LA JUDICATURA MERCANTILISTA Y LA CRISIS DE LOS MONOPOLIOS NACIONALES
Enviado por Elisa de la Rosa • 18 de Octubre de 2015 • Documentos de Investigación • 5.266 Palabras (22 Páginas) • 421 Visitas
LA JUDICATURA MERCANTILISTA Y LA CRISIS DE LOS MONOPOLIOS NACIONALES
INTEGRANTES:
ELISA MARIA DE LA ROSA PEREZ
MARIA CLAUDIA QUIROZ GUZMAN
LIC. EDUARDO BLANQUICETT RUIZ
UNIVERSIDAD DE SUCRE
ECONOMIA II
CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS
SINCELEJO- SUCRE
2015
INTRODUCCION
El siguiente trabajo tiene como fin el tema de la judicatura mercantilista y las crisis de los monopolios nacionales, donde la principal manera de escapar de ella sería el abandono de un país, por lo tanto la eliminación de los monopolios nacionales se debe explicar a través de restricciones cambiantes sobre la actividad económica en la Inglaterra mercantilista; para los efectos de la competencia judicial sobre la durabilidad de los derechos de los monopolios ; se dio a la competencia entre los tribunales reales y los de common law , que creo una incertidumbre sobre la durabilidad de un derecho de monopolio otorgado por la autoridad gubernamental, en la decadencia del mercantilismo y el ascenso de parlamento para ellos el punto central de conflicto entre el parlamento y la corona es la lucha por ofréceles derechos a los monopolios que produjo en el área de los patentes del interés radical en la limitación del poder limitado de la corona para condena de privilegios de monopolio, para la transición al liberalismo los puntos principales de inflexión histórico en el pasado lejano son fuertemente regulación a otra de relativo librecambio, en la transición doctrinal de mandeville, el punto de vista doctrinal es que el mercantilismo se descompuso por que perdió respetabilidad intelectual ya que este autor fue también uno de los más vigorosos proponentes del liberalismo económico. Para l transición institucional de la interpretación del mercantilismo que se adopta es la destrucción de la riqueza que fue unas características importantes del sistema; esta interpretación destaco el esfuerzo equivocado para acumular oro y metal mientras que visión subrayada desperdicio la riqueza local y el nivel nacional
JUSTIFICACION
Mediante esta investigación se da a conocer en sí que common law desarrolla los tribunales durante un proceso largo y complicado; las cuestiones que se ventilaban en los tribuales ingleses era de naturaleza esencialmente civil, donde estuvieron bajo el control directo de la corona durante los siglos XVII Y XV estos fueron independizando progresivamente de la corona,
OBJETIVOS
OBJETIVOS GENERALES:
- Comprender el concepto de “La judicatura mercantilismo y las crisis de los monopolios nacionales” y todo lo consecuente a este.
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
- Analizar la competencia judicial de la durabilidad de los monopolios.
- Entender y proponer la decadencia del mercantilismo y el ascenso del parlamento.
- Diferenciar la clasificación de transición del liberalismo, doctrinal e institucional
MARCO TEORICO
EL MERCANTILISMO:
Como su nombre lo dice, basaba sus fundamentos en la noción de que el comercio y el establecimiento de un firme mercado interno debían ser los ejes principales de cualquier Estado moderno que quisiera ser exitoso y fuerte. Pensadores como Adam Smith, Jean Bodin o Jean Baptiste Colbert serían los principales responsables de difundir y defender esta teoría, mediante la cual los nuevos estados debían buscar por todos los medios lograr acrecentar sus arcas con las actividades comerciales
COMMON LAW:
Es el «Derecho común» o «Derecho consuetudinario» vigente en la mayoría de los países de tradición anglosajona. En sentido estricto podemos decir que es el sistema jurídico creado en Inglaterra tras la conquista normanda (1066). Se llamó common (común) porque pasó a ser el Derecho de aplicación general en todo el reino por parte de los tribunales del Rey, los cuales seguían un mismo conjunto de principios y reglas jurídicas. En un sentido más amplio se habla de Common Law para referirse a aquel sistema legal basado, primordialmente, en las decisiones adoptadas por los tribunales, en contraste con los sistemas de Derecho civil, como el nuestro, donde la principal fuente de Derecho es la Ley.
PARLAMENTO:
Es la asamblea o cámara legislativa, ya sea provincial o nacional. Escrito con mayúscula inicial, el Parlamento es el lugar o el edificio donde esta institución tiene su sede.
TRANSICIÓN:
Proviene del término latino transitio, que significa ‘traspaso’, ‘cambio’. Así, la palabra transición se utiliza para hacer referencia a todos los actos que supongan un cambio, una evolución o un paso de un estado a otro.
LA JUDICATURA MERCANTILISTA Y LA CRISIS DE LOS MONOPOLIOS NACIONALES
En un sistema de regulaciones nacionales, la única manera de escapar a la jurisdicción legal es abandonar el país, lo que es más difícil y costoso que marcharse de la ciudad al suburbio. Así, la ausencia de una alternativa no regulada viable hizo que los acuerdos de cártel fuesen más estables que los descritos en la sección anterior. Por lo tanto, la eliminación de los monopolios nacionales debe explicarse a través de las restricciones cambiantes sobre la actividad económica en la Inglaterra mercantilista.
El common law y los tribunales ingleses dieron paso al desarrollo de la judicatura en Inglaterra, este fue un proceso largo y complicado. Básicamente, durante el período transcurrido entre la invasión normanda y la época mercantil se desarrollaron tres tribunales de common law: el Tribunal de la Corte Real, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal del Exchequer. Las cuestiones que se ventilaban ante estos tribunales eran de naturaleza esencialmente civil, y todos ellos estuvieron inicialmente bajo el control directo de la corona. Durante el siglo XIII y hasta el siglo XV, los tribunales se fueron independizando progresivamente de la corona, aunque el rey conservó la potestad de nombrar y destituir a los jueces.
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