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Antropologia Juridica


Enviado por   •  24 de Julio de 2013  •  12.335 Palabras (50 Páginas)  •  431 Visitas

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Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria

FACULTAD:

FACULTA DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

CURSO:

DERECHO CIVIL I PRINCIPIOS Y PERSONAS

TEMA:

RECONOCIMIENTO JUDICIAL DEL EMBARAZO

CATEDRATICA

ABG.PILAR VANEZA GUTIERREZ TICSE

ALUMNA:

ESTEFANI GUTIÉRREZ VERGARAY

YOVANA OBISPO CAMARGO

SECCION: B

SEMESTRE: II

Dedicatoria

Dedico este trabajo principalmente a Dios, por haberme dado la vida y permitirme el haber llegado hasta este momento tan importante de mi formación profesional. A mi madre, por ser el pilar más importante y por demostrarme siempre su cariño y apoyo incondicional sin importar nuestras diferencias de opiniones. A mi padre, a pesar de nuestra distancia por su trabajo, siento que estás conmigo siempre y aunque nos faltaron muchas cosas por vivir juntos, no hubiera logrado estas metas. 

Índice

Introducción 6

1. Inicio de la vida humana 7

1.1. Regulación jurídica sobre el derecho a la vida 7

1.2. Bioética en el mundo científico 9

2. El proceso vital del concebido y su protección en el mundo 10

2.1. Explosión eyacular interna 10

2.2. Recepción vaginal 10

2.3. Contacto entre los agentes de concepción 10

2.4. Ligación entre los agentes de concepción 11

2.5. Transformación y evolución ovular 11

2.6. Singamia 11

2.7. Anidación 11

2.8. Inicio de actividades vitales 11

2.9. Salida del concebido a la sociedad 12

3. Protección del concebido, desde las constituciones 12

3.1 Naturaleza Jurídica del Concebido en el tiempo y el espacio 12

3.1.1. Teoría del Portio Mullieris 13

3.1.2. Teoría de la Personalidad 13

3.1.3. Teoría de la Ficción 14

3.1.4. Teoría de la Subjetividad 14

3.2. Regulación jurídica del concebido en el Código Civil de 1984 14

3.3. Próxima regulación del concebido, en el nuevo Código Civil 16

4. La protección genética del concebido 17

4.1. El Genoma humano 17

4.2. Implicancias jurídicas del Genoma Humano 18

4.3. La regulación del Genoma Humano en el Código Civil 18

4.4. El ADN como medio auxiliar del derecho 19

4.4.1. El ADN en el ámbito penal 19

4.4.2. El ADN en el ámbito civil 19

4.5. Regulación normativa del pre-embrión 20

5. Las TERAS como medio para crear a un concebido 21

5.1. Inseminación Artificial 21

A) Inseminación Artificial con semen del marido 21

B) Inseminación Artificial con semen de tercero 22

C) Inseminación Artificial mixta 22

5.2. Inseminación Extracorpórea 23

A) Inseminación Extracorpórea con semen del marido 23

B) Inseminación Extracorpórea con semen de tercero 23

C) Inseminación Extracorpórea mixto 23

5.2.1. Fecundación In Vitro y transferencia de embriones (FIVTE) 23

5.2.2. Inyección Intracitoplasmástica de espermatozoide (ICSI) 23

6. Consecuencias jurídicas de la fecundación extrauterina 24

6.1. Los Bancos de Semen 25

6.2. La maternidad subrogada 26

6.3. La manipulación genética 27

6.4. Embarazo post mortem 28

Conclusiones 29

Bibliografía 31

Introducción:

El reconocimiento del embarazo se relaciona con los derechos que tiene la persona desde su concepción el nacimiento y el derecho sucesorio, respectivamente.

Nuestro ordenamiento civil en el título primero en el cual se destaca el principio de la persona legisla la situación jurídica del concebido como sujeto de derecho y la consiguiente eventualidad diseñada al designio del nacimiento.

El artículo 1 del c.c. Dice. “la persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento.

La vida humana empieza con la concepción. El concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece. La atribución de derechos patrimoniales está condicionada que nazca vivo”

De la normalidad precedente podemos deducir dos criterios, por un lado el que se refiere a sujeto de derecho y en segundo lugar al término persona, pero en ambos casos tiene un correlato fijo y único porque ambos conceptos semánticos se refieren a la vida humana, he ahí la trascendencia conclusiva respecto a los derecho que le asisten al concebido como a la persona ya nacida, al ser expulsada del claustro materno

Nacida la persona sobre quien se hace extensiva y concluyente el concepto de sujeto de derecho que la tiene desde su concepción obtiene para sí el beneficio no sólo de los nombres paternos de sus progenitores sino también el derecho patrimonial que proviene desde la sucesión hasta otros que le sean propios.

El artículo 2 del c.c. Que textualmente dice “la mujer puede solicitar judicialmente el reconocimiento de su embarazo o del parto con citación de las personas que tengan interés en el nacimiento y como se puede apreciar en esta parte normativa se destaca sobre manera la facultad solamente para la mujer y se deja de lado al derecho que le asiste al hombre, quien en situaciones especiales por el divorcio o que el matrimonio haya sido declarado nulo; bien podría ejercer sus derecho para tutelar sus apellidos y tal vez la sucesión en el futuro.

Para ejercer el derecho del reconocimiento del embarazo como lo precisa la misma norma contenida en el artículo 2, del c.c es través de una prueba anticipada en la vía proceso no contencioso, siendo las partes procesales la madre que solicita el reconocimiento del embarazo con citación de las personas que indique la solicitante.

RECONOCIMIENTO JUDICIAL

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