ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EL MINISTERIO PUBLICO Y FORMAS ANTICIPADAS DE TERMINACIÓN DEL PROCESO


Enviado por   •  18 de Abril de 2013  •  574 Palabras (3 Páginas)  •  732 Visitas

Página 1 de 3

EL MINISTERIO PÚBLICO Y LAS FORMAS ANTICIPADAS DE TERMINACIÓN DEL PROCESO. (No es terminación de el ejercicio de la averiguación previa)

En la iniciativa de reforma constitucional se propone lo siguiente:

Artículo 17. (…)

Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial.

¿Qué son las formas anticipadas de terminación del proceso?

Son opciones procedimentales para promover la resolución de conflictos penales, sin tener que llegar necesariamente a un juicio, estableciéndose a través de las mismas, que existen soluciones más rápidas e idóneas que la cárcel.

Beneficia a:

La victima, quien obtiene una oportuna reparación del daño ocasionado.

El imputado, al esclarecerse su situación legal en breve tiempo.

Al Estado y la sociedad, toda vez que se aligera y descongestiona el sistema judicial. Hay un ahorro de gastos.

LAS FORMAS ANTICIPADAS DE TERMINACIÓN DEL PROCESO EN NUEVO LEÓN.

1. Actas Circunstanciadas.

2.

3. Acuerdos de no inicio de la preparación de la acción penal. El Ministerio Público los dicta cuando de los hechos denunciados o materia de la querella se advierta que las conductas no constituyen hechos tipificados o que existe prescripción.

4. Conciliación Penal. Amplia los casos de procedencia de la conciliación penal, a los delitos de previa querella; y a los de oficio no graves y cuya sanción no exceda de 6 años de prisión como pena máxima.

5. Mediación Penal. La impulsa, siempre que así lo acepte la víctima y se haga de conocimiento al Ministerio Público y al Juez de la causa.

6. Suspensión del procedimiento de la preparación de la acción penal. A cargo del Ministerio Público, en los delitos con pena alternativa, o pena de multa y prisión cuya máxima no exceda de 2 años.

7. Suspensión del procedimiento a prueba del procesado. A cargo del Juez, en los delitos no graves y cuya pena máxima de prisión no exceda de ocho años.

8. Delitos Culposos. Se reduce en los delitos culposos la pena máxima de 7 años, a 6 años, a fin de que puedan ser sujetos de beneficios como la conciliación o mediación penal.

9. Procedimiento Abreviado. Aplicable cuando el probable responsable acepta los hechos delictivos, siempre bajo la salvaguarda de su abogado defensor y del pleno conocimiento de las consecuencias de dicho reconocimiento.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

a) Que lo solicite el inculpado dentro de los 5 días siguientes al auto de formal prisión o

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com