Derechos Absolutos
Enviado por Amanda123456789 • 18 de Noviembre de 2011 • 978 Palabras (4 Páginas) • 599 Visitas
Derechos Absolutos:
Derechos Absolutos, llamados también derechos de "señorío" o de "exclusión", son aquellos que tienen eficacia contra todos (erga omnes); Los absolutos garantizan al titular el "poder" sobre un objeto suyo "frente a todo el mundo" y tienen, como deber jurídico correlativo, una obligación universal de respeto: por ejemplo: Pensemos en el propietario de una casa, de un terreno, de una joya, etc. Su dominio sobre ella es indiscutible, es absoluto.
Entre los derechos absolutos se encuentran:
• Los derechos de la personalidad (identidad, derechos sobre el cuerpo, derechos relativos a la personalidad moral, etc.)
• Los derechos reales (propiedad, etc.)
• El derecho hereditario (Ej. Que garantiza al heredero la parte de la herencia llamada "legítima")
• Los derechos políticos, que garantizan la participación en el ejercicio de la soberanía de la nación. (Ej. Derecho al voto.)
Los relativos:
Los relativos le garantizan, contra una o varias personas determinadas, el poder exigir de ellas una conducta también determinada (una acción o abstención) por Ej. El derecho de crédito, si fulano me adeuda una suma de dinero que le presté, mi derecho subjetivo sólo es oponible a fulano. Si se tratase de varios obligados, será oponible frente a esos deudores individualmente determinados, los relativos, que se dirigen contra personas individualmente determinadas (interpartes).
• Los derechos de crédito u obligación.
• Los derechos familiares (Ej. La pensión alimenticia; y los sucesorios, que se derivan del parentesco.)
Derechos Principales:
Los principales existen por sí mismos, de modo autónomo, o sea, independientemente de todo otro derecho que pueda servirle de fundamento; en cambio, no dependen de ningún otro derecho para su existencia y validez. Tal es el caso típico del derecho de propiedad.
Derechos Accesorios:
Los accesorios, por su misma naturaleza se hallan subordinados a otros, de modo que no pueden existir a no ser en conexión con otro derecho principal; los derechos "de garantía" (fianza, prenda, hipoteca, etc.), la cuales se constituyen como garantías de préstamos de dinero o para reforzar o garantizar obligaciones, son los más típicos derechos accesorios.
Derechos Patrimoniales y no patrimoniales:
Derechos patrimoniales: Son aquellos que garantizan a su titular bines (cosas o servicios) que son pecuniariamente estimables. Pertenecen a ellos los "derechos absolutos de contenido económico" (derechos reales, derechos sobre bienes inmateriales, derechos de monopolio) y los derechos de crédito u obligación, los familiares de contenido económico y los sucesorios, son aquellos susceptibles de valorización económica.
Derechos no patrimoniales: Son los que garantizan a su titular intereses, ideales, posiciones o estado no susceptibles de estimación pecuniaria, no son susceptibles de valorización económica Entre ellos se encuentran los derechos de la personalidad, algunos de los llamados corporativos o asociativos y los derechos familiares "puros" sin contenido económico
Cosas corporales e incorporales:
Proviene de la antigua división romana de las cosas en res corporae: aquellas que pueden tocarse; y res incorporae las que no pueden
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