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El delito


Enviado por   •  15 de Mayo de 2023  •  Biografía  •  690 Palabras (3 Páginas)  •  44 Visitas

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CAPÍTULO 4

  1. El delito

1.1. Niveles de la imputación

El delito es la conducta típica, antijurídica y culpable. Con ello se dan 3 niveles:

  • Tipicidad: es la adecuación de la conducta delictiva al tipo penal establecido en la ley.
  • Antijuridicidad: la conducta es contraria al ordenamiento jurídico.
  • Culpabilidad: la acción se ha dado de manera dolosa.

2. La conducta

2.1. La acción

La acción es una conducta consciente y voluntaria la cual debe estar relacionada a un resultado típico, antijurídico y culpable.

2.2. Evolución del concepto de acción en el D.P.

  1. Concepto causal de la acción: movimiento corporal que produce una modificación que se puede percibir, sin analizar la voluntad del sujeto.
  2. Concepto social de acción: el derecho penal solo está interesado en el sentido social de la acción.
  3. Concepto final de acción: la acción es un acontecimiento (hecho) final.
  4. Concepto negativo de la acción: se imputa (responsabiliza) un resultado que no se evitó, pero pudo ser evitado.
  5. Concepto personal de la acción: aspectos activos y normativos que son expresiones fácticas de la personalidad.
  6. Concepto funcional de la acción: es la causa del resultado individual evitable
  7. Concepto comunicativo de la acción: el lenguaje es entendido como un medio para el entendimiento.

2.3. Funciones que cumple el concepto de acción en el D.P.

La acción tiene como finalidad limitar el poder penal.

  • Negativa: excluye los hechos realizados sin voluntad humana.
  • Política: limita al derecho penal basado en actos cometidos.
  • Base: determinar la conducta como delito.
  • De enlace: unión de los elementos del delito.
  • De delimitación: determinar la relevancia jurídico-penal de un comportamiento.

2.4. Supuestos bajo los que se presenta la ausencia de acción

  1. Hay ausencia de acción cuando el sujeto tuvo una conducta inconsciente y sin voluntad.
  2. Cuando actuó bajo una fuerza física irresistible (inconsciencia absoluta), la intensidad de la fuerza no manifiesta la voluntad.
  3. Cuando haya movimientos reflejos, es decir convulsiones epilepcas o movimientos instintivos de defensa, no existe la voluntad
  4. Cuando se den actos pasionales, ya que si existe la voluntad.
  5. Cuando esté en estado de inconsciencia, ya que se da la ausencia de las funciones mentales (embriaguez, narcosis, hipnosis).
  6. Cuando el sujeto se pone en estado de inconsciencia n se excluye la responsabilidad penal.

3. Responsabilidad penal de las personas jurídicas

En el C.P. de 1991 se admite la responsabilidad individual, mas no colectiva, donde se establecen consecuencias accesorias (privación de beneficios). Se debate entre dos extremos doctrinales:

  1. Sociestas delinquere non potest (las sociedades no pueden delinquir)

Niegan la responsabilidad penal de la persona jurídica, ya que no tiene la capacidad de acción, solo se le pueden aplicar consecuencias accesorias.

Condiciones:

  • Se haya cometido un delito
  • Haya encubrimiento del delito
  • Condenación al autor
  • Intervención de la persona jurídica

Medidas:

  • Cláusula de establecimientos (temporal o definitivas)
  • Disolución de la persona jurídica
  • Suspensión de actividades (no mayor de 2 años)
  • Prohibición de realizar determinadas actividades

  1. Sociestas delinquere potest (las sociedades pueden delinquir)

La responsabilidad penal de la persona jurídica, está relacionado al ámbito de delitos económicos, acciones punibles y las infracciones administrativas (participación.

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