Paz perpetua
Enviado por Fabiana Acosta • 12 de Noviembre de 2021 • Biografía • 664 Palabras (3 Páginas) • 91 Visitas
LA PAZ PERPETUA – Immanuel Kant[pic 1]
Nacimiento: 22 de abril de 1724, Königsberg - Fallecimiento: 12 de febrero de 1804, Königsberg
¿Qué puedo saber? (epistemológica), ¿Qué debo hacer? (ética), ¿Qué me cabe esperar?, (metafísica) ¿Qué es el hombre? (Antropológica)
División de la PAZ PERPETUA
- PRIMER PARTE: Artículos preliminares de una paz perpetua entre los Estados.
- SEGUNDA PARTE: Artículos definitivos por la paz perpetua entre los Estados.
- SUPLEMENTO PRIMERO: Sobre la garantía de la paz perpetua
- SUPLEMENTO SEGUNDO: Artículo secreto para la paz perpetua.
PRIMER PARTE: Artículos preliminares de una paz perpetua entre los Estados.
ARTÍCULO PRIMERO: No se puede considerar valido ningún tratado de paz que se haya realizado con la reserva secreta sobre materia de una guerra futura.
(sería una tregua)
Tratado de Versalles: https://www.youtube.com/watch?v=16Covyy5SCo
ARTÍCULO SEGUNDO: Ningún Estado independiente (da igual que sea grande o pequeño) puede ser adquirido por otro mediante herencia, permuta, compra o donación.
“incorporar el Estado, que, como un tronco, tiene sus propias raíces, como un injerto en otro, significa eliminar su existencia como persona moral y convertirlo de persona en una cosa, contradiciendo, por tanto, la idea del pacto originario”. Pg.19
ARTÍCULO TERCERO: Los ejércitos permanentes (miles perpetuus) deben desaparecer completamente con el tiempo.
“Con los costes de estos requiere, la paz se convierte al final en más opresiva que una guerra corta”. pg.21
“tener un sueldo para matar y para que le maten parece implicar un uso de los hombres como meras máquinas o instrumentos en manos de otro (el estado), un uso que no se armoniza con el derecho de la humanidad”. Pg. 21
ARTÍCULO CUARTO: No se deben contraer deudas publicas a la vista de conflictos externos del Estado.
ARTÍCULO QUINTO: Ningún Estado puede comprometerse con la violencia en la constitución y en el gobierno de otro estado.
Plan Condor: https://www.youtube.com/watch?v=aKehe_vQemk
ARTÍCULO SEXTO: Ningún Estado en guerra con otro puede permitirse tales hostilidades que hagan necesariamente imposible la confianza mutua en una paz futura; por ejemplo, el empleo de asesinos (percusores), de envenenadores (venefici), la violación de una capitulación, la inducción a la traición (perduellio) en el Estado enemigo, etc
María Butina, espía: https://www.youtube.com/watch?v=HLjQCjBZ_Tw
“La guerra es sólo el remedio necesario en el estado de naturaleza para confirmar por la fuerza del propio derecho.” Pg. 25
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