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Administrativo


Enviado por   •  1 de Octubre de 2014  •  891 Palabras (4 Páginas)  •  228 Visitas

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EL SILENCIO ADMINISTRATIVO

El Silencio Administrativo es una construcción del Derecho Administrativo, que puede entenderse como la consecuencia jurídica de la inactividad en la que incurre la Administración Pública, al no resolver, dentro del lapso legalmente establecido, el procedimiento previamente iniciado (petición o recurso administrativo).

La administración pública disfruta del privilegio denominado acto previo en virtud de interponer el recurso que proceda bien administrativo o jurisdiccional. Comúnmente el acceso en el recurso en vía administrativa o en vía jurisdiccional solo se puede ejercer con base de un acto administrativo previo y por ello cuando este no exista hay que prefabricarlo.

En cuanto a la doctrina del derecho administrativo se afirma que el silencio administrativo viene a constituir un remedio jurídico sobre la posible infracción de un poder que pesa sobre la administración pública el cual busca dar respuesta a las pretensiones de los interesados. Bien en forma afirmativa o en forma negativa

CARACATERÍSTICA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

El silencio administrativo es una de las formas de extinción de los procedimientos administrativos. La característica principal del silencio es la inactividad de la Administración cuando es obligada a concluir el procedimiento administrativo de forma expresa y a notificar la resolución al interesado dentro de un plazo determinado.

Es una figura jurídica que permite que cuando se presente inactividad por falta de resolución en un procedimientos administrativo, se impute a la administración de que se trata un acto administrativo presunto, que tendrá la condición de verdadero acto, en caso de que las reglas del silencio lo configuren como estimatorio y que, por el contrario, será mera ficción jurídica, si se configura como desestimatorio.

CLASES DE SILENCIO ADMINISTRATIVO

La Ley señala estrictamente los casos en que el silencio administrativo es positivo, lo que significaría que lo que se solicita es concedido. Sin embargo lo más corriente es que el silencio administrativo sea negativo, en cuyo caso el ciudadano sabe que, transcurrido el plazo legal, puede recurrir la referida negativa ante instancias superiores.

El Silencio Administrativo Positivo:

Consiste en interpretar por ministerio de la ley, que la pretensión interpuesta ante la administración pública se resuelve favorablemente por haber transcurrido el plazo legal para las decisiones administrativas del caso. El silencio positivo se basa en principio solo con las peticiones administrativas.

En el silencio administrativo positivo podemos señalar los siguientes requisitos:

1. Que una disposición legal expresa lo establezca, sin que valgan interpretaciones por vía analógica o extensiva.

2. Que se trate de autorizaciones o aprobaciones que acordarse en el ejercicio de funciones de policía administrativa que han sido impuestas a los derechos de los particulares.

3. El silencio positivo supone, en realidad el no ejercicio de una facultad de

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