccionario señala que se trata de “la denominación que la Ley da a los procedimientos de impugnación de los actos administrativos a fin de que los administrados defiendan sus derechos o intereses jurídicos ante la administración, generadora de los actos impugnados. Siempre deben estar previstos en la ley. Para el maestro Gabino Fraga, se trata de un medio legal de que dispone el particular, afectado en sus derechos o intereses, por un acto administrativo determinado para obtener en los términos legales, de la autoridad administrativa una revisión del propio acto, a fin de que dicha autoridad lo revoque, lo anule o lo reforme en caso de encontrar comprobada la ilegalidad y la inoportunidad del mismo”.3
Para Fernando Lanz Cárdenas y Gabriela Ríos Granados, los recursos “son medios de impugnación que pueden darse en dos fases: en la administrativa entre las propias autoridades y, en el juicio contencioso administrativo. Los primeros se caracterizan porque la pretensión del particular es obtener la revocación o modificación del acto administrativo por su falta de legalidad o de oportunidad (…)”.4
Para Dionisio J. Kaye, el Recurso Administrativo es “un medio legal directo, del que dispone el particular afectado en sus derechos o intereses, por un acto administrativo, para obtener de la propia autoridad una revisión del acto, a fin de que sea revocado, anulado o modificado en caso de que se compruebe su ilegalidad”,5 que se caracteriza por:
1. La existencia de una resolución administrativa que se recurre.
2. Que el acto o la resolución afecte un derecho o interés del particular.
3. Que la ley señale ante qué autoridad debe agotarse el recurso, que puede ser la
misma que dictó el acto o la autoridad jerárquica superior.
4. La fijación de un plazo dentro del cual el particular pueda hacer valer el recurso.
5. El señalamiento en la ley de ciertos requisitos de forma.
6. La fijación de un procedimiento que deba seguir la autoridad en la revisión del
acto, la determinación de formalidades que hayan de cumplirse, la especificación
de pruebas al rendirse, entre otras.
7. Que la autoridad revisora quede obligada a dictar una nueva resolución en
cuanto al fondo.
Una vez que se ha conceptualizado al recurso administrativo, como un medio de defensa previsto en la ley al que los particulares que se sientan afectados en su esfera de derechos por un acto de la administración, en el que esta revisará su acto, para que en su caso, sea anulado, modificado o revocado resulta necesario definir al Recurso de Revocación, como una especie.
El Magistrado Héctor Silva Meza conceptualiza al recurso administrativo de Revocación como “uno de los medios de defensa a través de los cuales se va a vigilar, exclusivamente la legalidad de los actos o de las resoluciones administrativas. (…)”6
Para Carlos Alberto Burgoa Toledo, “el recurso administrativo de revocación se ubica dentro de la autodefensa que tiene el contribuyente para impugnar las resoluciones que considere lesivas a sus derechos, garantías e intereses de índole fiscal, en donde, sin duda alguna se encuentran tanto derechos generales como derechos específicos en materia fiscal. (…)”7
De las definiciones que preceden, puede conceptualizarse al Recurso de Revocación como un medio de defensa en sede administrativa, previsto en el Código Fiscal de la Federación, a favor de los afectados por actos o resoluciones de las autoridades fiscales federales, para resolver sus conflictos con estas, antes de someterlas a control jurisdiccional.
Entre las notas características de este medio de impugnación podemos identificar las siguientes:
• Se trata de un “autocontrol” de la legalidad de los actos que emite en ejercicio de sus funciones.
• Es una oportunidad para resolver las controversias fisco-contribuyente directamente con la autoridad, sin necesidad de acudir ante un órgano jurisdiccional.
• Se trata de una instancia en sede administrativa, porque quien conoce y resuelve es la autoridad, a partir de los argumentos expuestos por el particular.
II. Tramitación del Recurso de Revocación
Una de las notas características del recurso de revocación es que se trata de un recurso optativo, esto es, que el particular podrá optar por impugnar un acto a través del recurso de revocación, o promover directamente contra dicho acto, juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Este medio de defensa se encuentra regulado de los artículos 116 a 133 A del Código Fiscal de la Federación y su tramitación, será analizada sucintamente a continuación:
a. Procedencia
Por disposición expresa de los artículos 116 y 117 del Código Fiscal de la Federación el particular podrá
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