IGV OTRAS RETENCIONES
Enviado por cristilaly • 19 de Abril de 2013 • 965 Palabras (4 Páginas) • 726 Visitas
PDT 0617 – IGV Otras Retenciones
• Dirigido a los contribuyentes que efectúan retenciones por rentas de segunda categoría,
• rentas de no domiciliados (excepto rentas de cuarta y quinta categoría pagadas a no domiciliados las que se declaran y pagan en el PDT 601- Planilla electrónica),
• retenciones del IGV,
• Dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades,
• retenciones mensuales de tercera categoría de acuerdo a lo normado por el Art 73-B del Impuesto a la Renta
• y sobre las liquidaciones de compra.
RENTAS DE SEGUNDA CATEGORIA SON:
• LOS INGRESOS DE PERSONAS NATURALES
• POR CONCEPTO DE:
• DIVIDENDOS DE ACCIONES
• INTERESES(PRESTAMOS O AHORROS)
• GANANCIAS DE CAPITAL, POR INVERSIONES O APORTES EN: FONDOS MUTUOS Y AFP
• GANANCIAS EN VENTA DE ACCIONES Y VALORES
RENTA NETA DE SEGUNDA CATEGORIA
Regla general: deducción de ley:
Para determinarla se
deduce el 20% de la renta
bruta( salvo el caso de los
dividendos)
Tasa efectiva del Impuesto = 5%
• LA TASA EFECTIVA ES EL 5% DE LA RENTA BRUTA. PARA EFECTOS PRACTICOS LA TASA EFECTIVA ES LO MISMO QUE APLICAR LA TASA 6.25% A LA RENTA NETA. PARA ESTABLECER LA RENTA NETA. PARA ESTABLECER LA RENTA NETA SE DEDUCE EL 20% DE LA RENTA BRUTA.
RENTA BRUTA 100.00
DEDUCCION(20%) (20.00)
RENTA NETA 80.00
(A) IMPUESTO CALCULADO = RENTA NETA * 6.25%
80.00*6.25% 5.00
(B) IMPUESTO CALCULADO = RENTA BRUTA * 5% 5.00
• Caso Práctico 1:
• La señorita Pasquel transfiere en forma definitiva sus derechos de autor sobre la obra “Como mantenerse joven” a la empresa Editorial Peluche S.A.C., por un valor de S/. 320,000. Determinar la Renta Neta de Segunda Categoría y el importe que será retenido.
• Renta bruta S/. 320,000
• Deducción (20% x 320,000) S/. ( 64,000)
• Renta Neta de Segunda Categoría S/. 256,000
• Retención (6.25% x 256,000) o S/. 16,000
• Calculo directo con la tasa efectiva: 5% x 320,000 S/. 16,000
• La empresa Editorial Peluche S.A.C. deberá retener S/. 16,000 a la señorita Pasquel, y abonar dicho monto al fisco en el mes siguiente de acuerdo con el cronograma de vencimientos, según su número de RUC, utilizando el PDT 617 – Otras Retenciones.
Impuesto a la Renta para no Domiciliados
Personas naturales no domiciliadas.-Tasas del Impuesto
• Se consideran personas naturales no
• domiciliadas a las personas de nacionalidad
• extranjera que no hayan residido o
• permanecido en el país no más de ciento
• ochenta y tres (183) días calendario
• durante un período cualquiera de doce (12) meses.
Están sujetas al impuesto por sus rentas de fuente peruana, con las siguientes tasas que se pagan a través de una retención por quien abona la renta:
• Dividendos y otra forma de distribución de utilidades: 4.1 %
• Rentas provenientes de venta de inmuebles: 30 %
• Intereses pagados por empresas domiciliadas: 30 %
• Ganancias de capital proveniente de la venta de valores mobiliarios realizados fuera del país (*): 30%
• Rentas provenientes de la actividad empresarial: 30%
• Otras rentas provenientes del capital: 5%
• Rentas del trabajo: 30%
• Rentas por regalías: 30 %
• Rentas de artista y ejecutantes por espectáculos en vivo en el país: 15 %
• Otras rentas no especificadas: 30%
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