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Formulario de Acreditación de Imprentas


Enviado por   •  15 de Julio de 2013  •  Ensayo  •  2.016 Palabras (9 Páginas)  •  449 Visitas

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8. Formulario de Acreditación de Imprentas

Requisitos que rige una persona para ser comerciante.

Son comerciantes quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro, cualesquiera actividades que se refieren a lo siguiente:

1. La industria dirigida a la producción o transformación de bienes y a la prestación de servicios.

2. La intermediación en la circulación de bienes y a la prestación de servicios.

3. La Banca, seguros y fianzas.

4. Las auxiliares de las anteriores.”

Según “ARTÍCULO 2. COMERCIANTES.

Distintas denominaciones que se relacionan al comerciante

1. Abonero, ra Comerciante ambulante que vende por abonos o pagos a plazos:

detallista Comerciante que vende al por menor.

2. Mayorista com. Comerciante que vende al por mayor:

3. Mercachifle: Comerciante de poca monta:

4. mercero,ra: Comerciante que trata en productos de mercería (productos de costura).

5. Merchante: Comerciante ambulante o que no posee un establecimiento fijo.

6. Minorista: comerciante que vende al por menor.

7. perdiguero, comerciante que compra las piezas a los cazadores para revenderlas.

Requisitos para ser un comerciante,

1. Capacidad legal

El requisito exigido para ejercer el comercio y adquirir la condición de comerciante, es tener la plena capacidad legal para contraer obligaciones y derechos (artículo 6 Código de Comercio).

2. Animo de lucro

Persona que se considerada comerciante es la realiza actividad comercial con fines de lucro.

3. En nombre propio

Quien ejerce el comercio en nombre ajeno no es comerciante.

Casos comunes en los que se inscribe solo el comerciante

 La persona desea formar una copropiedad

 La persona desea comprar una empresa ya existente

 La persona adquirió por herencia una empresa ya existente

 Para comprar divisas en el Banco de Guatemala

Requisitos para ser una sociedad anónima

Para la constitución de Sociedades Anónimas en Guatemala, como punto primordial, se sugiere al interesado a asesorarse de los aspectos legales que la regulan, previo a desarrollar el proyecto de su interés. El Asesor Legal le hará saber los derechos, incidencias, contingencias y responsabilidades de acorde al plan a concretarse.

Como contribución al visitante, ponemos a su disposición algunos apuntes, que en ningún momento suplen la asesoría legal recomendada, para su conocimiento preliminar y aspectos a tomar en cuenta.

Como punto de partida, vale apuntar que la una sociedad anónima es un contrato que tiene requisitos preestablecidos y solemnes que se deben de cumplir, entre los cuales se destaca que se debe formalizar en Escritura Pública para lo cual solo los Notarios pueden formalizar y autorizarlo. Previo a redactar la minuta o borrador que contiene los estatutos que regulara a la Sociedad a constituir, por el Notario de su elección, es recomendable la búsqueda y verificación de que el nombre a asignarse a la Sociedad este disponible, es decir, que no exista otro nombre similar o idéntico inscrito en el Registro, para así evitar rechazos u oposiciones de terceros (causando esto tiempo perdido y costos adicionales).

El hecho de que este disponible el nombre o denominación social, no garantiza que al momento de la presentación del expediente lo siga, es decir, en el ínterin, puede haber un ingreso, y complicarse.

Así mismo, ponemos a su consideración algunos aspectos a tomar en cuenta para la redacción de los estatutos que regirán a la Sociedad, siendo los siguientes:

1. Nombre de los accionistas con sus datos de identificación correspondientes. Deben haber por lo menos 2 accionistas, que pueden ser personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras. Está permitido la representación legal de personas físicas y/o jurídicas en caso no quieran o no puedan firmar el instrumento respectivo.

2. Razón social (denominación de la sociedad así como su nombre comercial).

3. Objeto de la Sociedad (a que se dedicará la Sociedad. Objeto lícito y comercial)

4. Domicilio (legal y fiscal) tiene que tener por obligación su sede social en una dirección física en la República Guatemala.

5. Plazo de la sociedad (plazo determinado o indefinido)

6. Capital

 Autorizado (suma máxima que la sociedad puede emitir en acciones, sin necesidad de formalizar un aumento de capital)

 Suscrito (es indispensable pagar por lo menos el 25% de su valor nominal)

 Pagado (mínimo pagado inicial de la sociedad anónima, es de Q. 5,000.00 aproximadamente de US$. 640.00).

7. Descripción sobre las aportaciones que los accionistas realicen (puede ser dinero, en especie o no dinerarias). Si la aportación es dineraria es necesario apertura una cuenta bancaria a nombre de la sociedad, y emitir el depósito correspondiente, el cual la copia del mismo es necesaria para la escritura. Si no son dinerarias las aportaciones, se deberá prever el mecanismo del traspaso respectivo.

8. De los títulos de las acciones: Los tipos de acciones que la sociedad puede emitir únicamente puede ser:

 Nominativas

9. Distribución de acciones: Cantidad de Acciones a emitir con valor nominal de igual valor, de acorde al capital suscrito.

10. Órganos de la Sociedad y sus facultades:

 Asamblea General;

 Consejo de Administración y/o Administrador único, y;

 Gerencia General y Gerencias específicas

11. Órganos de Administración. La sociedad puede administrada por un Consejo de Administración (integrado como mínimo por 3 miembros, que pueden ser un Presidente, Vicepresidente y Secretario, y demás cargos que se deseen) o bien un Administrador Único. Las personas que ejercen estos cargos, pueden ser o no socios, nacionales o extranjeros. Este órgano, independiente de su conformación, es el encargado de ejecutar y representar legalmente a la Sociedad en los asuntos que le convengan, entre otras facultades y obligaciones.

12. Órganos de Vigilancia, si los hubiere, que en general se encargan de fiscalizar y vigilar las operaciones sociales de la sociedad, de conformidad con la ley y los estatutos de la sociedad. Pueden ser los mismos accionistas, o determinar a un comisario, uno o varios Contadores o Auditores, o por uno o varios comisarios.

13. Otras

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