Recurso Revocacion
Enviado por damian94711 • 15 de Junio de 2015 • 1.846 Palabras (8 Páginas) • 434 Visitas
JUEZ DECIMO DE LO CIVIL
P R E S E N T E
ALFONSO VELAZQUEZ MAGALLANES, mexicanos, mayores de edad, con el carácter de Apoderados Generales para Pleitos y Cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), tal y como lo acreditamos con el instrumento notarial que obra en autos del presente juicio, cuyo numero de expediente hemos dejado debidamente anotado en el rubro superior derecho, señalando como domicilio procesal para oír y recibir toda clase de notificaciones la finca marcada con el numero 161 cuarto piso, de la Avenida de las Américas, Col., Rojas Ladrón de Guevara de esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, nombrando en este acto como autorizados para oír y recibir notificaciones a los CC. PABLO HUGO SOBERANIS VERA, EDGAR DE LA ROSA SANDOVAL Y NANCY ELIZABETH AVILA GONZALEZ, en los términos del artículo 119 de nuestro Código Civil Adjetivo vigente; ante Usted C. Juez con el debido respeto que se merece comparecemos y exponemos:
Que por medio del presente libelo y por estar en tiempo y forma legal ocurrimos ante este H. Juzgado a su muy digno cargo, a efecto de defender los derechos procesales de nuestro apoderado, mediante el:
RECURSO DE REVOCACION
En contra del auto de fecha 13 trece de mayo del año en que se actúa, única y exclusiva mente en cuanto al punto mediante el que se desecha nuestro escrito de demanda inicial presentada ante su Señoría el día 15 quince de febrero de este mismo año, auto, que me fue notificado el día 15 quince de mayo de el año que actualmente cursa, causándome los siguientes:
AGRAVIOS
PRIMERO. Es contrario a derecho la resolución de Usía, al no admitir el escrito inicial de mi demanda, pues el Código Adjetivo en materia civil para nuestro Estado indica de manera categórica, en su numeral 168, párrafo III, capitulo III, titulo III, que en ningún caso se promoverán de oficio las cuestiones que versen en materia de competencia. Y en caso de que así se resuelva, dicha resolución será apelable en ambos efectos. Debiendo haber esperado la autoridad judicial a que el demandado promoviera excepción en cuanto a la competencia de este juzgado.
SEGUNDO. Es inexacta la interpretación que Usía hace de la voluntad de las partes contratantes manifestada en la cláusula única, del capitulo cuarto; y capitulo quinto, disposiciones comunes cláusula segunda, del instrumento fundatorio de mi acción, mismo que ya obra en autos. Pues como se desprende de la interpretación gramatical, sintáctica y jurídica, de dicho instrumento las partes contratantes se someten a las jurisdicción de los juzgados y tribunales del Distrito Federal, así como a la Ley del INFONAVIT, exclusivamente en cuanto a las disposiciones que rigen el fondo, forma y constitución del dicho instrumento, considerando para ello únicamente lo referente a los elementos de validez de los contratos de otorgamiento de crédito, y compraventa, y no así, en lo concerniente a la constitución, ampliación o división y registro de la hipoteca, así como su cancelación o bien el pago que esta garantice, ni la acción real hipotecaria que se ejerza para proteger el derecho real derivado de la misma, … en ese orden de ideas me permito transcribir fragmento de dicho instrumento…
Segunda.- para la interpretación y cumplimiento de los pactos contenidos en la escritura las partes se someten en cuanto la otorgamiento del Crédito a la Ley del Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda, y sus reglamentos, y a las Leyes y Tribunales de México Distrito Federal, por lo que hace a la compraventa, renunciando las partes a cualquier otro fuero en razón de su domicilio…
así pues la resolución de controversias derivadas del incumplimiento de estos contratos se rigen por el derecho civil, por ende este juzgado es competente para conocer de dichas controversias, por materia, como lo es también por territorio, pues el domicilio de la parte demandada queda comprendido dentro del territorio jurisdiccional de este primer partido judicial, como se desprende del multicitado instrumento fundatorio de la acción pretendida en mi escrito inicial de demanda, en su capitulo de “insertos”, apartado de la “personalidad”, subapartado “generales”. Por lo tanto es menester de la actora recurrir ante la potestad jurisdiccional de Usía y obligación legal de este H. juzgado, conocer, sustanciar y resolver sobre dichas controversias.
TERCERO. Debe considerar también su Señoría, que conforme a la Ley Civil Adjetiva vigente en nuestro Estado, que es juez competente, el de la ubicación de la cosa, si se ejercita una acción real sobre bienes inmuebles; y que surte fuero para la ejecución o cumplimiento de un contrato, así como para su rescisión o nulidad el del lugar que el deudor hubiese designado para ser requerido judicialmente del pago. Y es el hecho que los que suscriben ejercitamos en nuestro escrito inicial de demanda acción de rescisión de contrato y acción hipotecaria, siendo esta por su naturaleza jurídica acción real sobre un inmueble ubicado además dentro del territorio de este partido judicial bajo su potestad y competencia y coincidiendo la ubicación de esta, con el domicilio que en uso de su libre albedrío proporciono para efectos legales mi demandado.
Fundando mi pretensión en los arábigos, 149, 158, fracción I , 161, fracción I, II, III, 168, párrafo III, 422, 424, 425, 426, 427, 431, 432 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles de nuestro Estado.
Sirve además como apoyo a mi dicho las siguientes tesis jurisprudenciales:
Registro No. 207073
Localización:
Octava Época
Instancia: Tercera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
VI, Primera Parte, Julio a Diciembre de 1990
Página: 146
Tesis: CIV/90
Tesis Aislada
Materia(s): Civil
COMPETENCIA CIVIL. NO PUEDE PLANTEARSE DE OFICIO, EN TERMINOS DE LOS ARTICULOS 14 Y 34 IN FINE DEL
...