Salud Reproductiva
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INDICE
SALUD REPRODUCTIVA
DEFINICIÓN
DERECHOS REPRODUCTIVOS
BASES LEGALES
RIESGO REPRODUCTIVO
RIESGO
FACTOR DE RIESGO
RIESGO REPRODUCTIVO
EMBARAZO DE ALTO RIESGO
VALORACION DEL RIESGO REPRODUCTIVO
DIVISION DE LOS FACTORES DE RIESGO
CONSEJERIA EN SALUD REPRODUCTIVA Y P.F.
OBJETIVO
FACTORES QUE INTERVIENEN EN LA COMUNICACIÓN
REGLAS DE LA COMUNICACIÓN
APRENDIZAJE SIGNIFICATIVO
TECNICAS DE CONSEJERIA
PERFIL DEL CONSEJERO
FORMAS INAPROPIADAS DE LA CONSEJERIA
CONSENTIMIENTO INFORMADO
PRINCIPIOS ETICOS GENERALES
CONCEPTO
OBJETIVO
RESPONSABILIDAD COMPARTIDA
FORMATO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO
PLANIFICACION FAMILIAR
BENEFICIOS
PRINCIPIOS PARA LA ELECCION DEL METODO
METODOLOGIA ANTICONCEPTIVA
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD
METODOS ANTICONCEPTIVOS
DIVISION
METODOS ANTICONCEPTIVOS TEMPORALES NO HORMONAL
METODOS ANTICONCEPTIVOS TEMPORALES HORMONAL
ANEXOS
INTERACCIONES MEDICAMENTOSAS
NORMA Y CLAVES DE LOS METODOS ANTICONCEPTIVOS
FORMATOS CON INSTRUCTIVO
SALUD REPRODUCTIVA
SEGÚN LA O.M.S.
Se refiere al estado de bienestar físico, mental y social de la persona en todo lo relativo al aparato genital y sus funciones.
Va mucho mas allá de la ausencia de enfermedades; consiste en la posibilidad de llevar una vida sexual satisfactoria
DERECHOS REPRODUCTIVOS
Estos forman parte de los derechos humanos y como tales son dignos de las personas, las personas son únicas e irrepetibles y por lo tanto merecen respeto en todas las esferas donde se desarrollen.
BASES LEGALES
Carta Magna (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)
Ley General de Salud y la Ley General de Población
NOM 005
NOM 007
Programa de Salud Reproductiva
Carta Magna (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) en su articulo 4ª dice que “El varón y la mujer son iguales ante la ley y que toda persona tiene derecho a decidir, de manera libre, responsable, e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos
Ley General de Salud y la Ley General de Población sus objetivos son: proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionan y causen daños a la salud, con especial interés en las acciones preventivas.
NOM 005 . La principal tarea y obligación que determina esta norma es “la regulación de los requisitos para la organización, prestación de servicios y desarrollo de todas las actividades que constituyen los servicios de planificación familiar.
Entre sus objetivos principales se encuentra el de:
Contribuir a la disminución de los niveles de fecundidad
Reducir el número de embarazos no deseados
Contribuir a ampliar el espacio íntergenésico
Fomentar la participación activa del varón
Ampliar la cobertura y calidad de los servicios de salud reproductiva y planificación familiar
NOM 007 esta norma se refiere a la regulación de la atención del embarazo, parto y puerperio y del recién nacido
Programa de Salud Reproductiva y Planificación Familiar sus objetivos están muy relacionados con la NOM 005 y 007. sin embargo en el Instituto Mexicano del Seguro Social esta normado que la cobertura anticonceptiva deberá ser del 80% en mujeres de posparto y poscesarea y el 100% en los casos de posaborto.
RIESGO REPRODUCTIVO
RIESGO
Se entiende como la contingencia o proximidad de un daño o peligro, sin embargo, en el contexto de salud, se define como “La probabilidad que tiene un individuo o grupo de sufrir un daño”
El daño puede ser la aparición o existencia de un proceso patológico o de complicaciones de ese proceso; pudiendo también interpretarse como el resultado, afección o situación no deseada en función del cual se mide el riesgo.
FACTOR DE RIESGO
Es toda característica o circunstancia que va acompañada de un aumento de la probabilidad o riesgo de que ese daño ocurra, sin prejuzgar si el factor en cuestión es o no una de las causas del daño, aun cuando su identificación haya sido motivada por una sospecha de causalidad.
RIESGO REPRODUCTIVO
Refiriéndonos específicamente a las mujeres en edad fértil, se ha observado que determinadas características de este grupo se encuentras relacionadas a una evolución desfavorable del embarazo, tales como la mortalidad materna y perinatal. Es en este sentido que se ha definido el riesgo reproductivo como el “Grado de peligro que tienen las mujeres en edad fértil, como su producto de sufrir enfermedad, lesión o muerte en caso de embarazo”.
EMBARAZO DE ALTO RIESGO.
Estado de toda mujer embarazada en la cual se ha reconocido ciertas condiciones o factores que ponen en peligro la salud o la vida de la madre y su producto.
VALORACION DEL RIESGO REPRODUCTIVO
La presencia de uno o más de los siguientes factores permite clasificar un embarazo como de alto o bajo riesgo. Debe tomarse en cuenta que esto significa un incremento en la probabilidad de aparición de daños a la salud par ala madre, el feto o el recién nacido.
Esta valoración se efectuará en la totalidad de las mujeres embarazadas que asistan a la vigilancia prenatal.
LOS FACTORES DE RIESGO SE DIVIDEN EN FACTORES BIOLÓGICOS, OBSTÉTRICOS Y SOCIALES.
FACTORES BIOLOGICOS
Mujer menor de 20 años
Mujer de 35 años y mas
Enfermedades crónico degenerativas
La presencia de uno o más de los siguientes antecedentes, características o patologías, se interpretará como alto riesgo obstétrico, al estar presentes en una mujer embarazada.
FACTORES OBSTETRICOS
Abortos
Cesáreas
Multiparidad
Muerte perinatal
Prematurez
Preeclampsia-eclampsia
Periodo íntergenésico corto
Bajo peso al nacer
Malformaciones congénitas
Infección crónica de vías urinarias
La presencia de dos o más de los siguientes antecedentes o características, se interpretará como alto riesgo obstétrico, al estar presentes en una mujer embarazada.
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