Tema 2 RRHHRSC Seguridad social
Enviado por NOVI30 • 15 de Febrero de 2017 • Tarea • 2.433 Palabras (10 Páginas) • 2.538 Visitas
1. Por un imprevisto, dos recepcionistas no pueden acudir al trabajo, con lo que la centralita se queda vacía. La empresa le indica a un administrativo que realiza las nóminas y a un técnico superior informático que ese día pasen a realizar las funciones de recepcionistas y atiendan al público que llega a la empresa, así como las llamadas telefónicas. El administrativo pertenece al mismo grupo profesional que los recepcionistas y el técnico informático a un grupo superior. ¿Deben realizar esas funciones? Razona la respuesta.
- Administrativo: Al tratarse de una movilidad funcional dentro del mismo grupo profesional, el empresario puede cambiar al trabajador de funciones, siempre que respete la titulación exigida en el puesto y la dignidad del trabajador; además de no necesitar una causa que justifique el cambio ni límite temporal.
- Técnico informático: Se trata de una movilidad funcional descendente no correspondiente al grupo profesional, por lo que deben existir causas que justifiquen la movilidad, comunicar las causas, mantener al trabajador su salario y debe haber un tiempo establecido para la movilidad.
2. Dos trabajadores con una antigüedad de 3 años y un salario diario de 30 €, van a ser trasladados de Valencia a Murcia, pues la empresa va a abrir una nueva sucursal. A Miguel le indican que él estará más tiempo, alrededor de 2 años, mientras que José Ignacio sólo estará los primeros 6 meses para su puesta en marcha. A ninguno le viene bien trasladarse a Murcia por motivos familiares. ¿Qué opciones tienen ambos trabajadores?
- Miguel: al tratarse de un periodo superior a 12 meses estaríamos hablando de un traslado.
El trabajador tiene tres opciones:
a) Acceder al traslado, siempre que reciba los gastos de traslado, propios y de los familiares a su cargo.
b) Si no está de acuerdo y quiere impugnar la decisión primero deberá trasladarse y después proceder a impugnar la decisión ante el Juzgado de lo Social, esté deberá declararla justificada o injustificada, y si procede lo último la empresa deberá reincorporarlo a su antiguo puesto de trabajo o indemnizarlo en los términos de despido improcedente.
c) Puede solicitar la extinción del contrato y cobrar una indemnización (20 días por año de servicio en la empresa).
-José Ignacio: al tratase de un periodo inferior a 12 meses hablaríamos de desplazamiento.
El trabajador tiene estas opciones:
a) Aceptar el desplazamiento, con el derecho de abonarles los gastos de viaje y dietas, además de su salario.
b) Deben darle un permiso retribuido de 4 días en su domicilio de origen por cada 3 meses de desplazamiento, en este caso le corresponderías 8 días de permiso retribuido por los 6 meses de desplazamiento.
c) Si existe disconformidad con la decisión o las razones/causas del empresario, el trabajador podrá impugnar la decisión en el Juzgado de lo Social.
3. Ana comenzó a trabajar para la empresa "Electricidad López S.A." de Almería en enero de 2009. El 2 de enero de 2013 su jefe le comunica por escrito su traslado al centro que la empresa tiene en Valencia, dicho traslado será efectivo a partir del 21 de enero.
a) ¿Es correcta la actuación de la empresa?
No es correcta la actuación de la empresa, ya que deben avisarla con 30 días antelación y en este caso el aviso es inferior a esa cifra.
b) ¿Qué opciones tiene Ana?
- Acceder al traslado, siempre que reciba los gastos de traslado, propios y de los familiares a su cargo.
- Si no está de acuerdo y quiere impugnar la decisión primero deberá trasladarse y después proceder a impugnar la decisión ante el Juzgado de lo Social, esté deberá declararla justificada o injustificada, y si procede lo último la empresa deberá reincorporarlo a su antiguo puesto de trabajo o indemnizarlo en los términos de despido improcedente.
- Puede solicitar la extinción del contrato y cobrar una indemnización (20 días por año de servicio en la empresa).
4. Diego trabaja como auxiliar administrativo en una agencia de seguros con jornada continua de 8:00 a 15:00 horas. Debido a la crisis económica la empresa le comunica el cambio de jornada y de horario, de manera que dentro de 30 días comenzará a trabajar de 9:00 a 13:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas. Diego se siente perjudicado con el cambio, ya que no podrá continuar sus estudios de Técnico Superior en Administración y Finanzas. ¿Está Diego obligado a aceptar el cambio de horario?
Diego puede optar por:
a) Aceptar la modificación.
b) Acatar la decisión empresarial, pero puede impugnarla ante el Juzgado de lo Social, para que decida si la modificación es justificada o injustificada, y de darse esta ultima el trabajador debe ser repuesto en el horario anterior.
c) Al resultar perjudicado el trabajador puede extinguir el contrato de trabajo con derecho a una indemnización, ya que la modificación afecta al horario de trabajo.
5. Indica para las siguientes situaciones, si puede dar lugar a una situación de suspensión del contrato de trabajo:
a) Una empresa de fabricación de coches decide realizar un "paro técnico" y detener la producción durante 1 mes en espera del montaje de la nueva maquinaria, por lo que se ven afectados los 200 trabajadores de la planta.
Sí podría producirse una suspensión del contrato de trabajo por causas objetivas tecnológicas. Durante ese mes los 200 trabajadores pasan a cobrar el desempleo, si después se procediese al despido ese mes se descontaría del desempleo.
b) Una mujer embarazada está contratada de limpiadora en una
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