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Sustancias Psicoactivas


Enviado por   •  2 de Abril de 2013  •  5.959 Palabras (24 Páginas)  •  791 Visitas

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Sustancias psicoactivas y su estatus sociolegal

Las sustancias psicoactivas, conocidas más comúnmente como drogas psicoactivas,

son sustancias que al ser tomadas pueden modificar la conciencia, el estado

de ánimo o los procesos de pensamiento de un individuo. Como se explicará en

capítulos posteriores, los avances en la neurociencia nos han permitido conocer

mucho mejor los procesos físicos mediante los que actúan estas sustancias. Las

sustancias psicoactivas actúan en el cerebro mediante mecanismos que normalmente

existen para regular las funciones de estados de ánimo, pensamientos y

motivaciones. En este informe pondremos énfasis en el alcohol y otros hipnóticos

y sedantes, nicotina, opioides, cannabis, cocaína, anfetaminas y otros estimulantes,

alucinógenos e inhalantes psicoactivos.

El uso de estas sustancias se divide en tres categorías, según su estatus sociolegal.

En primer lugar, muchas de estas sustancias son utilizadas como medicación. Los

sistemas médicos occidentales y de otro tipo han reconocido desde hace mucho la

utilidad de estas sustancias como medicación para aliviar el dolor, ayudar al sueño

o a la lucidez y aliviar desórdenes del estado de ánimo. Actualmente, la mayoría de

las medicaciones psicoactivas están restringidas al uso por prescripción médica,

mediante un sistema de recetas. En muchos países, casi una tercera parte de las

recetas es para tales medicaciones. Ejemplo de ello es el empleo del estimulante metilfenidato

para tratar el trastorno de déficit de atención con hiperactividad (TDAH)

de la infancia, que se abordará en el Capítulo 4. Como se describirá en el Capítulo

6, algunas de las sustancias también se utilizan con frecuencia como “automedicaciones”,

para aliviar perturbaciones producidas por desórdenes físicos o mentales o

para aliviar los efectos secundarios de otras medicaciones.

Una segunda categoría de uso es su estatus ilegal o ilícito. De conformidad con

tres convenciones internacionales (véase Recuadro 1.1), la mayoría de los países se

han comprometido a considerar como ilegal el comercio y uso no médico de los

opiáceos, cannabis, alucinógenos, cocaína y muchos otros estimulantes, al igual que

de los hipnóticos y sedantes. Además de esta lista, los países o jurisdicciones locales

muchas ocasiones añaden sus propias sustancias prohibidas, por ejemplo bebidas

alcohólicas y varios inhalantes.

A pesar de tales prohibiciones, el uso ilícito de sustancias psicoactivas está muy

difundido en numerosas sociedades, particularmente entre adultos jóvenes, casi siempre

con el propósito de disfrutar o beneficiarse de las propiedades psicoactivas de la

sustancia. El hecho de que sean ilegales puede añadirles también cierto atractivo, y

con ello reforzar la identificación de los usuarios con una subcultura alienada.

La tercera categoría de uso es el consumo legal o lícito, para cualquier propósito

que elija su consumidor. Dichos propósitos pueden ser muy variables, y no

necesariamente se relacionan con las propiedades psicoactivas de la sustancia. Por

ejemplo, una bebida alcohólica puede ser una fuente de nutrientes, para calentar o

refrescar el cuerpo, o para aliviar la sed; puede funcionar también para un propósito

simbólico en una ronda de brindis o como sacramento. Sin embargo, sea cual

sea su propósito, el uso de la sustancia inevitablemente va acompañado de sus

propiedades psicoactivas.

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NEUROCIENCIA DEL CONSUMO Y DEPENDENCIA DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

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1. INTRODUCCIÓN

RECUADRO 1.1

Convenciones de control de drogas de las Naciones Unidas

Los tres principales tratados internacionales para el control de las drogas son mutuamente

incluyentes y complementarios. Un importante propósito de los dos primeros tratados es

codificar medidas de control de aplicación internacional, para asegurar la disponibilidad de

drogas narcóticas y sustancias psicotrópicas con fines médicos y científicos, y para prevenir

su desviación a canales ilícitos. También incluyen condiciones generales para el tráfico y

abuso ilícitos de las drogas.

Convención única sobre drogas narcóticas, de 1961

Esta convención reconoce que las medidas efectivas contra el abuso de drogas narcóticas

requieren de la acción internacional coordinada. Tiene dos formas de intervención y control

que funcionan conjuntamente. Primeramente, busca limitar la posesión, uso, comercio,

distribución, importación, exportación, fabricación y producción de drogas con fines

exclusivamente médicos y científicos. Segundo, fomenta la cooperación internacional para

combatir el narcotráfico y a los narcotraficantes.

Convención sobre sustancias psicotrópicas, de 1971

Esta convención hizo notar, con suma preocupación, los problemas sociales y de salud

pública provocados por el abuso de ciertas sustancias psicotrópicas, y tomó la determinación

de prevenir y combatir el abuso de estas sustancias y el tráfico ilícito que lo provoca. Dicha

convención establece un sistema de control internacional para sustancias psicotrópicas,

como reacción a la diversificación y expansión del espectro de las drogas de abuso, e

introduce controles sobre varias drogas sintéticas, según su potencial de abuso, por una

parte, y su valor terapéutico, por otra.

Convención contra el tráfico ilícito de drogas narcóticas y sustancias

psicotrópicas, de 1988

Esta convención establece un tratado internacional completo, efectivo y operativo dirigido

específicamente contra el tráfico ilícito, y considera diversos aspectos del problema en

general, en particular aquellas cuestiones no contempladas en los tratados existentes en el

campo de las drogas narcóticas y sustancias psicotrópicas. La convención proporciona

medidas completas contra el narcotráfico, incluyendo condiciones contra el lavado de dinero

y la diversificación de los compuestos químicos precursores. Estipula la cooperación

internacional a través, por ejemplo, de la extradición de narcotraficantes, el control de

suministros y la transferencia de procedimientos.

Fuente: Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de las Drogas

(disponible en la página de Internet <http://pnufid.org.pe/folleto_esp/Pag27/Pag27.htm>).

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