SEGURIDAD SOCIAL 2
Enviado por johv • 15 de Febrero de 2014 • 517 Palabras (3 Páginas) • 284 Visitas
DETERMINACIÓN DEL ENRIQUECIMIENTO NETO (ARTS. 27 AL 33 LISLR).
La Ley de I.S.L.R establece que los ingresos brutos percibidos por el contribuyente, durante el ejercicio gravable, están conformados por el monto de venta de bienes y servicios en general, así como lo percibido por concepto de cualquier actividad económica.
Para determinar el enriquecimiento neto gravable por el impuesto sobre la renta, se tomará la totalidad de los ingresos brutos percibidos por el contribuyente y se le restará los costos provenientes de los productos enajenados y de los servicios prestados dentro del país, entre los cuales la ley cita:
• El costo de la adquisición de los bienes destinados a ser revendidos o transformados en el país así como el costo de los materiales y de otros bienes destinados a la producción de la renta;
• Las comisiones usuales, siempre y cuando las mismas no correspondan a cantidades fijas, sino a porcentajes normales, calculados sobre el precio de la mercancía, que sean cobradas exclusivamente por la realización de gestiones relativas a la adquisición o compra de bienes;
• Los gastos inherentes a transporte y seguro de los bienes invertidos en la producción de la renta.
• Estos costos mencionados anteriormente se lo restamos al ingreso bruto y luego el contribuyente procederá a este monto obtenido, deducir los gastos o egresos (deducciones) realizados por éste durante el ejercicio gravable.
ENRIQUECIMIENTO NETO GRAVABLE = INGRESOS BRUTOS – (COSTO + DEDUCCIONES)
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A PAGAR.
Las personas naturales deben determinar la renta neta mundial gravable, para ello deberán sumar el enriquecimiento neto de fuente territorial al enriquecimiento neto extraterritorial. El enriquecimiento neto corresponde al incremento de patrimonio que resulte después de restar os ingresos brutos, los costos y deducciones permitidos por la ley del I.S.L.R., sin perjuicio respecto del enriquecimiento neto de fuente territorial del ajuste por inflación.
En el caso de que los ingresos sólo se correspondan a sueldos, salarios y remuneraciones similares obtenidas por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, éstos equivalen al enriquecimiento neto.
He aquí un cuadro explicativo para el cálculo de la renta mundial gravable:
FUENTE EXTRATERRITORIAL FUENTE TERRITORIAL
INGRESOS BRUTOS XXX,xx
- Costos (XXX,xx) INGRESOS BRUTOS XXX,xx
- Costos (XXX,xx)
= RENTA BRUTA XXX,xx
- Deducciones (XXX,xx)
= Enriquecimiento Neto
Gravable Fuente Extranjera XXX,xx
= RENTA BRUTA XXX,xx
- Deducciones (XXX,xx)
= Utilidad
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