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Reforma A La Justicia Colombiana


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2014  •  1.605 Palabras (7 Páginas)  •  223 Visitas

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ENSAYO SOBRE LA ‘DESCALABRADA’ REFORMA A LA JUSTICIA

“Se piensa que lo justo es lo igual, y así es; pero no para todos, sino para los iguales. Se piensa por el contrario que lo justo es lo desigual, y así es, pero no para todos, sino para los desiguales”

Aristóteles.

“El estado actual de la Administración de Justicia, en términos de congestión, dilación e ineficacia, se encuentra en el centro del debate. A diciembre de 2010, había 2.649.000 procesos judiciales pendientes de trámite, la mayoría de ellos pertenecientes a la jurisdicción ordinaria civil. Según el informe Doing Business 2012 del Banco Mundial, Colombia ocupa el puesto 149 entre 183 países en eficiencia en la resolución de controversias contractuales y el puesto 177 entre 183 países en el sub-indicador de celeridad, lo cual la convierte en la séptima justicia más lenta del mundo y la tercera más lenta en América Latina y el Caribe”.

No solo son cifras verosímiles, sino también alarmantes. EL aparato judicial colombiano viene desde hace varios lustros mostrando sus falencias, que a pesar de la intención motivada de varios Gobiernos de turno que han pretendido modificar tal situación mediante reformas y leyes, ahora último el gobierno Santos; sigue intentando voltearse como las tortugas que quedan recostadas bocarriba, para caminar bien.

Es justo por tal motivo persistente, como naturaleza del denominado ‘perrenque’ colombiano, que los gobiernos de turno de Álvaro Uribe (en menor proporción) y de Juan Manuel Santos (en mayor proporción) quisieron dar hacer hito en sus mandatos con la expedición de una reforma constitucional capaz de solucionar las incomodidades de los ciudadanos en cuanto a resolución de controversias, y así ser recordados por su magistral proceder. Alrededor de finales de 2009 el primer gobierno citado crea una Comisión de Expertos encargada de estudiar el entorno judicial nacional y así luego crear el borrador de lo que sería el proyecto de reforma que se presentare en el Congreso. Pero hubo sucesión de mandatarios y fue entonces, una vez posesionado y con la firme intención de ser un presidente recordado, cuando Juan Manuel Santos como pilar de sus primeros planes de desarrollo que quiso reformar la justicia. Y fue esta la causa de que se siguiera el ideal de un reformado aparato judicial.

Ya para agosto de 2011, es presentado ante el Congreso el proyecto de reforma a la justicia, por parte del MinJusticia, Germán Vargas Lleras, en calidad de representación del Gobierno. Se pueden destacar los siguientes puntos que fueron tema de debate durante aproximadamente año y medio, entre los que versan los ‘pros’ y los ‘contras’; y que iniciaron en aquel verano.

1. PROS

- En principio, se pretendía reformar el artículo 86 constitucional referente a la tutela. Se buscaba, por ejemplo: “la acción de tutela procede contra particulares encargados de la prestación de un servicio público o cuya conducta afecte grave y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de subordinación o indefensión”. Es decir, el caso claro de un paciente de una Entidad Prestadora de Salud (servicio público), cuyos derechos fundamentales, ya sea por conexidad, hayan sido vulnerados.

2. CONTRAS

Gradualidad de la pérdida de investidura: los congresistas podrán ser suspendidos hasta por un año, sin que ellos implique la pérdida definitiva de investidura.

Doble instancia: los procesos por pérdida de investidura de un congresista serán cubiertos por la reforma, de modo que si se determina dicha sanción el implicado podrá recurrir a una segunda sentencia que será dictada por el Consejo de Estado en el que al menos 16 de los 27 magistrados deberán aprobar la pérdida de la curul.

Financiamiento de campañas: ahora los empleados públicos, incluidos los congresistas, podrán financiar campañas electorales.

Restructuración de la Corte Suprema de Justicia: se crearán dos nuevas salas en la Corte Suprema de Justicia que serán las encargadas de investigar y juzgar a los congresistas. Ya no será la Sala Penal que ha adelantado los procesos por parapolítica.

Denuncias: para denunciar a un congresista, el demandante necesariamente deberá proporcionar sus datos personales (no habrán denuncias de anónimos), además que suministrar por cuenta propia pruebas que sostengan su acción.

Captura: solo podrá ejecutarse la captura de un congresista cuando exista un fallo acusatorio, nunca en la fase de investigación.

Policía Judicial: la Fiscalía y la Procuraduría tendrán facultades de Policía Judicial, la primera podrá mantener retenida a un ˂SIC˃ persona sospechosa hasta 72 horas antes de presentarla ante un juez. Ninguno de los entes, necesitará el aval de un juez para proceder a la captura de una persona sospechosa.

Régimen de inhabilidades: un congresista destituido por violar el régimen de inhabilidades no será

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