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La moral y su relación con el derecho.


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2014  •  Síntesis  •  2.102 Palabras (9 Páginas)  •  422 Visitas

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La moral y su relación con el derecho.

Partimos de la suposición de que esos dos órdenes son dos realidades sociales y normativas diferentes cuya interrelación se presenta en el ámbito del deber ser, del orden prescriptivo, y cuya diferencia, las más de las veces se presenta desde diversos campos de observación. Por consecuencia, se nos presenta una oportunidad para proponer una nueva reexposición de su relación desde la perspectiva jurídica analítica que contemple 1) las relaciones de indiferencia, 2) las relaciones de complemento y 3) las relaciones de antagonismo. Este análisis teórico jurídico quizá pueda ayudar a superar el marco de ambigüedades en el que ha caído la discusión sobre las consecuencias jurídicas que comporta el problema de la distinción entre las normas jurídicas y las normas morales, ya sea por la asunción de su irrelevancia (los problemas morales no son temas que corresponda a la teoría del derecho analizar) ya sea por la presunción de su improductividad (discutir sobre moral para qué serviría al jurista). Por el contrario, esperamos que al finalizar la lectura, se concluya sobre su utilidad.

Si bien gran parte del Derecho y de las normas jurídicas están impregnadas de ideas y normas morales, debemos aclarar que no todas las normas jurídicas caen bajo el dominio de la moral. Conforme con esto, se hace necesario distinguir entre el DERECHO y sus normas jurídicas, y la MORAL y sus normas morales.

1. Relación de indiferencia. Esta es la tesis de aquellos que suponen que entre derecho y moral no hay caminos de comunión debido a que el derecho positivo es un campo normativo muy diferente del orden de la moral, y que en todo caso, cada reino tiene su objeto de estudio o su campo de acción bastante bien definido y muy bien delimitado. En términos coloquiales val- dría decir que lo que es derecho no es moral y vice- versa, lo que atañe a la moral no atañe al derecho. Las bases por las cuales se plantea esta tesis están bien patentes. Kant es un buen antecedente. Con él hay que distinguir tres cosas. Primera: que el deber moral se cumple por deber y no por inclinación. La buena voluntad lo es en sí misma y no por las cosas que ella busca, por los fines que se propone. Segunda: que los imperativos, como formulaciones de los mandatos de la voluntad, son hipotéticos o categóricos.

2. Relación de complemento. En la época antigua, principalmente en el mundo clásico griego, como sostiene Verdross, 3 los dos órdenes estaban consolidados. Es casi imposible poder diferenciar la causa de las acciones por el orden moral sin que estas tengan la misma relevancia jurídica y viceversa. Sólo en etapas posteriores del desarrollo de la humanidad, principalmente a partir de la consolidación del positivismo, pudo concebirse que el derecho y la moral fueran dos órdenes diferentes del campo social.

3. Relación de antagonismo. Hemos partido de la relación básica de in- diferencia entre derecho y moral, así como de la relación de complemento que se presenta cuando se reconoce el papel que juega la moral para interactuar con algunos contenidos de las normas jurídicas. Sintomáticamente, en los últimos tiempos, los juristas se han venido preocupando con mayor insistencia acerca de los límites que marca la moral a la fuerza de obligar del derecho o bien de la paulatina incorporación de contenidos morales en la formulación, aplicación e interpretación de las normas jurídicas

Diferencias Y afinidades entre derecho Y moral.

En la antigüedad, los conceptos de Moral y Derecho se encontraban confundidos: la Moral y el Derecho eran -en principio- lo mismo; y ambos estaban impregnados de ideas religiosas. Ejemplo de esta confusión de conceptos, es la frase de Ulpiano: "el Derecho es el arte de lo bueno y de lo justo".

Entre el Derecho y la Moral podemos señalar diferencias: así, por ejemplo, las normas de Derecho son obligatorias y las personas están obligadas a acatarlas; en cambio, las normas morales no son obligatorias, y el hecho de que se acaten o no depende enteramente de la voluntad y conciencia de cada uno.

El hecho de que el Derecho y la Moral puedan ser diferenciados, no significa que ambos estén divorciados sino que, por el contrario, se puede afirmar que el Derecho, en general, está impregnado de principios morales. Esta opinión es generalizada en la doctrina; así, por ejemplo, Lambías sostiene la compenetración entre ambos órdenes; Josserand sostiene que, entre el Derecho y la Moral no hay fronteras, pues para él el Derecho sería la Moral social, "la moral en la medida en que es susceptible de coerción".

La moral y su relación con la religión

• Religión

Conjunto de dogmas, normas y prácticas relacionadas con una divinidad (Dios).

• Moral

Orienta acerca de qué acciones son correctas (buenas) y cuales son incorrectas (malas).

Religión y moralidad son hechos estrechamente relacionados a lo largo de la historia, Esta relación se da debido a que en las grandes religiones del mundo comparten preceptos morales Las normas morales son ciertos principios que suponemos son los correctos para guiar nuestro comportamiento en nuestra vida misma.

Las normas religiosas suponen la adhesión a un principio, en este caso, ese principio supone la creencia en la Divinidad, en Dios.

Religión y moralidad son hechos estrechamente relacionados a lo largo de la historia. Esta relación da lugar a contenidos éticos, convergentes en la mayor parte de las tradiciones religiosas. Existen sin embargo, tensiones entre la moral y la religión que culminan en la ruptura operada por los movimientos «ilustrados». Operada esta ruptura, religión y moralidad aparecen como distintas formas de relación con lo absoluto, llamadas a dialogar, desde la base de la ética civil de las sociedades pluralistas, para buscar soluciones a los problemas de la humanidad actual.

LA MORAL Y SU RELACION CON LA POLITICA

La Moral, regula las relaciones mutuas de los individuos, y entre estos y la comunidad. Mientras que la Política, comprende las relaciones entre grupos humanos (clases, pueblos, naciones).

Además de la actividad de las clases o de los grupos sociales a través de sus organizaciones específicas (partidos políticos) encaminadas a ejercer algún efecto en el régimen político-social existente, El hombre no es

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