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Delitos.


Enviado por   •  20 de Octubre de 2013  •  Trabajo  •  3.245 Palabras (13 Páginas)  •  212 Visitas

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Contenido

Introducción. 2

Concepto. 3

Teoría del Delito. 4

Sujetos del delito 4

Objetos del delito. 4

Elementos del delito. 5

Aspectos positivos. 5

Aspectos negativos. 7

Desarrollo del delito (iter criminis) 8

Clasificación de los delitos. 9

Bibliogafía 11

Introducción.

Dado que el hombre está dotado de una voluntad libre que le permite desarrollar sus facultades naturales, teniendo como única limitante, a esa libertad, su propia naturaleza; pero, en sociedad, esta libertad está forzosamente limitada por el respeto a la libertad de otros hombres; de aquí deriva la necesidad de normas o reglas que garanticen a cada miembro del cuerpo social, con una medida igual, el ejercicio de su actividad y desarrollo.

La teoría y existencia de este principio constituye el DERECHO, en su acepción más extensa. Por tanto, el derecho como un conjunto de normas de observancia obligatoria para todos los miembros de la sociedad, que han sido establecidas por el Estado de acuerdo a procedimientos previamente establecidos, permiten la convivencia de todos los miembros de la sociedad entre sí, de las instituciones del Estado y la interrelación de éstas y la sociedad. Desde luego, la manifestación del derecho, en su aspecto práctico y real, es por medio o a través de la ley.

Delito.

Concepto.

Delito proviene del latín delicto o delictum que a su vez se deriva del verbo delinqui, delinquere, que significa desviarse, resbalar, abandonar.

Francesco Carrara establece que es el abandono de una ley, cometer una infracción o una falta.

A pesar de que sean muchos los estudiosos del derecho y es especifico los de la rama penal, no se ha podido establecer un concepto de delito general y absoluto, pues se debe tomar en cuenta que el delito tiene sus bases dentro de la vida social, económica, cultural y jurídica de cada pueblo y cada siglo o época.

Pero si en algo están la mayoría de acuerdo es en que es lo contrario al derecho, de modo que depende del derecho el concepto del delito, si el derecho cambia, entonces el delito también.

Luis Jiménez de Asúa establece que delito es: toda acción u omisión antijurídica, típica y culpable sancionada con una pena.

Tiene diferentes nociones, a saber:

• Noción jurídico-formal: Se encuentra apegada a la ley. El delito está configurado por la sanción penal. Si no hay ley que sancione no hay delito, aun cuando la acción sea inmoral y/o perjudicial para la sociedad. Cuello Calón lo define como: la acción prohibida de por la ley bajo amenaza de una pena.

• Noción sustancial: satisface las necesidades de la práctica, se necesita saber cuáles son los elementos que integran el delito: es un acto humano, debe ser antijurídico, debe estar previsto como delito, debe ser culpable, debe estar sancionado por una pena.

• Noción sociológica: la principal característica del delito consiste en su oposición a las condiciones de vida social y su enfrentamiento con la moralidad de la misma. Lo que el delincuente infringe es la norma, anterior a la ley penal, que es la que crea al delito, pero la norma cultural crea la antijuridicidad de la acción. El delito es un fenómeno social.

• Noción como lesión de bienes jurídicos: Se da con Birnbaum, quien se basa en el bien jurídico que es el que debe ser el objeto de la protección penal y es el objeto final del ataque delictivo para destruirlo, deteriorarlo o ponerlo en peligro. Esta noción integra el contenido material del delito.

Teoría del Delito.

"La Teoría Del Delito es un sistema categorial clasificatorio y secuencial, en el que, peldaño a peldaño, se va elaborando a partir del concepto básico de la acción, los diferentes elementos esenciales comunes a todas las formas de aparición del delito." Jiménez De Azua.

A partir de la definición usual de delito (acción típica, antijurídica y culpable), se ha estructurado la teoría del delito, correspondiéndole a cada uno de los elementos de aquélla un capítulo en ésta. Así se divide esta teoría general en: acción o conducta, tipicidad, antijuricidad, culpabilidad y la punibilidad).

Sujetos del delito

En el campo del derecho penal se alude continuamente a dos protagonistas, que son el sujeto activo y el sujeto pasivo.

Sujeto activo.- es la persona física que comete el delito, independientemente de su sexo, edad, nacionalidad, etc.

Sujeto pasivo.- es la persona física o moral o la víctima que recibe la agresión o sobre quien recae el daño o peligro ocasionado por el sujeto activo.

Es la persona que de manera directa recibe la agresión del sujeto activo, pero la afectación la recibe el titular del bien jurídico tutelado. Supongamos por ejemplo que a mí me roban en la vía pública; Aquí el que recibió directamente la agresión fui yo, además de ser el titular del bien jurídico tutelado, en este caso, de mi patrimonio.

Es el titular del bien jurídico tutelado que resulta afectado, aunque directamente no recibe la agresión. Por ejemplo, yo le ordeno a mi empleado que lleve al banco una cantidad determinada de dinero para depositarlo y durante el trayecto es robado: Aquí el sujeto pasivo de la conducta será el empleado y el pasivo del delito seré yo, porque resulté afectado en mi patrimonio.

Objetos del delito.

En el derecho penal existen dos clases de objetos: el material y el jurídico.

Objeto material. Es la persona o cosa sobre el que cae de manera directa el daño producido por el delito perpetrado.

Cuando existe identidad entre la persona con el sujeto pasivo, ya sea como persona física o moral, por tanto, en una misma figura coinciden el objeto material con el objeto jurídico. Por ejemplo, en el homicidio coincide el sujeto pasivo como persona física que directamente recibe la agresión y por ende, es el objeto del delito y a su vez es también el objeto material del mismo dado que se le privó de la vida.

Ahora bien, cuando el daño recae directamente sobre una cosa, el objeto material lo será ésta. Por ejemplo, en el delito de daños el objeto material del delito será la cosa que se dañó, deterioró o destruyó.

Objeto jurídico. Es el interés jurídicamente tutelado por la ley. Esto es, que todos los bienes inherentes al hombre son protegidos por el Estado a través de la ley. Por ejemplo, en el delito de homicidio el objeto material lo es la persona física y el objeto jurídico será la vida. Todos los delitos están jurídicamente protegidos.

Elementos del delito.

Aspectos positivos.

Para que se configure el delito se necesitan los llamados aspectos

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