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Transgenico


Enviado por   •  15 de Octubre de 2013  •  4.214 Palabras (17 Páginas)  •  301 Visitas

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Actualmente el genoma humano es considerado internacionalmente como un bien público y la información genética individual como de orden privado6 que deben estar garantizados por la justicia y la imparcialidad en las decisiones de las personas así como la confidencialidad en la información obtenida, y la libertad a no saber si se es o no portador de una enfermedad genética.

Por ello, es un tema que a los estudiosos del derecho debiera preocupar y ocupar, para hacer propuestas a la escasa, por no decir nula legislación nacional existente en torno al genoma humano, al repercutir positivamente en los avances médico-genéticos, en la salud pública y ofrecernos la posibilidad de obtener información para el futuro desarrollo de la medicina y de la biología al posibilitar la invención de una nueva generación de medicamentos y el advenimiento de una planificación estratégica de prevención; sin embargo, también repercute en sociedad, pues a través del conocimiento obtenido se tiene acceso a la información genética de las personas, incluso antes de nacer, información que debiera proteger la legislación para beneficio de la sociedad.

Entre sus ventajas existen:

1. Detección de enfermedades hereditarias o genéticas.

2. Determinación del sexo antes del embarazo.

3. Detección y corrección de problemas hereditarios o genéticos del feto.

Desventajas:

1. Utilización deshonesta de la información genética por terceros.

2. Pérdida de la privacía y confidencialidad de la información genética.

3. Mejoras genéticas para determinar características específicas en el individuo (sexo, color de piel, ojos etc.), que no están relacionadas con el tratamiento de enfermedades.

4. Comercialización de la información, productos, derechos de autor, acceso a los datos.

5. Equidad en el uso de las tecnologías genéticas para determinar quién tendrá acceso a éstas y los costos implicados.

Por ello es necesario que nuestros legisladores se dediquen a reglamentar la manipulación genética, no sólo para permitir el acceso a la población en general a los nuevos tratamientos de enfermedades hereditarias o genéticas, que pudiera presentar un individuo incluso antes de su concepción o nacimiento; sino también para limitar la manipulación genética en la detección de enfermedades hereditarias o genéticas, determinación del sexo antes del embarazo y la detección y corrección de problemas hereditarios o genéticos del feto y sancionar penalmente la utilización deshonesta de la información genética, por aseguradoras, empresarios, juzgadores, escuelas, etcétera; la comercialización de la información genética sin consentimiento del sujeto a quien pertenezca; la pérdida de la privacía y confidencialidad dela información genética; reglamentar o prohibir las mejoras genéticas para determinar características específicas en el individuo (sexo, color de piel, ojos, etcétera), que no están relacionadas con el tratamiento de enfermedades hereditarias o genéticas.

Sobre todo, para sancionar penalmente aquellas conductas que atenten contra los bienes jurídicos protegidos en nuestra legislación penal, la vida, la libertad, la igualdad entre otros, que tienen relación con algunos derechos fundamentales del ser humano, tales como el derecho a la vida e integridad física y moral de los individuos; a la dignidad humana, a la intimidad, a la igualdad y a la no discriminación; así como a la libertad.

Por lo que cabe preguntarnos ¿qué tan preparada se encuentra nuestra legislación para el impacto de los avances biogenéticos obtenidos del estudio del genoma humano? para responder a esa interrogante, resulta prudente hacer un pequeño resumen de los avances tanto nacionales e internacionales, en la protección de los derechos fundamentales del ser humano relacionados con el genoma humano, previo a ello, analizar los conceptos de gen, genoma y manipulación genética y algunos otros aspectos en torno a éstos, a fin de comprender el gran impacto que tienen los estudios del genoma humano y sus resultados en las reglas de convivencia social específicamente en el derecho.

La interrogante en cuestión la formulamos dada la poca o nula legislación nacional existente en torno al tema, a pesar de las repercusiones que pueda tener la aplicación de la nueva tecnología biogenética, en nuestra sociedad, no solo desde el punto de vista médico o de salud pública, sino del uso que particulares puedan dar a esa tecnología en su beneficio o perjuicio de la sociedad, pues, el apropiarse de ella, con fines desmedidos de lucro, de experimentos que no beneficien a la mayoría de los integrantes de la sociedad, o de discriminación.

Este trabajo es netamente descriptivo y bibliográfico, en él recurrimos a fuentes electrónicas de consulta, ante la escasa bibliografía existente en las bibliotecas y librerías locales.

Gen, genoma y manipulación genética

Antes de citar los conceptos de gen y genoma resulta necesario establecer que la ciencia que los estudia se le denomina genética, es una rama de la biología encargada del estudio de los mecanismos y las reglas de la transmisión de caracteres hereditarios, que descifrados nos dan a conocer la esencia de las características de un gen, cuyas primeras leyes fueron establecidas por Mendel en 18657.

Cabe señalar que a través de la manipulación genética es posible modificar la información y el caudal genético de la especie.

Es un procedimiento cuyas técnicas pueden utilizarse en beneficio de la humanidad (curación de enfermedades genéticas hereditarias); que también, puede usarse, para la procreación y la experimentación sobre seres humanos (clonación); o por ejemplo que él no nato este dotado de determinadas características a gusto y a elección de sus padres, o que nazca un niño o niña superdotado, sin ninguna enfermedad, o bien que traigan la cura a enfermedades de otras personas y muchas cosas más, que hacen ver al hombre como una máquina, como un instrumento de laboratorio o un objeto.

Para el Diccionario EnciclopédicoLarousse, editado en 1999, gen es el “elemento de un cromosoma que condiciona la transmisión y la manifestación de un carácter hereditario determinado”; en tanto que genoma es el “conjunto de genes de la especie”.

Por lo que es dable afirmar que genoma humano es el conjunto de caracteres hereditarios, que descifrados nos dan a conocer la esencia de las características de un ser humano.

La Doctora Aída Kemelmajer de Carlucci, Magistrada de la Suprema Corte De Justicia de Mendoza y Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Mendoza (Argentina), en su trabajo denominado “Genoma Humano y Derechos Fundamentales", sostiene que la palabra genoma:

“[…]

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