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Concubinato


Enviado por   •  23 de Mayo de 2012  •  516 Palabras (3 Páginas)  •  717 Visitas

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EL CONCUBINATO EN NUESTRO DERECHO DE FAMILIA.

En diversos aspectos, la problemática del concubinato ha variado sustancialmente con el transcurso del tiempo. Este trabajo lo he realizado con el objeto de analizar a la luz del derecho hoy vigente los problemas que a los concubinos se les puede presentar en sus relaciones de familia y en sus negocios jurídicos, entre sí y con terceros.

Antecedentes históricos

La denominación del concubinato nace en el derecho romano para designar la unión de una pareja cuyos miembros viven como esposos, pero que por falta de consideraciones políticas no podían o no querían celebrar matrimonio.

El derecho romano concibió el concubinato como un matrimonio de rango inferior en el que se le reconocían ciertos efectos sucesorios tanto a la concubina como a los hijos.

En el derecho canónico se le declara pecaminoso y se le desconocía todo efecto.

El derecho español se le considera una unión irregular y se le denominaba “barragania” se le reconociera efectos menores a los del matrimonio. En este derecho se regulo por Alfonso X. y sus requisitos perduran hasta nuestros días.

Para referirse a esta forma de unión de hecho, la doctrina ha utilizado diversas

denominaciones, tales como unión extramatrimonial, unión matrimonial de

hecho, unión paramatrimonial, matrimonio de hecho, convivencia more uxorio,

familia de hecho, situación de hecho asimilable al vínculo matrimonial, unión de

hecho, etc. En esta obra se prefiere el término “concubinato”, ya que la legislación

y doctrina mexicanas así lo contemplan.

El concubinato es la unión entre un hombre y una mujer semejante al matrimonio, pero sin celebración ante la autoridad publica, constituido de un hecho jurídico al que el derecho otorga efectos con independencia de la voluntad de los protagonistas. Estos tienen que haber vivido en común en forma constante y permanente por un periodo mínimo de dos años o que antes hayan tenido un hijo en común, para que proceda a generar derechos y obligaciones. El concubinato ha sido considerado un hecho ilícito. Así ocurrió durante alguna etapa del derecho canónico. Para este ordenamiento jurídico, el matrimonio es el sacramento que desde el punto de vista religioso, social y jurídico, constituye la forma correcta de fundar y desarrollar una familia, lo que hace que el concubinato es un mero hecho, no un contrato, se halla totalmente fuera del derecho.

El doctor Ignacio Galindo Garfias considera al concubinato un hecho jurídico licito, por lo que la ley solo da efectos limitados para defender a los concubinos y al os hijos.

Particular importancia posee la definición que Sánchez Medal,. Al referirse a él, lo considera como la relación entre un hombre y una mujer que crea una familia natural,

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