Derecho A La Seguridad Social En México
Enviado por nlsxqkx • 3 de Abril de 2015 • 3.928 Palabras (16 Páginas) • 330 Visitas
"Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social…” “Toda persona tiene derecho….a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”
Artículos 22 y 25(1) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CNDH)
Es la principal entidad gubernamental en México encargada de promover y proteger los derechos humanos en nuestro país; principalmente ante abusos cometidos por funcionarios públicos o por el estado. De carácter federal, de acuerdo al artículo 102° de la Constitución Política de México: cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, así como personalidad jurídica y patrimonio propios.
La constitución mexicana establece que los organismos de la persona de protección de los derechos humanos, tanto de la unión como de cada estado, “conocerán de quejas en contra de actos y omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen estos derechos” (art. 102°).
DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL
Los derechos humanos son todos aquellos derechos de los cuales es titular el hombre por el mero hecho de serlo, es decir que le pertenecen al ser humano sin distinción de raza, condición, sexo o religión. Se les ha dado varias denominaciones como lo son derechos humanos, derechos del hombre, derechos de la persona para luego definirlo como derechos fundamentales.
Estos derechos constituyen para los ciudadanos una garantía donde el sistema jurídico y político orientará hacia el respeto y la promoción de la persona humana. Se pretende analizar cada uno de la variedad de derechos que se reconoce a la persona en nuestro sistema jurídico, en el que se le da una denominación como tal. Los derechos fundamentales por contener una sustentación axiológica solida y derivar de un valor ético fúndate de un orden constitucional en pro de la dignidad humana contiene un sin numero de garantías para llevar a cabo el poder de reclamación a que se tiene derecho cuando sean vulnerados.
Los derechos constitucionales fundamentales no son absolutos, encuentran limites y restricciones en los derechos de los demás, en la prevalencia del interés general, en la primacía del orden jurídico y en los factores de seguridad, moralidad y salubridad públicos que no pueden verse sacrificados en aras de un ejercicio arbitrario o abusivo de las prerrogativas individuales.
“Los derechos fundamentales, no obstante su consagración constitucional y su importancia, no son absolutos y. por tanto, necesariamente deben armonizarse entre sí y con los demás bienes y valores protegidos por la carta, pues, de lo contrario, ausente esa indispensable relativización, la convivencia social y la vida institucional no serian posibles”.
El logro de un bienestar y la posibilidad de desarrollarse a plenitud no siempre se han dado de forma equitativa. Así hemos visto que, desde hace miles de año, al mismo tiempo que aparecían mecanismos de dominación de unos hombres sobre otros, el acceso al bienestar comenzó desigual. Es decir, según los bienes o riquezas poseídas, las razas de las personas o la religión que profesaban, se lograba un mayor o menor disfrute de condiciones dignas de vida. La intolerancia se asentó como forma de relación entre los miembros de la sociedad.
Los derechos fundamentales están presentes en todos los ámbitos de nuestra via y son los que permiten asegurar el desarrollo de las necesidades básicas e intelectuales.
Los derechos fundamentales son aquellos que se encuentran reconocidos directa o indirectamente en el texto constitucional y en Pactos Internacionales como derechos subjetivos de aplicación inmediata. En otras palabras se trata de derechos de tal magnitud para el orden constitucional e internacional, que su vigencia no puede depender de decisiones políticas de los representantes de las mayorías. Usualmente los derechos fundamentales son derechos de libertad. No obstante, en algunos casos, existen derechos prestacionales fundamentales, como el derecho a la defensa técnica, a la educación básica primaria o al mínimo vital. Estos derechos fundamentales no incluyen solo los derechos subjetivos y garantías, sino que de igual manera deberes positivos que le otorgan responsabilidades a las ramas del poder, y debe entenderse que el estado, no solo tiene una obligación negativa de no lesionar la esfera individual, pues también opta por la obligación positiva como es la de contribuir a la realización efectiva de los derechos, la protección y el mantenimiento de condiciones de vida digna para los mismo.
Se analiza en la sentencia que los derecho fundamentales no son absolutos porque tienen un carácter ilimitado que implican el saber que son derechos que no pueden ser restringidos y que por lo tanto pueden prevalecer sobre otros dado un eventual conflicto. Como sabemos los derechos fundamentales y los derechos humanos obligan a los órganos del estado a que se proteja promueva, y restaure dichos derechos cuando han sido violados y para que se tengan en cuenta para determinar limites del ejercicio de poderes o facultades que tengan los poderes públicos y de particulares lo que hace que halla exigencia en el cumplimiento de parte de ambos.
SEGURIDAD SOCIAL
La seguridad social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la salud, la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños y otras.
Se define a la seguridad social como:
“…un sistema general y homogéneo de prestaciones, de derecho público y supervisión estatal, que tiene como finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, mediante la redistribución de la riqueza nacional, especialmente dirigida a corregir supuestos de infortunio.”
La seguridad social es entonces, el derecho de todos los trabajadores mexicanos y sus familias consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, representa un compromiso del Estado, como ente garante, y de la sociedad entre sí, precisamente como una expresión humana de solidaridad en el ocaso de la vida productiva, o ante una eventualidad que límite el desarrollo de las capacidades laborales de una persona y que le impiden valerse por sí misma.
La Seguridad Social, por su propia naturaleza, se construye en un pilar del crecimiento y desarrollo general
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