CONTRATOS VERBALES Y ESCRITOS
Enviado por davoalex • 17 de Noviembre de 2014 • Síntesis • 693 Palabras (3 Páginas) • 246 Visitas
CONTRATOS VERBALES Y ESCRITOS
CONTRATO VERBAL: Es aquel que no consta por escrito , es decir las obligaciones de las partes no consta en ningún documento.
En este contrato el vinculo jurídico queda caracterizado por la prestación misma del servicio por el hecho de la incorporación de la empresa.
La ley no exige de manera esencial que el contrato de trabajo se haga por escrito, basta con el solo consentimiento de las partes. El contrato es generalmente verbal.
CONTRATO POR ESCRITO: Este es menos frecuente que el contrato verbal y tiene lugar en los contratos por cierto tiempo o para obra o servicio determinado.
Tienen lugar, principalmente en los contratos por ciertos tiempos o para obras o servicios determinados. O en los casos de los altos empleados, técnicos o trabajadores altamente calificados en ciertas empresas muy organizadas.
Los contrato de trabajo por escrito deben hacerse en 4 originales, uno para cada una de las partes, y los otros dos, para ser remitidos por el patrono al departamento de trabajo o la autoridad local que ejerza sus funciones dentro de los tres días de su fecha. Dicha autoridad local archivara uno de los originales y después de ser registrado en el libro que llevará con tal objeto.
Art. 12.- Contratos expreso y tácito.- El contrato es expreso cuando el empleador y el trabajador acuerden las condiciones, sea de palabra o reduciéndolas a escrito.
A falta de estipulación expresa, se considera tácito toda relación de trabajo entre empleador y trabajador.
Concordancias:
CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, Arts. 88
Jurisprudencia:
CONTRATO DE TRABAJO TACITO, Gaceta Judicial 4, 1947
Art. 13.- Formas de remuneración.- En los contratos a sueldo y a jornal la remuneración se pacta tomando como base, cierta unidad de tiempo.
Contrato en participación es aquel en el que el trabajador tiene parte en las utilidades de los negocios del empleador, como remuneración de su trabajo.
La remuneración es mixta cuando, además del sueldo o salario fijo, el trabajador participa en el producto del negocio del empleador, en concepto de retribución por su trabajo.
Jurisprudencia:
JUBILACION PATRONAL, Gaceta Judicial 10, 1950
TRABAJADOR Y CONTRATISTA COMERCIAL, Gaceta Judicial 7, 1964
RELACION LABORAL Y SOCIEDAD DE HECHO, Gaceta Judicial 5, 1974
RELACION LABORAL EN MINERIA, Gaceta Judicial 14, 1977
RELACION LABORAL, Gaceta Judicial 11, 1981
VIATICOS, Gaceta Judicial 12, 1981
RELACION LABORAL SIN REMUNERACION, Gaceta Judicial 1, 1982
REMUNERACION EN DIVISAS, Gaceta Judicial 3, 1987
PAGO DE SUELDOS, Gaceta Judicial 14, 1992
Art. 14.- Estabilidad mínima y excepciones.- Establécese un año como tiempo mínimo de duración, de todo contrato por tiempo fijo o por tiempo indefinido, que celebren
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