LEY ORGANICA DE EDUCACION (ANALISIS)
Enviado por candanoza • 26 de Febrero de 2016 • Ensayo • 1.744 Palabras (7 Páginas) • 1.925 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Nacional Experimental del Táchira
Vicerrectorado Académico
Maestría en Gerencia Educativa
LEY ORGANICA DE EDUCACION
(ANALISIS)
Participante:
García María, J. C: I V-18019876
La Grita, Febrero de 2016
Nuestra sociedad está envuelta en un complicado proceso de transformación. Los cambios políticos, económicos y sociales que ha experimentado Venezuela en los últimos años están orientados a la construcción de una nueva sociedad, en un marco de derecho y de justicia social que toma en cuenta los derechos fundamentales en la CRBV Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Dicho modelo de sociedad, es dibujado en el contexto de la Ley Orgánica de Educación, que es el nuevo instrumento legal que regirá la educación en el país, fue diseñada para dar respuesta a la formación de un nuevo individuo acorde al modelo de sociedad propuesto, respondiendo con ello al nuevo modelo de desarrollo social, político, cultural y económico; para transitar hacia un nuevo modelo de sociedad, quien permite lograr este propósito es la educación y por ende su Ley Orgánica, ésta es la legislación por la cual deberemos orientar nuestra labor en el tema educativo; en una perspectiva humanista social, orientada hacia el desarrollo humano y la formación del ser social, lo que implica garantizar la universalización de los derechos fundamentales. Esta concepción implica que la educación integral y de calidad constituye un derecho y un deber social para el desarrollo de la persona, desde una perspectiva de género y en un contexto de transformación social humanista, atendiendo a los principios de diversidad, participación y solidaridad, en un marco de equidad y justicia social, como lo establece la CRBV Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La Ley Orgánica de Educación LOE retoma lo planteado en la Constitución de la República y los tratados internacionales que ha suscrito el Estado Venezolano, reconociendo la educación como un derecho humano y por tanto no admite discriminación de raza, género o religión para permitir a toda persona el acceso a la misma. Por otra parte la ley expresa un conjunto de principios, valores y características de la educación coherentes con los derechos humanos. Asume la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminación de ninguna índole, la formación para una cultura de paz, el respeto a los Derechos Humanos (DDHH) y el derecho de igualdad de género como principios rectores de la educación.
Así mismo, define las competencias del Estado como garante del derecho a la educación; plantea la garantía de la integralidad, continuidad, calidad, gratuidad e igualdad de la educación para todas las personas. Otro aspecto importante es que considera a las personas con necesidades especiales o privadas de libertad en cuanto al derecho que tienen igualmente de acceder a una educación de calidad y que tome en cuenta sus particularidades. También se puede destacar la legalización de las misiones (propuesta de programa social a través del cual se ha venido atendiendo a un amplio sector de la población excluida históricamente del sistema educativo formal), a su vez Reconoce el plurilingüismo en la educación intercultural, lo que implica valorizar los idiomas de los pueblos indígenas y su aplicación en la educación que reciben, Prohíbe cobros irregulares y retenciones de documentación por falta de pago, práctica que se venía haciendo habitual especialmente en las escuelas privadas, violentando así el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes que no son los responsables directos de la relación administrativa con esas instituciones educativas, sino sus representantes.
En el mismo orden de ideas, la LOE plantea que el Estado planifique, ejecute, coordine políticas y programas que permitan alcanzar un nuevo modelo de escuela, concebida como espacio abierto para el desarrollo endógeno, el quehacer comunitario, la formación integral, la creación, la creatividad, la promoción de la salud, la lactancia materna y el respeto por la vida, la defensa de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, las innovaciones pedagógicas, las comunicaciones alternativas, el uso y el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación, la organización comunal, la consolidación de la paz, la tolerancia, la convivencia y el respeto a los derechos humanos. Reconoce el carácter laico de la educación brindada por el Estado principio universalmente aceptado en toda sociedad democrática y pluralista y a la vez reconoce el derecho de las familias a brindar educación religiosa a sus hijos e hijas, en el ejercicio del derecho a la libertad de culto, es decir que acepta la práctica de cualquier tipo de religión.
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