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Final derecho laboral


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2018  •  Apuntes  •  526 Palabras (3 Páginas)  •  186 Visitas

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Trabajo practico N°6.

Brodsky Mateo

DNI: 39.028.654.

Fallo “W., E.M. c. O., M. G. (Caso Daniela)”

1. ¿Qué entiende Ud. Por “Cáracter autónomo” de la Convención de La Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores?

La convención de La Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores, posee un procedimiento que es autónomo. Este no excluye la intervención de autoridades judiciales o administrativas y deja expedita la vía directa ante las autoridades centrales del Estado de la residencia del menor o bien ante la de cualquier Estado.

La autoridad Central es un organismo técnico especializado dedicado a la cooperación con los reclamantes y las autoridades competentes judiciales o administrativas intervinientes. En la Argentina es la Cancillería.

El procedimiento comienza con una solicitud presentada por la persona legitimada, la autoridad central analizará el pedidio y de considerarlo necesario inica la “Fase voluntaria” en la cual procederá a localizar el menor, a tomar las medidas para evitarle mayores daños y buscar llegar a una solución amigable.

En el caso de no producirse la restitución voluntaria se abre la llamada “Fase judicial” en la que la autoridad deberá:

- Incoar o facilitar la apertura de un procedimiento judicial o administrativo de restitución.

- Conceder o facilitar la obtención de la asistencia judicial y jurídica.

- Garantizar la restitución del menor.

2. ¿En qué artículo preveé la Convención antes referida el rechazo a la restitución del menor?

Las únicas causas por las cuales la convención autoriza el rechazo de la restitución del menor se encuentran en el Artículo 13 de esta.

Sin embargo, la autoridad judicial o administrativa del estado requerido no está obligada a que se ordene la restitución del menor si la persona, institución, u otro organismo que se oponga a la restitución demuestra que:

a. La persona, institución u organismo que se hizo cargo de la persona del menor no ejercía de modo efectivo el derecho de la custodia en el momento en que fue trasladado o retenido.

b. Existe un grave riesgo de que la restitución del menor lo exponga a un peligro físico o psíquico o que de cualquier otra manera ponga al menor en una situación intolerable.

c. La autoridad judicial o adminsitrativa podrá negarse a ordenar la restitución del menor si comprueba que el propio menor se opone a que resulta apropiado tener en cuenta sus opiniones.

3. ¿En qué se fundamentó la postura minorista para considerar que debía rechazarse la restitución solicitada?

El análisis de ambas posturas, tanto la mayoritaria como la minoritaria, permite concluir, que se observa, por una parte la configuración de todos los requisitos que la convención prevé para que se produzca la

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