Introduccion
Enviado por gabylulilo • 10 de Febrero de 2013 • 493 Palabras (2 Páginas) • 258 Visitas
ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD:
Un ser humano libre, de nacionalidad romana y sui iuris, es una persona, y tiene plena capacidad de goce en relación con su propio patrimonio. Por tanto, los atributos esenciales de la personalidad son:
Capacidad de goce: nadie es persona si no tiene esta capacidad. Los infantes y dementes pueden ser personas, sin ser capaces del ejercicio de sus derechos. Las mujeres, impúberes, furiodi y pródigos tienen una limitada capacidad de ejercicio, que no afecta su capacidad de persona, siempre y cuando reúnan los tres status necesarios para la personalidad física. Las personas carentes de capacidad de ejercicio, o que no la tienen en formas completa, necesitan u tutor o un curador, para que estos ejerzan los derechos de ellas.
En cuanto a la capacidad de goce, no toda persona la tiene con la misma plenitud. El derecho romano no era igualitario de manera que cada clase social, personas de familias senatoriales, simples patricios, ingenui, liberti, tenían capacidades de goce ligeramente distintas.
En cuanto a la capacidad de ejercicio, esta comienza normalmente
con la pubertad. En varias etapas se interpuso entre la plena incapacidad de ejercicio una zona intermedia, que terminaba con los veinticinco años de edad.
Un patrimonio: este es el conjunto de res corporales (cosas tangibles), res incorporales (créditos y otras cosas intangibles) y deudas que corresponden a una persona.
Como regla general cada persona, tiene un patrimonio, y cada patrimonio pertenece a una persona. Hay excepciones por que hay patrimonios que pertenecen a una finalidad, el dote puede considerarse como un patrimonio del marido, que queda separado del su patrimonio fundamental.
Al lado de estos atributos esenciales, encontramos otros accidentales, que sirven para fines de identificación, y que no son exclusivos de autenticas “persona”; tales son:
El domicilio que es lugar donde una persona tiene el centro espacial de su existencia. En el domicilio distinguimos las siguientes clases:
1.- El domicilio de origen que se adquiere por nacimiento. Así los hijos nacidos de iustae nuptiae tienen su domicilio en el hogar del padre.
2.- El domicilio voluntario, al cual una persona traslada el centro de su vida, con la intención de que este cambio sea permanente.
3-. El domicilio legal que no depende ni del nacimiento ni tampoco de la voluntad de una persona, sino de una deposición legal. Así la mujer casada
tiene su domicilio en el hogar del marido, aunque ni viva allí, y los senadores lo tienen en roma, aunque vivan en alguna hacienda fuera de la ciudad.
No solo para la identificación de una persona, si no para otros fines, el domicilio es una importante figura jurídica.
El nombre: el romano tiene un praenomen y oreo nombre gentilicio. La facilidad de identificación exigía que se añadiera todavía un cognomen, para
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